Bases Legales Del Servicio Comunitario
Enviado por ccoluchi • 4 de Febrero de 2014 • 1.706 Palabras (7 Páginas) • 1.596 Visitas
ASPECTOS LEGALES DEL SERVICIO COMUNITARIO
BASE LEGALES OBJETO PRINCIPIOS ÁMBITO DE APLICACIÓN
CRBV:
Artículo 2.
Artículo 132.
Artículo 135.
propugnar como valores superiores del ordenamiento jurídico venezolano y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Solidaridad, Responsabilidad Social, Igualdad, Cooperación, Corresponsabilidad, participación
Ciudadana, Asistencia Humanitaria y Alteridad. Territorio Nacional.
LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Artículo 4.
Artículo 5.
Artículo 6.
La prestación de Servicio del estudiante de educación Superior. Solidaridad, Responsabilidad Social, Igualdad, Cooperación, Corresponsabilidad, participación
Ciudadana, Asistencia Humanitaria y Alteridad. Comunidad: ámbito social, nacional, estadal o municipal
.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Principio 29.1 La Educación Superior debe reforzar sus funciones de servicio a la sociedad, y más concretamente sus actividades encaminadas a erradicar la pobreza, la intolerancia, la violencia, el analfabetismo, el hambre, el deterioro del medio ambiente y las enfermedades, principalmente mediante un planteamiento interdisciplinario y transdisciplinario para analizar los problemas y las cuestiones planteados.
Principio Universales de los derechos Humanos. Mundial.
REGLAMENTO DEL SERVICIO COMUNITARIO DE LA UNIVERSIDAD YACAMBÚ.
Artículos: Todos los dispuestos en el Reglamento Concebir el trabajo comunitario como premisa básica para
las actividades previstas en los planes de estudio de las carreras y programas que administra de acuerdo con el modelo curricular asumido, para adecuarse a las disposiciones constitucionales y legales que contemplan la prestación del Servicio Comunitario como requisito obligatorio para la obtención del título de educación superior Constitucionales. Su Jurisdicción.
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.
Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público.
Artículo 132. Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.
Artículo 135. Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o a las particulares según su capacidad. La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Principio 29.1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad pues solo ella puede desarrollar libre y permanentemente su personalidad.
LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de alcance nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario.
Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.
REGLAMENTO DEL SERVICIO COMUNITARIO DE LA UNIVERSIDAD YACAMBÚ.
Todos los dispuestos en el reglamento.
PRINCIPIOS DEL SERVICIO COMUNITARIO
La Solidaridad: El Principio de SOLIDARIDAD constituye en el sistema legal venezolano uno de los valores fundamentales del Servicio comunitario en la educación superior. Establecido en nuestra Constitución Nacional como un derecho – deber tanto para los individuos como para el Estado. Como Deber a partir de la obligación de cooperar con el bien común y el desarrollo del Estado y como Derecho como la facultad de poderla exigir a otras personas o al Gobierno Nacional. E lprincipio de la solidaridad se encuentra relacionado estrechamente con el resto de principios y encuentra su base jurídica en el artículo 132 de la Constitución Nacional
Corresponsabilidad:
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