ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR


Enviado por   •  3 de Agosto de 2017  •  Práctica o problema  •  5.071 Palabras (21 Páginas)  •  510 Visitas

Página 1 de 21

INICIAL: CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS

PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR.

ACTOR: BLANCA MARIA VARGAS MORALES

DEMANDADOS: JOSE DE JESUS BRAVO URIOSTEGUI Y

NANCY LUCINA GARCIA VARGAS.

C. JUEZ FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL

DE TOLUCA ESTADO DE MEXICO.

          P R E S E N T E:

            BLANCA MARIA VARGAS MORALES, por mi propio derecho, representando los intereses de mis menores nietosKIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA, señalo domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones acuerdos y documentos el ubicado en lista y boletín judicial de este H. Juzgado, autorizando como Abogado Patrono al LIC.  DANIEL SILVINO HERNANDEZ CASTAÑEDA con número de cedula profesional 10160442, para  que en lo sucesivo comparezca a mi nombre y representación, pudiendo recibir, exhiban y firmen además toda clase de documentos valores u objetos aún las de carácter personal, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente:

Que en términos de este escrito en la vía del Juicio predominantemente oral sobre controversia del orden familiar, y de lo dispuesto por el artículo 5.1 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad, vengo a demandar de JOSE DE JESUS BRAVO URIOSTEGUI y NANCY LUCINA GARCIA VARGAS, LA PENSIÓN ALIMENTICIA, GUARDA Y CUSTODIA, y PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD DE LOS DEMANDADOS hacia mis nietasKIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA, quienes actualmente tienen su domicilio en CALLE IGNACIO ALLENDE MZA 1 LT 4 COLONIA CASCALOTES EN IGUALA DE LA INDEPENDENCIA, GUERRERO, por lo que solicito desde este momento ordene a quien corresponda girar atento exhorto al C. JUEZ FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE IGUALA DE LA INDEPENDENCIA GUERRERO, a fin de realizar la debida notificación y emplazamiento a juicio:

Reclamando el cumplimiento de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:

A). El otorgamiento judicial de LA GUARDA Y CUSTODIAprovisional y en su momento procesal oportuno la definitiva a favor de la suscrita BLANCA MARIA VARGAS MORALES,  de mis menores nietas KIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA, en el actual domicilio en que viven, desde el mes de mayo del dos mil trece (2013) a la fecha ubicado en 4ta PRIVADA DE CUAHUTEMOC S/N, COLONIA SAN BUENAVENTURA, TOLUCA MEXICO.

B). Como consecuencia, el PAGO DE LA PENSION ALIMENTICIA PROVISIONAL y en su caso DEFINITIVA,  suficiente a favor de mis menores nietos KIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA de conformidad a lo establecido en el artículo 4.130 del Código Civil del Estado de México, que los demandados progenitores a razón del (50%) cincuenta por ciento del total de sus percepciones ordinarias y extraordinarias a cada uno de los demandados En virtud de que los menores tienen gran necesidad y urgencia de recibirlos, y los demandados la posibilidad de darlos como más delante se acredita, además de ser los alimentos de orden público, e irrenunciables.

C).-EL PAGO DEL 70% (setenta por ciento) de los gastos inherentes a EDUCACION elemental para menores nietosKIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA, de CUATRO y DOS años de edad respectivamente, cada preinscripción, pago de colegiaturas y compra de uniformes según sea el caso, ello con fundamento en los artículos 3º y 4º Constitucionales.

D). El ASEGURAMIENTO DE LOS ALIMENTOS, en términos establecidos en el artículo 4.143 del Código Civil del Estado de México, a los demandados JOSE DE JESUS BRAVO URIOSTEGUI Y NANCY LUCINA GARCIA VARGAS,  de los alimentosa favor de la suscrita  BLANCA MARIA VARGAS MORALESy de mis menores nietosKIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA.

E).-El PAGO DE LAS PENSIONES  ALIMENTICIAS CAÍDAS, que los deudores alimentarios JOSE DE JESUS BRAVO URIOSTEGUI Y NANCY LUCINA GARCIA VARGAS, dejaron de cubrir para la suscrita BLANCA MARIA VARGAS MORALES y de mis menores nietas KIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA, contemplados desde su abandono en fecha (8) ocho de noviembre del año dos mil quince (2015) y en fecha (13) de trece febrero del año dos mil dieciséis (2016) Respectivamente,  y que fueron cubiertos a los menores, por lo que la suscrita contrajo deudas con otras personas, para cubrir las necesidades más elementales de alimentos para no comprometer la subsistencia de los menores, de conformidad con lo establecido  en el artículo 4.146  del Código Civil de Estado de México.

F).- En cuanto a la CONVIVENCIA  FAMILIAR con mis menores nietas KIMBERLY AYOTZELITL y NATALY ROMINA BRAVO GARCIAambos de apellidos BRAVO GARCIA, con sus progenitores demandados, solicito de la manera más atenta se tome en consideración el abandono, el daño psicológico hacia los menores, al momento de proveer las convivencias; y en todo caso que se otorgaran y dado que es un derecho reciproco de los padres con los hijos, solcito se lleven a cabo en el CENTRO DE CONVIVENCIA FAMILIAR CON SEDE EN INDEPENDENCIA, ubicado en Avenida Independencia número 705, Colonia Santa Clara, Toluca, Estado de México.Ello atendiendo al Interés Superior de los menores consagrado en nuestra Carta Magna en su numeral 4° y en los artículos 4, 5 Y 8 de la Convención Sobre los Derechos del Niño.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (31 Kb) pdf (160 Kb) docx (360 Kb)
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com