Concepto Del Matrimonio
Enviado por hahahay • 9 de Octubre de 2012 • 7.725 Palabras (31 Páginas) • 493 Visitas
CONCEPTO DEL MATRIMONIO
El matrimonio es la base fundamental de las sociedades modernas, tiene su fundamento en la creación misma del hombre como una institución necesaria a la naturaleza humana. Mediante la palabra matrimonio designamos a la comunidad formada por el hombre y la mujer.
Marcel Planiol nos dice: el matrimonio no es sino la unión sexual del hombre y la mujer, elevada a la dignidad del contrato por la ley, y a la del sacramento por la iglesia.
El matrimonio es una realidad del mundo jurídico, es la organización social necesaria para la convivencia humana, presentada como una manifestación libre de voluntades, sancionada por la Ley de un hombre y una mujer para formar una comunidad destinada a perpetuar la especie y a socorrerse mutuamente la que no puede disolverse por su voluntad.
CONCEPTO DEL CONCUBINATO
Rafael de Pina en su diccionario de Derecho nos define al Concubinato como: Unión de un hombre y de una mujer, no ligados por vínculo matrimonial a ninguna otra persona, realizada voluntariamente sin formalización legal, para cumplir los fines atribuidos al matrimonio la sociedad”.
Por su parte Planiol y Ripert nos dicen en referencia al Concubinato: Que es un mero hecho, no un contrato que carece de formas determinadas y no produce efectos jurídicos, quien vive en estado de concubinato puede ponerle fin según su voluntad, sin que la otra persona con quien viva en ese momento pueda invocar esa ruptura como fuente de daños y perjuicios.
Se dice que la actuación de los concubinatos esta sujeta a la conciencia puesto que deben tener deberes como los esposos, la diferencia estriba en que los esposos reconocen estas obligaciones y se comprometen a cumplirlas mientras que los concubinos no se comprometen a ello, sino que se reservan la posibilidad de sustraerse a las mismas, ya que conservan su libertad e incluso en ocasiones privan al poder social de todo medio para obligarlos.
El concubinato surge de la época de los Romanos donde se le daba el nombre de concubinato a una unión de orden inferior más duradera y que se distinguía así de las relaciones pasajeras consideradas como ilícitas.
Nuestra legislación mexicana reconoce la existencia del matrimonio de hecho o concubinato, que la define como la unión de un hombre y una mujer sin formalización legal, para cumplir los fines atribuidos al matrimonio.
Teóricamente, la edad para contraer matrimonio debería ser aquella en que los contrayentes hubiesen alcanzado la pubertad, es decir, la capacidad de procrear; pero, como esa situación es diferente para cada individuo, las legislaciones han tenido que acudir a la ficción legal de que la aptitud sexual para celebrar nupcias se produce automáticamente en la mujer a una determinada edad y en el hombre a otra, siendo la pubertad en aquella mas anticipada que en éste.
Características generales:
La forma más habitual de matrimonio es entre un hombre y una mujer, aunque la definición precisa de esta relación varía de unas culturas a otras. En distintos tiempos y lugares se han reconocido otras variedades. Estadísticamente, las sociedades que permiten la poligamia como variedad aceptada de matrimonio son más frecuentes que las que sólo permiten la monogamia. Sin embargo, la monogamia es la práctica más común incluso en las primeras.
El matrimonio se considera un concepto importante porque contribuye a definir la estructura de la sociedad, al crear un lazo de parentesco entre personas (generalmente) no cercanas en línea de sangre. Una de sus funciones ampliamente reconocidas es la reproducción y socialización de los hijos, así como la de regular el nexo entre los individuos y su descendencia que resulta en el parentesco, rol social y estatus.
En las sociedades de influencia occidental se suele distinguir entre matrimonio religioso y matrimonio civil, siendo el primero una institución cultural derivada de los preceptos de una religión, y el segundo una forma jurídica que implica un reconocimiento y un conjunto de deberes y derechos legal y culturalmente definidos.
Matrimonio católico:
Según la Iglesiael origen del matrimonio entre una pareja no es sólo cultural, sino que procede de la misma naturaleza del hombre en cuanto que -como dice el libro del Génesis (1-27), en la Biblia- al principio Dios los "creó hombre y mujer". El matrimonio sería, por tanto, una institución y no un producto cultural cuyas principales características -unidad, indisolubilidad y apertura a la vida- vendrían definidas por la propia naturaleza del amor entre hombre y mujer que exige a los esposos amarse el uno al otro, para siempre y que alcanza su mayor expresión en el hijo, fruto del amor. El reconocimiento civil que las leyes hacen del matrimonio debe respetar la naturaleza de esta institución, de ahí la oposición de la Iglesia Católica al matrimonio polígamo, poliándrico y homosexual.
Para los católicos el fundamento del matrimonio se encuentra en las siguientes palabras del génesis: "Creó Dios al hombre a imagen suya, a imagen de Dios lo creó, y los creó varón y hembra. Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer; y vendrán a ser los dos una sola carne. De manera que ya no son dos, sino una sola carne". Una sola carne significa que los esposos se pertenecen en lo conyugable (en aquello que los hace sexualmente complementarios), que forman una unidad de dos, que son en lo conyugable, un nuevo ser que recrea el mundo, y ese co-ser da origen a los hijos.
Efectos del matrimonio
El matrimonio produce una serie de efectos jurídicos entre los cónyuges y frente a terceras personas, de los cuales los fundamentales son las obligaciones conyugales, el parentesco y el régimen económico del matrimonio. Además, en la mayoría de países produce de derecho la emancipación del contrayente menor de edad, con lo cual éste queda libre de la patria potestad de sus padres y podrá en adelante actuar como si fuera mayor, aunque posteriormente se divorcie.
Precisamente, por el mismo hecho de tratarse de un contrato, el matrimonio suscita una serie de efectos, tan peculiares como él mismo. Un efecto general, y de carácter fundamental en esta materia está constituido por la creación de un nuevo estado para con los sujetos: el estado conyugal; generando un vínculo que es algo más que un parentesco, ya que es una unión más íntima, un vínculo matrimonial. Esta naciente condición de cónyuges determina un entretejido de recíprocos derechos y deberes, originando asimismo relaciones tanto personales como patrimoniales.
En cuanto a las relaciones personales, es necesario hacer referencia a los
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