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Contaduria


Enviado por   •  4 de Febrero de 2013  •  1.347 Palabras (6 Páginas)  •  407 Visitas

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ENSAYO SOBRE LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE ÉTICA PROFESIONAL CONSAGRADOS EN LA LEY 43 DE 1990 CAPÍTULO 4 TÍTULO 1, QUE REGULA LA PROFESIÓN DE CONTADOR PÚBLICO EN COLOMBIA.

Para hablar de la ÉTICA tendría que empezar primero por definirla, diciendo que esta es HERMANDAD, así de sencillo, ya que para algunos es "Pensar en libertad y con responsabilidad" mientras que para otros "es un intento racional de averiguar como vivir mejor" y para otros tantos "es la ciencia de una forma específica de conducta humana", por todo eso para mi la ética es HERMANDAD, es COEXISTIR CON TODOS EN EL LUGAR Y TIEMPO QUE DEFINAMOS DIGNIFICANDO NUESTRA EXISTENCIA. Ahora definiré la MORAL como "normas, principios y valores que regulan las relaciones entre individuos; valor es todo aquello que le da sentido a la vida y adquiere aceptación social" Por último en esta primera etapa de definiciones diré que CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL es "un conjunto de reglas en que la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad, es LEALTAD para con ella y es una lealtad ya que los profesionales tienen responsabilidad y obligaciones con todos los sectores que confían en su trabajo", hasta aquí hago la aclaración de que lo que está entre comillas es tomado de otros autores.

ÉTICA viene del griego ETHOS que significa MORADA, es decir, comportamiento de una persona y MORAL significa COSTUMBRE en el latín.

Como se sabe bien, los órganos legislativos intentando, en su afán de buscar el bien de todos, determinar obligatoriamente lo mínimo que las personas tienen derecho a exigir de aquellos con quienes conviven en la sociedad, estableciendo así deberes y derechos. Así pues, de tanta normatividad existente les tocó a los CONTADORES PÚBLICOS el ser regulados administrativamente, técnicamente, disciplinariamente y en hora buena, éticamente.

Los contadores públicos somos (así no tenga el título pero es bueno estar metido en la pomada), muy privilegiados al compartir con los Notarios la responsabilidad de dar FE PÚBLICA. La FE PÚBLICA se define como "la delegación dada por el Estado para dar testimonios por escrito de determinados actos", pero como diría YANEL BLANCO LUNA en su libro MANUAL DE AUDITORÍA Y REVISORÍA FISCAL: "La fe pública es sólo la forma, la ESENCIA del contador es la CONFIANZA PÚBLICA" y la CONFIANZA PÚBLICA es lograda gracias a las capacidades técnicas, profesionales y éticas.

El Contador Público defiende LA BUENA FE, y ésta hace presumir que un acto público esta conforme a la ley y las buenas costumbres, y es por ello que el gobierno definió el código de ética para definirle al Contador Público UN PERFIL DE SEÑOR y señor es aquel de alta calidad humana, es el hombre que da su palabra y la sostiene así llueva, truene o relampaguee… así tiemble la tierra o sus habitantes.

El Contador Público esta ceñido a los siguientes principios éticos: Integridad, Objetividad, Independencia, Responsabilidad, Confidencialidad, Observancia de las disposiciones normativas, Competencia y actualización profesional, Difusión y Colaboración, Respeto entre colegas, y Conducta ética.

Integridad es cumplir todos principios éticos que siguen a continuación e inclusive cumplir más allá de lo que la ley exige. Integridad es ser recto, sincero y justo. Es ser honesto con el medio ambiente.

Objetividad es utilizar la razón, la lógica para tomar decisiones y no el corazón, ni mucho menos los sentimientos. Es sincerizarse con uno mismo y los demás. Objetividad es ser equitativo, es lo de Dios para Dios, lo de los hombres para los hombres y lo del César para el César.

Independencia es sincerizarse con los demás, dándoles a entender a ellos que no existen lazos familiares, ni amistosos ni mucho menos intereses particulares que hagan inclinar las opiniones a favor o en contra. Independencia es tener criterio limpio de ataduras sociales, es la ESENCIA DE LA AUDITORÍA. Es lo que nos prohibe actuar como juez y parte. Es el único de todos los principios que implica la ACTIVIDADPÚBLICA, ya que el resto de principios caven más sobre la ACTIVIDAD PRIVADA. Actividad pública es cuando se ejercen cargos de Revisor Fiscal, Auditor Externo y Certificado de Estados Financieros. Actividad privada es cuando se ejercen cargos de Asesor contable, tributario o administrativo.

Responsabilidad Casi nada, damos

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