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Contratacion Administrativa En Colombia


Enviado por   •  3 de Marzo de 2013  •  417 Palabras (2 Páginas)  •  811 Visitas

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sentencia c 374 de 1994

Esta sentencia claramente nos muestra cual es el desarrollo de la función publica en Colombia y su delegación en cuanto se refiere a la vinculación a una persona jurídica. Como es el caso de las entidades que ejercen labor de contratación a nombre de la persona jurídica del respectivo nivel al cual están vinculadas, municipal, distrital, departamental, nacional.

Considero personalmente que la persona que presenta esta demanda, tiene un desconocimiento muy grande sobre el tema sobre el cual contiende, pues el estado es descentralizado administrativamente pero al interior de estas personas jurídicas se da una vinculación de entidades estatales que se rigen bajo la normatividad propia del estado, el accionante no debería poner en marcha el aparato jurisdiccional por una falta de claridad conceptual en esta materia, pues por una inconveniencia personal o falta de investigación no podemos congestionar mas el sistema judicial. Claro que la jurisdicción respondiendo a los derechos de accionar de este ciudadano, se ha desenvuelto muy bien en su sentencia, donde le dice: que función del estado es administrar y dentro de esa función esta la facultad para permitir que las entidades vinculadas a él, contraten en su nombre. Pues seria totalmente inmanejable un estado centralizado administrativamente.

El estado colombiano esta fundado en principios democráticos y estos no se pueden desconocer pues ellos son una garantía del estado social de derecho donde nos sentimos orgullosos de la autonomía de las ramas del poder publico y de los organismos que ejercen control, claro esta que la autonomía no puede generar una anarquía administrativa pero para eso están los organismos de control fiscal y disciplinario.

Además las entidades estatales que celebren contratos están regidas tanto por la ley como por reglamentos que prevean ese tipo de actividades contractuales.

Por todas esas razones la demanda no prospera. Y la claridad que le da la sentencia al accionante sobre la ley 80 del 93 donde se refiere a que los funcionarios que contratan están haciéndolo a nombre de la nación, los departamentos, el distrito o los municipios, así que estos son los responsables por el detrimento causado a cualquier parte ( contratista ) con el cual celebren contrato.

Creo que de parte de nuestro sistema judicial es una respuesta acertada, pues aun no siendo muy profundo el análisis , dada la claridad que tiene la ley, la constitución y hasta la doctrina acerca de este tema; fue contundente y una lección de derecho administrativo para este accionante.

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