Contratación Pública En Colombia
Enviado por hugoorlando • 3 de Abril de 2014 • 1.285 Palabras (6 Páginas) • 192 Visitas
CONTRATACIÓN PÚBLICA EN COLOMBIA
¿Qué es la Contratación Pública? Esta tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado, para cumplir con algunas de sus obligaciones. Generalmente se ha asociado a la prestación de servicios públicos, a la construcción de obras, etc. Partes del Proceso de Contratación:
3. ¿Por qué es importante conocer de Contratación Pública?
4. MARCO JURIDICO
5. MARCO JURÍDICO
¿QUÉ ES UN CONTRATO? Es un acuerdo de voluntades entre dos o más partes que genera unas obligaciones.
CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: Cuantía que se asigna por la Cámara de Comercio en el RUP (Registro Único de Proponentes) a cada uno de los contratistas por la presentación de su estado financiero, equipos que dispone y capacidad operativa con el fin de establecer un valor máximo posible de contratos a manejar.
PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION La Ley 80 de 1993 fue creada para ser un marco general en el cual se debe desenvolver la contratación del Estado, mediante la observancia de tres principios generales:
• PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: Se refiere a la etapa de formación del contrato y está relacionado con que la totalidad de la contratación estatal debe hacerse mediante licitación o concurso público. Se busca entonces, tener el mayor número de opciones en igualdad de oportunidades. La existencia de determinados contratos (Directa), que no pueden ser desarrollados por Licitación, no implica que éstos puedan obviar la transparencia como uno de los principios rectores.
• PRINCIPIO DE ECONOMÍA
Se invita a la necesaria eficiencia en el manejo de los recursos estatales.
Este principio de economía pretende reducir los costos de la contratación, con el fin de evitar trámites innecesarios que fuera de su costo también incentivan prácticas corruptas.
Se busca facilitar el acceso de la mayor cantidad de competidores eliminando las posibles "barreras" que impidan la participación de la mayor cantidad de posibles contratistas.
• PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
Se buscan mecanismos para que los funcionarios encargados de la contratación respondan por sus actos.
Desde la expedición de esta ley, la función de contratar quedó en cabeza del jefe o representante legal de la entidad que contrata, el cual puede delegarla pero en personal de índole ejecutivo.
Se reitera la obligación de los servidores públicos, de proteger en todo momento del proceso contractual los intereses del Estado, sin actuar en contra del contratista o de terceros.
DEBER DE SELECCIÓN OBJETIVA
Elección imparcial del contratista que más convenga a los intereses del Estado, considerando los criterios que han sido previamente establecidos por la entidad para calificar y escoger en igualdad de condiciones la mejor de las propuestas.
No necesariamente es el menor precio el que garantiza que una determinada propuesta sea elegida.
DEBER DE PUBLICIDAD
La actividad contractual se considera pública, con el fin de permitir a los interesados el conocimiento del proceso.
La publicación vía Internet de los datos relativos al proceso contractual es un medio masivo de comunicación con alto potencial de difusión, capaz de garantizar el acceso permanente a la información a todos los potenciales contratistas y a todo ciudadano que desee ejercer el control social.
De igual manera, se establecen procedimientos y términos precisos en los cuales la información, debe ser publicada. Con esta disposición, se logra ampliar el universo de los posibles proponentes y contribuir con una selección más objetiva.
FINES DE LA CONTRATACION
Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.
Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que, (además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el Estado), colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones.
TIPOS DE CONTRATACION Según ley 80 artículo: 32
MODALIDADES DE SELECCIÓN
1. LICITACION
Procedimiento mediante el
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