ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Convenio en sentencia.


Enviado por   •  7 de Junio de 2016  •  Documentos de Investigación  •  3.359 Palabras (14 Páginas)  •  287 Visitas

Página 1 de 14

EXPEDIENTE: 1380/2011

JUICIO ORDINARIO CIVIL

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, SIENDO LAS DIEZ HORAS DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE, EN EL DOMICILIO DE CALLE DE LAS AMERICAS NUM. 110 INTERIOR 10 ENTRE TLAXCALA Y QUINTANA ROO DE LA COLONIA SAN BENITO DE ESTA CIUDAD ANTE MI LIC. MIGUEL ANGEL PINTO REYES ESPECIALISTA EN MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CON REGISTRO NUMERO 28 EN EL CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA COMPARECIERON A CELEBRAR CONVENIO MODIFICATORIO DE CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE CON GARANTÍA HIPOTECARIA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EN LO SUCESIVO “EL INFONAVIT” REPRESENTADO POR LIC. ANA MARIA GARCIA DURAN Y POR LA OTRA LA C. CUAUHTEMOC VALENZUELA GUERRA Y MARIA CLAUDIA ESQUER CAMPOY, EN LO SUCESIVO “LA ACREDITADA Y CONYUGE”, A AMBOS SE LES DENOMINA “LOS MEDIADOS”, COMO RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE MEDIACION, CON APOYO EN EL ARTICULO 4 DE LA LEY DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS DEL ESTADO DE SONORA, LOS CUALES SE IDENTIFICAN CON CREDENCIAL PARA VOTAR N° 0428063855570, 0480060237827 Y 1405128377502 RESPECTIVAMENTE Y POR SUS GENERALES EXPUSIERON SER DE NACIONALIDAD MEXICANA, MAYORES DE EDAD, CON DOMICILIO EL PRIMERO EN PROF. HORACIO SORIA LARREA # 181 ESQUINA CON MONTERREY DE LA COLONIA CENTRO Y EL SEGUNDO CON DOMICILIO EN AVENIDA QUINTA ELIZA NUMERO 27-C DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL HACIENDA DE ESTA CIUDAD. DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES.

1.- PRIMERO. APERTURA DE CRÉDITO.- Con fecha 25 de Mayo del 2009, “EL INFONAVIT“ y “El ACREDITADO” celebraron un CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE CON GARANTIA HIPOTECARIA, en lo sucesivo “EL CONTRATO DE CRÉDITO”, mediante Escritura Pública Número 11,283, otorgada ante la de del Notario Público Número 46, Lic. Romelia Ruiz Cazares, por el cual “EL INFONAVIT” otorgó a “EL ACREDITADO”, un crédito simple con garantía hipotecaria por la cantidad de 173.9998 Veces el Salario Mínimo Mensual del Distrito Federal, en adelante VSMM, equivalente en la fecha del otorgamiento del crédito a $289,869.91, para que fuera destinado a LA ADQUISICION del inmueble ubicado en AVENIDA QUINTA ELIZA NUMERO 27-C DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA HACIENDA, HERMOSILLO, SONORA. El crédito otorgado se identifica por “EL INFONAVIT” con el número de crédito 2609068215.

2.- SEGUNDO. HIPOTECA. Para garantizar el pago y cumplimiento de las obligaciones derivadas de “EL CONTRATO DE CREDITO”, “EL ACREDITADO” constituyó hipoteca en primer lugar y grado a favor de “EL INFONAVIT”, sobre el inmueble consistente en casa habitación identificada como lote sin Numero de la manzana sin Numero con superficie de terreno de 73.38 metros cuadrados, ubicada en AVENIDA QUINTA ELIZA NUMERO 27-C DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA HACIENDA, Con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte en 4.00 metros y colinda con Calle Quinta Eliza,

Al sur en 4.00 metros y colinda con Condominio Uno.

Al Este 18.35 metros y colinda con Departamento 27-A; y

Al Oeste en 18.35 metros y colinda con Departamento 27-C

Dicho inmueble se encuentra registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Hermosillo, Sonora a nombre de “LA PARTE DEMANDADA”, bajo la inscripción No. 396,104 del volumen 330 de la sección Registro Inmobiliario, libro uno y bajo la inscripción 310,481, volumen 3,543 de la sección Registro Inmobiliario, Libro Dos. Del día 01 de Octubre de 2009

3.- TERCERO. VSMM. “EL ACREDITADO” aceptó y se obligó a amortizar su crédito en la cantidad dineraria que resulte de 173.9998 Veces Salario Mínimo Mensual (VSMM), en donde el saldo se incrementaría en la misma proporción en que aumentara el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

DECLARACIONES

I.- Declara “EL INFONAVIT”.-

A. Que es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por Ley que entró en vigor el día 24 de abril de 1972, cuyo objeto fundamental es el de administrar el Fondo Nacional de la Vivienda, a fin de establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para: la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas; construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones; pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores; coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores.

Que está representado en este acto por la C. ANA MARIA GARCIA DURAN en su carácter de representante legal, quien es mexicano, de 29 años de edad, de oficio Abogada, originaria de Hermosillo, Sonora, con domicilio en Prof. Horacio Soria Larrea numero 181, Colonia Centro de esta ciudad, y acredita su personalidad mediante el testimonio de 38794, de fecha 08 DE JULIO DE 2008, pasada ante fe del Licenciado JOSE DANIEL LABARDINI SCHETTINO, Notario Público número 86, manifestando que a la fecha no le han sido revocadas ni modificadas las facultades conferidas. El cual en este acto se le devuelve, habiéndolo tenido a la vista, dejándose copia certificada en el expediente, certificado por notario público número 15 Lic. Marco Antonio Rodríguez Félix de Ciudad Obregón, Sonora.

II.- Declara “EL ACREDITADO Y CONYUGE”.-

A. ACREDITADO Que es mexicano, de 31 años de edad, de oficio Hogar, originaria de Chihuahua, Chihuahua., CONYUGE Que es mexicana, de 31 años de edad, de oficio Empleado, originario de Hermosillo, Sonora con domicilio en AVENIDA QUINTA ELIZA NUMERO 27-C DEL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL LA HACIENDA, DE ESTA CIUDAD. Que es titular del crédito a que se alude en el antecedente primero del presente instrumento.

B. Que reconoce que no ha cumplido con el pago mensual a que está obligado(a) en los términos de “EL CONTRATO DE CRÉDITO”, por lo que a la presente fecha tiene 45 mensualidades vencidas sin pagar, las cuales suman el importe total de 72.2000 VSMM equivalente a $147,693.48 M.N. por lo que ha solicitado a “EL INFONAVIT” la reestructuración del adeudo total insoluto mediante la celebración de este convenio.

C. Se da por notificado del Juicio Ordinario Civil, promovido en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil, Expediente 1380/2011.

Así mismo se tiene por emplazado y se hace sabedor de que cuenta con un plazo de 10 días para contestar la demanda

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (19 Kb) pdf (121 Kb) docx (18 Kb)
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com