DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DE DOMICILIO
Enviado por marcospoma • 9 de Agosto de 2021 • Apuntes • 833 Palabras (4 Páginas) • 121 Visitas
DERECHO A LA INVIOLABILIDAD DE DOMICILIO
DOCTRINA
CONCEPTO:
La educación es un proceso continuo de aprendizaje que tiene por finalidad la formación integral de la persona. La educación tiene una íntima vinculación con el modelo de Estado social y democrático de derecho, en tanto la formación de los ciudadanos conlleva la promoción de la participación de las personas en la vida política, cultural, económica y social de la nación.
El Tribunal Constitucional ha señalado que la educación cumple determinados fines constitucionales, entre los que se encuentran:
- Promover el desarrollo integral de la persona.
- Promover la preparación de la persona para la vida y el trabajo.
- Desarrollar la acción solidaria.
FUNDAMENTO:
La educación se concibe como un derecho fundamental y como un servicio público esencial. La educación es una herramienta de cambio y crecimiento, que le brinda a los seres humanos la oportunidad de planificar un mejor futuro para sí mismos y también para su comunidad.
Una sociedad con acceso plural a la educación es una sociedad mejor capacitada para darse a sí misma lo que necesita, para innovar y buscar soluciones creativas a sus problemas tradicionales, y para ingresar en el intercambio económico, político y cultural que el mundo globalizado plantea en términos más igualitarios y menos subalternos.
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN
Disponibilidad. Se refiere a la presencia de planteles educativos a lo largo del territorio, para satisfacer las necesidades educativas de toda la población. Dichas escuelas requieren de una infraestructura mínima adecuada para albergar a sus alumnos durante el período de estudio de manera exclusiva e ininterrumpida, y deben contar con los materiales didácticos y pedagógicos necesarios para el aprendizaje eficaz.
Aceptabilidad. Más allá de la infraestructura, las instituciones educativas deben poseer un programa educativo que esté avalado por las instancias gubernamentales apropiadas, cuyos contenidos sean cultural y socialmente adecuados para la población, de buena calidad y aceptables tanto para alumnos como para sus representantes.
Adaptabilidad. Los programas de estudio no sólo deben ser adecuados normativamente, sino que deben poder adaptarse a los cambios en la sociedad, muchos de los cuales serán precisamente introducidos por la propia presencia de la educación masiva. Los profesionales de la educación del país deberán poder reconocer, propiciar y guiar el cambio en los currículos de estudio teniéndolo en cuenta.
Accesibilidad. Bajo ninguna circunstancia los alumnos deben ser impedidos de su ingreso al plantel educativo, discriminados en el mismo o sometidos a condiciones que vulneren su capacidad de estudio. Por otro lado, las vías de acceso al plantel educativo deben estar en la mejor forma posible, para no impedir físicamente el tránsito hasta la escuela o desde ella hacia su lugar de retorno.
ALCANCES:
El derecho a la educación como derecho subjetivo supone el ejercicio de determinadas facultades:
- Acceso al servicio educativo sin discriminación, lo que supone que exista oferta educativa, tanto pública como privada, y que en ningún caso se impida el acceso al servicio educativo brindado por motivos discriminatorios, como la raza, la orientación sexual, la condición económica o social.
- Derecho a permanecer dentro del proceso educativo, lo que supone no ser separado o expulsado de manera arbitraria de la institución en la cual se reciba el servicio educativo.
- El derecho a una educación de calidad, lo que supone que los contenidos educativos y el servicio prestado se sujeten al cumplimiento de determinadas condiciones que aseguren la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje, tales como infraestructura, ambientes de descanso, lectura, bibliotecas, laboratorios, docentes capacitados, etcétera.
LIMITES:
En el amplio reconocimiento del acceso al servicio educativo, se encuentran ciertas limitaciones, como en el caso de las instituciones educativas privadas, que, para el ingreso de los estudiantes, además de su capacidad, exigen el cumplimiento de otros requisitos, como que los padres estén casados o que puedan solventar los estudios de los hijos. Esto encierra discriminaciones prohibidas que inciden de modo negativo en el acceso al proceso educativo.
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