DOCTRINA DE ESTADO MAYOR
Enviado por lupydilup1968 • 18 de Mayo de 2018 • Tarea • 1.462 Palabras (6 Páginas) • 142 Visitas
DOCTRINA DE ESTADO MAYOR
1.- INTRODUCCIÓN.-
La Policía Boliviana, considerada como una Institución fundamental del Estado Plurinacional, tiene su Base Legal en la nueva Constitución Política del Estado, concretamente en el contenido del Artículo 251, que textualmente refiere: La Policía Boliviana, como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano. Ejercerá la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Boliviana y las demás leyes del Estado.
Como institución, no delibera ni participa en acción política partidaria, pero individualmente sus miembros gozan y ejercen sus derechos ciudadanos, de acuerdo con la Ley.
Como tal, la Institución del Orden, rige su funcionamiento en el fiel cumplimiento de su Ley Orgánica, teniendo en su estructura organizativa, diferentes niveles organizacionales y de decisión, entre las cuales resalta la conformación del Estado Mayor de la Institución.
Los conceptos fundamentales de organización, administración y relaciones humanas son la base de la doctrina de Comando y Estado Mayor.
1.1.- LA LEY ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN
Documento en el cual resalta el contenido de los siguientes artículos:
- Artículo 1.- La Policía Boliviana es una Institución Fundamental del Estado que cumple funciones de carácter público, esencialmente preventivas y de auxilio, fundada en los valores sociales de seguridad, paz, justicia y preservación del ordenamiento jurídico, que en forma regular y continua, asegura el normal desenvolvimiento de todas las actividades de la sociedad.
- Articulo 9.- En el cual se refiere la Organización de la Policía Boliviana, donde resalta, entre otras, la conformación de su Estado Mayor.
1.2.- REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS DE ESTADO MAYOR
Documento aprobado por el Comando General de la Policía Boliviana, mediante Resolución Administrativa Nro. 0824-10, de fecha 11 de Agosto de 2010, que se encuentra en plena aplicación.
Después de un análisis a detalle de ambos Documentos, considerando además los principios que rigen en nuestra institución:
Definimos al Estado Mayor como el principal Órgano de asesoramiento y apoyo del Comandante, en la formulación y adopción de planes, programas, políticas, estrategias y otras medidas de carácter institucional, en cumplimiento específico de su misión constitucional, la Ley Orgánica y Reglamentos Internos.
2.- PROBLEMA DE INVESTIGACION.-
No podemos ignorar que la sociedad en su conjunto está en constante desarrollo, al igual que las Instituciones que componen el Estado, deben adoptar políticas de mejoramiento en sus estructuras.
De este modo, podemos referir que la Policía Boliviana, como Institución fundamental del Estado, debe ser objeto de algunos cambios estructurales en su organización, orientados a consolidarse como una Institución netamente al servicio de su pueblo, que desarrolle su trabajo en estrecha relación con el ciudadano al cual nos debemos.
Nos planteamos este gran problema o desafío, el cual esta traducido en poder establecer, que parte de la estructura organizativa de nuestra Institución debe ser mejorada, y que esta acción vaya acorde con las Leyes vigentes y nuestros Reglamentos Institucionales, además de considerar la coyuntura social actual.
3.- MODELO TEORICO (lo actual).-
El Estado Mayor, dentro la estructura orgánica y la administración central del Comando General de la Policía Boliviana, se constituye en un Órgano Colegiado de apoyo y asesoramiento directo del Comandante, y de coordinación con los Estados Mayores Policiales de cada Comando Departamental de Policía, que atingen a la administración y función policial en cumplimiento especifico de la misión constitucional y las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de la Policía Boliviana.
Por razones de orden Operativo, Técnico y Administrativo, el Estado Mayor se organiza de la siguiente manera:
- Estado Mayor de Coordinación.
- Estado Mayor Especial.
- Direcciones Técnicas.
- Direcciones Descentralizadas.
La reunión de las cuatro, constituye el Estado Mayor General
3.1.- ESTADO MAYOR DE COORDINACIÓN
Es el principal órgano de asesoramiento del Comandante, para la aplicación de planes de operaciones, programas y otras actividades que deben cumplir las reparticiones policiales de la administración central y desconcentrada.
Está conformado por:
- Director Nacional de Personal G-1.
- Director Nacional de Inteligencia G-2.
- Director Nacional de Planeamiento y Operaciones G-3.
- Director Nacional Administrativo G-4.
3.2.- ESTADO MAYOR ESPECIAL.-
Es el órgano de asesoramiento del Comandante, en actividades especializadas dentro de un área técnica administrativa específica de la función especial, sus miembros tendrán conocimiento y entrenamiento dentro de su función.
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