Derecho Educativo
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Por Dr. Raúl Edilberto Soria Verdera @ 22 de Mayo, 2008, 18:53 en General
I.-INTRODUCCIÓN
El Derecho Educativo tiene, entre otras finalidades, la legitimación del derecho en las escuelas y la formación ciudadana basada en valores de respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.
El Derecho Educativo mediante su Plan –PDECE- para la convivencia en un marco de la Cultura de Paz y Noviolencia, inspirado en las múltiples experiencias de práctica e investigación de una educación y cultura de Paz desarrolladas por personas y grupos a lo largo de toda la historia de la humanidad, y también en los valores fundacionales de las Naciones Unidas y de UNESCO, reafirma su voluntad de contribuir aún más en el logro, para las generaciones actuales y las venideras, de una sociedad más justa y tolerante; propiciar la creación de normas de convivencia pacíficas para con ella y para con los otros pueblos con los que convive; y colaborar con todos aquellos que han decidido adherirse y participar en la construcción de un programa que respete las vidas y la dignidad de cada persona sin discriminación ni prejuicios; rechace la violencia en todas sus formas; cultive la generosidad a fin de terminar con las exclusiones y las injusticias; defienda el diálogo, preserve el planeta promoviendo un consumo responsable y un equilibrio de los recursos naturales; y, ayude a la plena participación de todos y todas bajos los principios democráticos.
No cabe duda que el Derecho Educativo cumple un importante papel hacia el pleno desarrollo de la Cultura de Paz y Noviolencia, caracterizada por las normas de convivencia y la participación de la Comunidad Educativa, sostenida por los principios de libertad, justicia social, democracia, tolerancia y solidaridad, que rechaza la violencia, se dedica a prevenir los conflictos en sus raíces y busca soluciones positivas y alternativas a los grandes desafíos del mundo moderno. Normas de convivencia que se reflejan y se inspiran en el conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida que fomentan y permiten el ejercicio del derecho a la paz de los individuos, los grupos y las naciones.
La comunidad escolar constituye un ámbito donde, se deben regular las acciones de todos los miembros de la comunidad educativa, para resolver los conflictos en forma pacífica, por medio del diálogo, la cooperación, la solidaridad y la ayuda mutua.
La Cultura de Paz es un concepto mucho más amplio que la simple ausencia de violencia.
Los estudios de la comunidad científica internacional sostienen que la violencia es evitable pues no es innata en el ser humano y debe ser combatida en sus causas económicas, sociales y culturales, permitiendo avances considerables en la comprensión de sus diversas formas al asociarla con la insatisfacción de las necesidades humanas.
Por otro lado, la formación de una ciudadanía capaz de afrontar creativa y positivamente los desafíos del mundo contemporáneo, como la globalización de la economía, o los graves desequilibrios estructurales que sufren las sociedades actuales, constituye una finalidad primordial de las actuales políticas educativas en todo el mundo.
La necesidad de construir un Derecho Educativo para la Paz, proceso siempre permanente, desde un paradigma que oriente la forma de comprender el mundo y las relaciones que se dan en el seno de nuestras sociedades, vencer los desafíos del siglo XXI y superar la violencia por medio de la implementación y difusión de la Cultura de Paz, es nuestro objetivo.
II.-MARCO TEÓRICO DEL PDECE
En todas las épocas y culturas encontramos amplios y valiosos antecedentes de la Cultura de Paz que constituyen un cúmulo de experiencias, hallazgos, prácticas y modelos que han ido conformando una verdadera y significativa Historia de la Paz.
En la actualidad, la Cultura de Paz constituye el esfuerzo de los organismos internacionales, especialmente de UNESCO, durante más de cincuenta años, para dar cumplimiento a su mandato; y está respaldada, en todos los ámbitos sociales, por un conjunto de experiencias, investigaciones, acciones e instrumentos legales que requieren ser articulados desde una visión holística e integradora , con la participación responsable y coordinada de todos los agentes y de todas las instituciones sociales, que han ido definiéndola sobre la base de tres conceptos interactivos:
— Paz positiva
— Desarrollo humano sostenible
— Democracia participativa
III.-LA CULTURA DE PAZ: antecedentes y definición:
La Cultura de Paz, definida inicialmente en 1989 en el Congreso Internacional de Yamoussoukro y adoptada como Programa de la UNESCO en 1995, pronto se convertiría en un movimiento mundial con la implicación directa de amplios sectores de la sociedad en todos los continentes lo que motivó que Naciones Unidas proclamara el año 2000 como Año Internacional de la Cultura de la Paz, y decidiera la proclamación del Decenio Internacional de la promoción de una Cultura de Paz y Noviolencia en beneficio de los niños y niñas del mundo (2001-2010).
El “Manifiesto 2000” redactado por un grupo de premios Nóbel, en el que invitaron a todo el mundo a su firma comprometiéndose a respetarlos en la vida diaria, contiene resumidos, en un lenguaje sencillo, los seis principios clave que definen y determinan la Cultura de Paz:
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