Derecho Laboral
Enviado por victoriapalmera • 25 de Julio de 2012 • 676 Palabras (3 Páginas) • 594 Visitas
José Manuel Escalona Vasquez.
CI: 19.572.233.
CJP’101-00518V.
Derecho del trabajo:
El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre patrono y trabajador las asociaciones sindicales del Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana lícita y prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestación.
El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas que tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.
Derecho procesal del Trabajo:
El derecho procesal laboral es una rama del Derecho procesal que se ocupa de los conflictos laborales ya sea individuales o colectivos que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresario y trabajadores sobre el contrato de trabajo, o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración. También se ocupa de las relaciones entre la Administración Pública y su personal (no funcionarios y por tanto sujetos al Derecho laboral).
Los siguientes, son algunos de los principios del Derecho procesal laboral que se presentan en la mayoría de los ordenamientos jurídicos como lo son :
Impulso de oficio: los tribunales de trabajo tienen la obligación de actuar aún si la parte afectada evita o no desea iniciar la respectiva acción.
Celeridad: los términos de las resoluciones judiciales de los tribunales de trabajo deben ser cortos.
'Informalidad': las actuaciones de las partes no requieren formalidades especiales. Esto va unido a la celeridad, para hacer al proceso más accesible y expedito.
'Gratuidad: se está exonerado de pagar todos los gastos de participar ante las instancias judiciales de trabajo o las autoridades administrativas.
Audiencia Preliminar
Es la audiencia oral convocada por el juez de la Instrucción, luego de la presentación de la acusación del fiscal o el querellante y de las otras solicitudes que, de conformidad con la ley se hagan.
Se trata de un juicio a la acusación y no contra el imputado. Desde el punto de vista genérico se trata de un juicio sobre la admisibilidad de las pruebas y la consecuente suficiencia de la acusación, y específicamente de determinar la validez y las alegaciones que impidan la celebración del juicio oral, particularmente de aquellas de naturaleza jurídica.
Características
1) Tiene un carácter obligatorio; Presentada la acusación, de la única forma que se puede llegar al juicio oral es mediante su celebración;
2) Debe de ser pública; esta publicidad se aplica por lo dispuesto en el artículo 300 del CPP
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