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Derecho Laboral


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  2.026 Palabras (9 Páginas)  •  319 Visitas

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Maria Angelica Guerrero Guerrero

Derecho Laboral

Facultad de administración de empresas

Universidad Externado de Colombia

04-04-13

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Artículos de la constitución política de Colombia relacionados con el derecho Laboral.

Principios Fundamentales del derecho laboral

Del trabajo

Art 25: El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

Título: Disposición esencial

Relación: se relaciona con el derecho laboral ya que propone una ley en la cual se genera la obligatoriedad del trabajo demostrando lo indispensable que es este para el ser humano puesto que es el único medio que tiene para conseguir los elementos necesarios para la satisfacción de sus necesidades internas y externas, y por lo tanto el estado debe crear todas las garantías tanto para patronos como empleadores rigiendo equitativamente las relaciones, brindando a la sociedad la seguridad de obtener empleos estables y remunerados.

Art 26: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.

Título: Libertad de ejercicio

Relación: Está directamente relacionado con el derecho laboral por que brinda total libertad y autonomía para tomar decisiones, brindando la oportunidad de desempeñarse de la manera más eficaz y eficiente en una organización, además estipula los títulos de idoneidad en caso de profesiones que afectan directamente la salud del usuario ej: medicina, bacteriología, odontología. Buscando garantizar la seguridad y salud de las personas.

Art 53: El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:

Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

El estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales.

Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna.

La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.

Título: Garantías.

Relación: El estado social de derecho se basa en el respeto a la dignidad humana, en este artículo se ve evidenciado porque se antepone un beneficio agregado al empleado debido a que se presupone que este tiene un relación desfavorable con el empleador. Busca favorecer las relaciones laborales, dentro de un entorno de cooperación y equilibrio, por medio de la óptima interacción entre las partes, para obtener un desempeño optimo en la organización, anteponiendo reglas de juego claras y concisas.

Art 43: La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.

El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia

Título: Igualdad de condiciones

Relación: la constitución reconoce la constante la discriminación de la que ha sido víctima la mujer a lo largo de la historia y por lo tanto busca la manera de equiparar las cargas, los deberes y los derechos, buscando erradicar este tipo de actitudes, poniendo pautas claras para la consecución de la igualdad ante la sociedad.

Del trabajador

Art 13: Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

Título: Igualdad Laboral; presupuesto básico para el derecho laboral

Relación: Cada persona es igual ante la ley por lo tanto merece un trato igualitario, y debe recibir los mismos beneficios a cambio de su trabajo. El estado interviene ya que es necesario para este velar por las condiciones que se brindan en las organizaciones para cada empleado, teniendo en cuenta personas con características diferentes que los ponen en desventaja, brindándoles posibilidades de lograr a tener las mismas condiciones.

Regulación del estado ante la relación empleado y empleador

Art 39: Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución.

La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos.

La cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo procede por vía judicial.

Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión.

No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.

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