Derecho Reales
Enviado por clarope • 15 de Mayo de 2015 • 313 Palabras (2 Páginas) • 246 Visitas
¿Qué es el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común?
Es uno de los regímenes adoptados en la construcción de edificios de departamentos, de quintas, de casas en copropiedad y otras unidades inmobiliarias con bienes comunes, cuando pertenezcan a varios propietarios distintos (Articulo 37 de la Ley Nº 27157). La existencia de bienes comunes determina que estos bienes son de uso común de los propietarios y sobre los cuales tienen derechos y obligaciones que deben asumir conjuntamente de acuerdo al reglamento interno que adopten, y cada propietario tiene una propiedad exclusiva sobre el cual toman decisiones propias. Esta distinción reemplazó a la antes denominada propiedad horizontal. En sentido práctico diremos que propiedad exclusiva y propiedad común existen en las unidades inmobiliarias que tienen bienes comunes, los cuales son de todos los propietarios mas no así la propiedad exclusiva que corresponde a cada uno. La Ley Nº 27157 en su artículo 40 dice que los bienes de propiedad común pueden ser, según sea el caso:
a) El terreno sobre el que está construida la edificación;
b) Los cimientos, sobrecimientos, columnas, muros exteriores, techos y demás elementos estructurales, siempre que éstos no sean integrantes únicamente de una sección sino que sirven a una o más secciones;
c) Los pasajes, pasadizos, escaleras, y, en general, vías aéreas de circulación de uso común;
d) Los ascensores y montacargas;
e) Las obras decorativas exteriores a la edificación o ubicadas en ambientes de propiedad común;
f) Los locales destinados a servicios comunes tales como portería, guardianía; y otros;
g) Los jardines y los sistemas e instalaciones para agua, desagüe, electricidad, eliminación de basura y otros servicios que no estén destinados a una sección en particular;
h) Los sótanos y azoteas, salvo que en los títulos de propiedad de las secciones aparezcan cláusulas en contrario;
i) Los patios, pozos de luz, ductos y demás espacios abiertos;
j) Los demás bienes destinados al uso y disfrute de todos los propietarios.
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