Derechos Reales
Enviado por jaelitajaelita • 24 de Abril de 2015 • 1.267 Palabras (6 Páginas) • 232 Visitas
El argumento que resulta determinante en el caso MARTINEZ MARCELO FABIAN c/ SALVADOR LEIVA-NULIDAD-REIVINDICACION” es el siguiente: El boleto de compraventa, el cual encuentra certificado por el escribano público con constancia de intervención en su respectivo protocolo notarial, es suficiente para legitimar al accionante a demandar la reivindicación del automotor adquirido en virtud del principio de la sesión implícita. El Sr. Salvador Leiva no puede ampararse en la buena fe, dado que frente a la denuncia a favor de otro adquiriente debió convencerse de la autenticidad de la suscripción del formulario 08 que le fuera proporcionado por el Sr. Vargas, como así también de la oposición de dicho rodado por parte del mismo. Es sabido que la denuncia de venta consiste en la presentación al registro nacional de la propiedad automotor de un formulario denunciando o comunicando “que se hizo tradición efectiva del vehículo”, y que se ha colocado al adquiriente, en condiciones de efectuar por si solo la inscripción registral a su nombre. El derecho del reivindicante, proviene del derecho puntual del contrato de compra venta y del formulario 08 que fueron los actos jurídicos por los cuales adquirió el bien y con ello el derecho a accionar en contra del demandado.
En los fundamentos expresados por la mayoría se expone que no cabe sostener la inscripción de buena fe del automotor al nombre del demandado, porque la actuación de la parte demandada consiste en un proceder negligente dentro de las circunstancias que rodean al negocio. Esto se relaciona con el punto de la unidad 7 módulo cuatro, dado que uno de los requisitos para la adquisición derivada del dominio de los automotores es la buena fe.. El punto de la unidad siete expone que, para que el error fuera excusable es preciso que la adquiriente anote todos los recaudos que exige la naturaleza de la cosa y las circunstancias de persona, lugar y tiempo. En el caso del Sr. Martínez C/ Salvador Leiva se resolvió finalmente que no pudo haber buena fe por parte del demandado, dado que no ha tomado todos los recaudos necesarios para la adquisición.
Situación problemática 2
A) Determine la relación existente entre los fundamentos dados, para rechazar laexcepción de prescripción opuesta por el demandado, en el caso:
"REHACE EXPTE. ENAUTOS: MI VALLE INMOBILIARIA S.R.L. C/ ANTONIO PAVAN Y OTRO -REIVINDICACIÓN"y los fundamentos del caso:
"RENELLA, HECTOR EDUARDO c/ ELSAALICIA VAZQUEZ - ACCION REIVINDICATORIA"
(20 puntos)
En ambos casos, se plantea una acción reivindicatoria que encuentra como defensa por parte de los demandados el planteo de la prescripción veinteñal. En los dos casos también la defensa de los demandados es aceptada en primera instancia, agraviándose las actoras. Para ambos casos, las partes actoras basan sus derechos en el hecho de que no se tiene por suficientemente probado el transcurso del tiempo que corresponde para la prescripción veinteñal, sosteniendo que los respectivos jueces a quo realizan una interpretación errónea de las pruebas presentadas; en el primer caso, se brinda a las pruebas una fuerza probatoria que excede lo aceptado por la doctrina y la jurisprudencia nacionales, por lo cual se acepta el agravio de la actora, revocando la sentencia en la parte apelada. En el segundo caso, se otorga una fuerza probatoria mayor a la escritura pública a un instrumento privado, lo cual a todas luces resulta contrario a derecho; además, se sostiene que de las pruebas del caso, surge que por más que se dé validez a dicho instrumento, la prescripción se ha visto interrumpida por un juicio de desalojo, lo cual se traduce en el comienzo de una nueva etapa de prescripción que no supera el tiempo requerido para hacerla valida frente a terceros. Es decir, que la característica común en ambos casos, es la falta del tiempo requerido para hacer valida la prescripción veinteñal.
Situación problemática 3
A) En
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