Derecho Romano
Enviado por slider • 3 de Diciembre de 2012 • 1.227 Palabras (5 Páginas) • 945 Visitas
Herencia Yacente
Es el intervalo que transcurría entre la muerte del causante y la adquisición de la herencia por el heredero, la herencia quedaba temporalmente sin titular y se decía que se dormía o yacia: por eso se le llamo herencia yacente (hereditas iacens).
La herencia yacente podía incrementarse por producción de frutos, adquisiciones hechas por un esclavo y prescripciones iniciada por el causante y podía sufrir gravámenes, como el supuesto de delitos cometidos por esclavos. En todos estos casos era necesario encontrar un titular que adquiriera o se hiciera responsable de las cargas, a este problema se le buscaron diversas soluciones: una de ellas consideraba que echa la adición sus efectos se retrotraían al momento de la muerte del causante y el heredero adquiría con efectos retroactivos todos los derechos nacidos.
Herencia bacante
La herencia bacante (bona vacantia) es aquella que quedaba definitivamente sin titular, por que no habían herederos y los bienes vacantes pasaban al Erario público.
El legado
El legado se puede definir como una liberalidad a cargo de la herencia dispuesta en el testamento a favor de una persona determinada el legatario concediéndole ciertas cosas o derechos, el legado podría estar sujeto a condición, termino o modo. Mientras que el heredero se le designa por vía testamentaria y por vía legitima, al legatario solo se le podía designar por testamento o codocilio confirmado; además, como ya sabemos el derecho recibía a titulo universal es decir toda la herencia o una cuota de la misma y por ello se hacía responsable de las deudas en cambio el legatario recibía el título particular y no respondía de los gravámenes.
A. Legado per vindicationem
El legado per vindicationem o legado vindicatorio, redactado con la forma "doy y lego", transfería al legatario la propiedad quiritaria del objeto; por lo tanto, lo convertía en titular de un derecho real.
Era necesario que el testador tuviera la propiedad quiritaria de la cosa legada en el momento de hacer el testamento y en el de la muerte.
También se podía legar por vindicación el usufructo o una servidumbre predial, así que las acciones para pedir el legado podian ser la reivindicatoria o la confesoría, según fuera el caso
B. Legado per damnationem
El legado per damnationem o damnatorio, cuya forma era" que mi heredero esté obligado a transmitir", obligaba al heredero frente al legatario dando lugar a un derecho de crédito tutelado por una acción personal, la actio ex testamento.
Podían ser objeto de este legado no sólo las cosas pertenecientes al testador, sino también al heredero o a un tercero, cosas que el heredero debía adquirir. Pero si el propietario se negaba a vender o pedía un precio excesivo, el heredero podía liberarse entregando el valor de la cosa
C. Legado sinendi modo
El legado sinendi modo o de permisión se hacía diciendo "que mi heredero quede obligado a permitir", también otorgaba un derecho de crédito al legatario y el heredero tenía la obligación de permitir que aquél dispusiera de la cosa legada. Este legado se usó para hacer respetar un derecho que el legatario viniera ejerciendo como una servidumbre, por ejemplo. Tenía efectos personales y se podía exigir con la acción ex testamento. Posteriormente fue asimilado allegado damnatorio.
D. Legado per praeceptionem
El legado per praeceptionem, o de precepción, cuya forma establecía que el legatario podía" apoderarse con preferencia", autorizaba al legatario, que era unoLas sucesiones 229 de los herederos, a tomar algo de la herencia antes de su división y con preferencia a los demás.
Este legado tenia efectos reales y con el tiempo fue asimilado al vindicatorio (Gayo, 2, 216-222).
El formalismo exigido para la redacción de los legados fue reducido por el derecho imperial. De esta manera, un senadoconsulto de la época de Nerón estableció que el legado incorrecto valiera como legado damnatorio; más
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