Discurso juridico - Apuntes
Enviado por diaz2401 • 13 de Junio de 2017 • Apuntes • 537 Palabras (3 Páginas) • 436 Visitas
Discurso jurídico
Muy buenos días, hoy, 4 de abril del presente año, nos encontramos reunidos en esta sala de juicios orales para dictar una resolución sobre el delito de feminicidio de la señorita Karla Avilés Alcalá cometido por su entonces novio Sebastián Figueroa Ortiz, quien asegura que estaba fuera de sus facultades mentales a causa de haber ingerido narcóticos por lo cual alega que se le culpe por homicidio y no feminicidio.
La señorita Karla fue asesinada por el que fuera su novio Sebastián el cual la había invitado a tomar un café que después de terminar dicho café el novio de la señorita Karla la llevo a la casa de un amigo en donde la violaría a la fuerza acto que produjo severas lesiones a la víctima causando su muerte por lo que el joven Sebastián opto por ir a, abandonar el cuerpo en un lote baldío. Este es un caso en el que no procede la realización de un acuerdo reparatorio, ni la suspensión condicional del proceso, por lo que se deberá de resolverse de acuerdo a las pruebas presentadas.
La fiscalía realizo el desahogo de pruebas presentando al perito en criminalística de campo quien fue el que realizo la investigación en la escena del crimen donde se tomaron fotos de la víctima desde la postura del cuerpo donde se encontró que fue manipulado al ser dejado en el lote baldío y que se encontraron lesiones que no aparecen en una relación sexual normal que permiten dictaminar que esto es un feminicidio, se presentó también al médico forense el cual su dictamen fue que la víctima falleció por diversos golpes en la cabeza los cuales se clasificaron como mortales presentaba severos hematomas en brazos, vientre y piernas en la cual presentaba cortes lo que se dictamina como feminicidio. Por lo que la fiscalía solicita que se dicte la sentencia como feminicidio y no como homicidio de la señorita Karla Avilés Alcalá.
Sin embargo la defensa alego, que el inculpado el joven Sebastián Figueroa Ortiz realizo ese acto por estar bajo la influencia de las metanfetaminas las cuales había consumido un día anterior en una fiesta a la que asistieron con un amigo, el cual fungió como testigo en la audiencia donde afirmo que habían consumido éxtasis en la fiesta a la que habían asistido, la defensa presento al perito en química forense, el que realizo el examen toxicológico del inculpado en el que resultó positivo en el consumo de drogas, con lo cual la defensa solicito al señor juez que se le juzgara al inculpado como homicidio de la joven tomando en cuenta que él no tenía conocimiento de sí mismo.
Habiendo escuchado y examinado las partes se considera que el acto se juzgara como feminicidio debido a que el inculpado no presento argumentos decisivos para que se le pudiera juzgar como homicidio de la víctima, ya que el amigo como el inculpado aceptó haber consumido drogas por voluntad propia, en tal virtud se considera penalmente responsable del delito de feminicidio cometido en agravio de quien en vida llevara nombre de Karla Avilés Alcalá, es usted condenado a la pena de del delito de feminicidio y eventualmente se le pondrá la pena respectiva.
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