EL ABORTO EN MATERIA PENAL
Enviado por Gecabiad • 4 de Junio de 2014 • 1.289 Palabras (6 Páginas) • 402 Visitas
La palabra aborto proviene del latín abortus, que a su vez deriva del término aborior. El aborto o interrupción del embarazo por inducción y el infanticidio son tan antiguos como la gestación en la especie humana. Todas las sociedades humanas han destruído el producto del embarazo por muy diversos medios, desde los traumatismos más brutales hasta la ingestión de plantas y substancias de efectos abortivos de las que se fueron descubriendo sus efectos.
Hipócrates en su obra "De Infoecundis" (cap. VI) menciona el aborto como algo frecuente en las mujeres públicas. En la Roma antigua se consideraba al feto como portio viscerum matris y por ello era permitido disponer libremente de su cuerpo y por lo tanto abortar a voluntad. Entre las sociedades primitivas, el aborto era considerado como un problema económico más que como un problema moral. En cambio en el Código de Hammurabi, se señala una sanción económica en caso de aborto provocado cuya cuantía aumentaba cuanto más elevada era la condición social de la mujer. Si ésta moría como consecuencia del aborto debía morir también quien lo había provocado.
La actitud ante el aborto como ante el infanticidio cambian en el mundo cuando el cristianismo establece una nueva actitud de valor y respeto a la vida humana. El cristianismo eleva el respeto por la vida humana a una categoría moral nunca antes conocida. El aborto es intrínsecamente malo porque el embrión es ya una individualidad, una nueva persona con todo el patrimonio genético combinado y desarrollando su poder modelador. El embrión es una persona en potencia y el feto es una esperanza de persona.
Definición de aborto
La Medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si esa expulsión del feto se realiza en período viable pero antes del término del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere. En el lenguaje corriente, aborto es la muerte del feto por su expulsión, natural o provocada, en cualquier momento de su vida intrauterino. Actualmente el aborto en Venezuela es ilegal salvo en casos de amenaza a la vida o salud de la mujer. La pena para una mujer que tiene un aborto es de 6 meses a dos años de prisión y la pena por un médico u otra persona que realiza el procedimiento es de uno a tres años. Se pueden imponer penas más duras si la mujer embarazada muere como resultado del procedimiento.
Tipos de aborto
1) Aborto Procurado (Art. 430 C.P.): La mujer que intencionalmente aborte, valiéndose para ello de medios empleados por ella misma o por un tercero, con su consentimiento.
2) Aborto Provocado (Art. 431 C.P.): El que hubiere provocado el aborto a una mujer, con el consentimiento de ésta.
3) Aborto Sufrido (Art. 432 C.P.): El que haya procurado el aborto de una mujer empleando sin su consentimiento o contra su voluntad, medios dirigidos a producirlo.
4) Aborto Agravado (Art. 433 C.P.): Cuando el culpable de alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes sea una persona que ejerza el arte de curar o salud pública, si dicha persona ha indicado, facilitado o empleado medios con los cuales se ha procurado el aborto, en que ha sobrevenido la muerte de la mujer.
5) Aborto Terapéutico: Es el aborto provocado con el fin de salvar la vida de la madre o para evitar el nacimiento de un niño o niña con defectos o malformaciones físicas o mentales muy graves e incurables, que le impedirán mantener una vida normal. Enmarcado en el artículo 433 del Código Penal como eximente de responsabilidad penal en el caso del aborto agravado.
Diferencias y semejanzas
- Sujeto activo
Tanto en el aborto procurado como el agravado, el sujeto es calificado, en el primero es la mujer embarazada, mientras en el segundo es la persona que ejerce el arte de curar. Por otro lado
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