ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EL MUNICIPIO


Enviado por   •  24 de Enero de 2015  •  Tesis  •  1.877 Palabras (8 Páginas)  •  184 Visitas

Página 1 de 8

EL MUNICIPIO

La Constitución Política del Ecuador en su Capítulo I Art. 118 menciona a las Instituciones del Estado, en su numeral cuarto constan las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo, refiriéndose así al MUNICIPIO, como parte integrante del sector público de nuestro país.

La Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Régimen Municipal, cuerpo legal que regula a esta Institución del Estado, describe a este organismo como la sociedad política autónoma subordinada al orden jurídico constitucional del Estado, cuya finalidad es el bien común local y dentro de este y en forma primordial, la atención de las necesidades de la ciudad, del área metropolitana y las parroquias rurales de la respectiva jurisdicción. (Art. 1 LORM)

Cada Municipio constituye una persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio y, con capacidad para realizar los actos jurídicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus fines, en la forma y condiciones que determina la Constitución y la Ley. (Art. 2 LORM).

Por lo tanto, el municipio como persona jurídica de Derecho Público, con capacidad para realizar actos jurídicos que fueren necesarios para el cumplimiento de sus fines, investido de potestad publica que es entendida como la facultad de actuar e imponerse sobre los particulares, tiene el principal objetivo de coadyuvar al cumplimiento de los propósitos que le corresponden al Estado principalmente para cubrir necesidades públicas dentro de una jurisdicción, en este caso dentro de la localidad.

Para cumplir con este propósito de cubrir las necesidades publicas dentro de su jurisdicción, el municipio, dotado de potestad tributaria o de creación, tiene que recurrir a medios de obtención de recursos económicos, entre los cuales encontramos a los tributos, siguiendo siempre los lineamientos de la Constitución Política para poder aplicarlos y recaudarlos dentro de la localidad. La actividad tributaria del Municipio debe sujetarse a los principios de igualdad, proporcionalidad, no Confiscatoriedad y legitimidad. (Art. 256 CPE, Art. 5CT)

El Art. 228 de la Constitución Política, garantiza el goce de plena autonomía de los Gobiernos del Régimen Seccional Autónomo como los municipios que en uso de la facultad legislativa que conlleva la potestad tributaria o de creación de tributos, llamada desde el 2004 AUTONOMÍA MUNICIPAL se encuentra plasmada en el Art. 16 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

Cada Cantón constituirá un Municipio. Su gobierno estará a cargo del Concejo Municipal, cuyos miembros serán elegidos por votación popular. Los deberes y atribuciones del Concejo Municipal y el número de sus integrantes estarán determinados en la ley. El Alcalde será el máximo personero del Concejo Municipal, que lo presidirá con voto dirimente; será elegido por votación popular y desempeñará sus funciones durante cuatro años. (Art. 234 C.Pol)

ÓRGANOS CORPORATIVOS DE UN MUNICIPIO

Los órganos corporativos de un Municipio son:

• El Concejo que está integrado por los Concejales designados en sufragio universal y secreto.

• El Alcalde que es el representante legal de la Municipalidad junto con el Procurador Síndico Municipal.

FUNCIONES DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL

A la Administración Municipal le corresponde ejecutar las funciones por ramos de actividad, además realizará todas y cada una de las actividades administrativas necesarias para su buen funcionamiento.

- PLANEAMIENTO Y URBANISMO

a) Preparar un Plan de desarrollo Municipal

b) Elaborar Programas y Proyectos

c) Formular los Planes Reguladores

d) Proceder a la zonificación

e) Velar porque las disposiciones tengan cumplida y oportuna ejecución

f) Velar que en las carreteras, en zonas urbanas y rurales se proteja el paisaje.

g) Tramitar permisos (Ref. Art. 615 del Código Civil)

h) Reglamentar, previo aprobación del Concejo.

i) Aprobar los Planos de toda clase de construcciones-

j) Vigilar la estabilidad de los edificios.

- OBRAS PÚBLICAS

a) Planear, programar y proyectar las obras públicas locales.

b) Llevar a cabo la construcción de las obras.

c) Dirigir, coordinar y controlar la realización de las obras

d) Cuidar el cumplimiento de las ordenanzas y reglamentos

e) Limpiar, mejorar y conservar las vías.

f) Velar porque las disposiciones del Concejo y las normas administrativas sobre obras públicas y construcciones, tengan cumplida y oportuna ejecución.

- SERVICIOS PUBLICOS:

a) Elaborar el programa de servicios públicos locales.

b) Prestar directamente o por contrato o, concesión.

c) Proveer de Agua Potable y Alcantarillado a la población.

d) Obtener la concesión para el Derecho de uso de las aguas.

e) Establecer los demás servicios públicos locales a cargo de la Municipalidad y, en especial los de aseo público.

f) Reglamentar con aprobación del Concejo, todo lo concerniente a la conducción y distribución de agua, servicio telefónico.

g) Realizar los estudios necesarios para que el Concejo cuente con elementos de juicio suficientes para fijar o aprobar las tarifas de los servicios públicos.

h) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales sobre servicios públicos.

FACULTADES DE LOS MUNICIPIOS: EN VIVIENDA, SALUD, DESARROLLO URBANO, TURISMO.

Conforme a las facultades que tienen los municipios, amparado a las normas legales y constitucionales, tienen la responsabilidad de satisfacer las necesidades colectivas de la comunidad, por ello planifica e impulsan el desarrollo físico del cantón y sus áreas urbanas y rurales, procurando el bienestar material y social de la colectividad contribuyendo al fomento y protección de los intereses locales.

En materia de Vivienda, Desarrollo Urbano, las Municipalidades tienen las facultades de preparar un plan de desarrollo municipal destinado a prever, dirigir, ordenar y estimular su desenvolvimiento, formular los planes reguladores de desarrollo físico cantonal y los planos reguladores de desarrollo urbano, elaborar proyectos de urbanización y aprobar los que se presenten.

En si en cuanto a éste aspecto las Municipalidades de acuerdo a su Plan de Desarrollo Urbano, solventarán los elementales servicios de infraestructura y básicos que requiere la comunidad.

En materia de higiene y asistencia social, la administración municipal coordinará su acción con la autoridad de salud de acuerdo con el Código de Salud, es decir le corresponde planificar,

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (13 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com