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El Presupuesto Nacional


Enviado por   •  15 de Febrero de 2013  •  3.348 Palabras (14 Páginas)  •  601 Visitas

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1. El presupuesto Nacional.

El presupuesto nacional se refiere a los gastos e ingresos estimados que tiene el Estado relativos a un año calendario en particular. Tiene entre sus múltiples propósitos realizar una evaluación del total de los ingresos y los gastos del Estado. Busca establecer un razonable equilibrio entre los gastos y los ingresos, haciendo posible una evaluación de los efectos que ellos producirán sobre la economía. Sobre todo ello priva un cálculo que contiene elementos de incertidumbre propios de la naturaleza de realización de las actividades que allí se especifican como ¨cuentas¨, programas, proyectos, y acciones que se supone van a ser implementadas en el período de la duración presupuestaria.

1.1. Estructura del presupuesto.

Según el Artículo 30 de la LOAFSP, La ley de presupuesto constará de tres títulos cuyos contenidos serán los siguientes:

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES.

TITULO II

PRESUPUESTARIO DE INGRESOS Y GASTOS Y OPERACIONES DE

FINANCIAMIENTO DE LA REPÚBLICA.

TITULO III

PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS Y OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO

DE LOS ENTES DESCENTRALIZADOS FUNCIONALMENTE DE LA REPÚBLICA, SIN FINES

EMPRESARIALES.

1.1.1. Disposiciones generales.

El artículo 31 de la LOAFSP, establece que Las disposiciones generales de la ley de presupuesto constituirán normas complementarias del Título II de esta Ley que regirán para cada ejercicio presupuestario y contendrán normas que se relacionen directa y exclusivamente con la aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto del que forman parte. En consecuencia, no podrán contener disposiciones de carácter permanente, ni reformar o derogar leyes vigentes, o crear, modificar o suprimir tributos u otros ingresos, salvo que se trate de modificaciones autorizadas por las leyes creadoras de los respectivos tributos.

1.1.2. Presupuesto de ingresos y Presupuesto de gastos.

Artículo 32: Se considerarán ingresos de la República aquellos que se prevea recaudar durante el ejercicio y el financiamiento proveniente de donaciones, representen o no entradas de dinero en efectivo al Tesoro.

En el presupuesto de gastos de la República se identificará la producción de bienes y servicios que cada uno de los organismos ordenadores se propone alcanzar en el ejercicio y los créditos presupuestarios correspondientes. Los créditos presupuestarios expresarán los gastos que se estime han de causarse en el ejercicio, se traduzcan o no en salida de fondos del Tesoro.

Las operaciones financieras contendrán todas las fuentes financieras, incluidos los excedentes que se estimen existentes a la fecha del cierre del ejercicio anterior al que se presupuesta, calculadas de conformidad con lo que establezca el reglamento de esta Ley, así como las aplicaciones financieras del ejercicio.

1.2. Presupuesto de ingresos.

1.2.1. Método de estimación de ingresos.

Técnicas de estimación de ingresos: algunas técnicas de estimación se citan a continuación.

Método del cálculo automático: este cálculo toma como base el comportamiento de los ingresos del año a estimar, en similares condiciones, deben ser por lo menos iguales a los del año anterior y así se toman como referencia la utilización de estadísticas actualizadas de ingresos.

Método de las medias aritméticas: para la estimación de ingresos por el Método de la Media Aritmética Simple, se suman los recursos obtenidos durante los dos o tres últimos años, efectivamente concluidos, y se divide dicha suma entre el número de años considerados.

Método del Mínimo Cuadrado: es un cálculo moderno y parte de una base estadística confiable, consiste en prever el comportamiento de los ingresos futuros a partir del análisis de los ingresos de varios periodos anteriores; para ello se utiliza la formula estadística de los mínimos cuadrados, que arroja cual será el monto de los recursos por un lapso de varios años. La aplicación de este método requiere la utilización de estadísticas actualizadas de ingresos.

1.3. Presupuesto de gastos.

Dentro del "Presupuesto de Gastos" se distinguen dos elementos:

a) Aquellos componentes que son motivo de discusión, sanción y control legal y que constituyen propiamente la "Ordenanza de Presupuesto”.

b) Los detalles necesarios para transformar el presupuesto en un instrumento de administración que deben manejar los responsables de las categorías programáticas, así como los encargados de los registros de la ejecución presupuestaria que conforma lo que se conoce como la "Distribución Institucional del Presupuesto de Gastos".

1.4. Situado Constitucional.

1.4.1. Aspectos conceptuales y legales.

Artículo 167 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, Numeral 4:

Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un máximo del veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el Fisco Nacional, la cual se distribuirá entre los Estados y el Distrito Capital en la forma siguiente: un treinta por ciento de dicho porcentaje por partes iguales, y el setenta por ciento restante en proporción a la población de cada una de dichas entidades.

En cada ejercicio fiscal, los Estados destinarán a la inversión un mínimo del cincuenta por ciento del monto que les corresponda por concepto de situado. A los Municipios de cada Estado les corresponderá, en cada ejercicio fiscal, una participación no menor del veinte por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo Estado.

En caso de variaciones de los ingresos del Fisco Nacional que impongan una modificación del Presupuesto Nacional, se efectuará un reajuste proporcional del situado.

La ley establecerá los principios, normas y procedimientos que propendan a garantizar el uso correcto y eficiente de los recursos provenientes del situado constitucional y de la participación municipal en el mismo.

1.4.2. Uso del situado constitucional.

Sin perjuicio de lo establecido por la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en el artículo 168, numeral 3, contempla la forma como los municipios deben emplear el Situado, esta normado básicamente por las siguientes leyes:

a) Ley Orgánica del Régimen Municipal.

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