Fallo Patito
Enviado por • 20 de Abril de 2013 • 609 Palabras (3 Páginas) • 3.344 Visitas
Nombre del Fallo: “Patitó, José Ángel y otro c/ Diario La Nación y otros”
Fecha: 24/06/2008
Hechos del Caso:
Dos médicos del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación demandaron por daños y perjuicios al diario La Nación y Jorge Berri, periodista, por unas noticias publicadas que criticaban el funcionamiento de ese organismo público, que según ellos, dichas noticias afectaron sus derechos a la intimidad y al honor por ser inexactas. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Cámara Nacional de Apelaciones, Sala H, rechazan la demanda hacia el periodista, pero si condenan al diario a resarcir los daños causados. Contra dicho pronunciamiento el diario “La Nación” interpuso el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja.
Primera Instancia:
Juzgado interviniente:
Síntesis del Fallo: Rechazan la demanda contra el periodista, ya que consideraron que éste, solo se había limitado a hacer su trabajo exponiendo lo sucedido, pero condenan al diario a resarcir los daños causados. La defensa apela.
Segunda Instancia:
Tribunal interviniente: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H.
Síntesis del fallo: Al igual que en Primera Instancia, la Cámara rechaza la demanda contra el periodista, pero no contra el diario “La Nación”, y agrega, que no es posible la aplicar el “principio de la real malicia”, ya que lo redactado por el periodista consistía en opiniones, y este termino no entra dentro del principio antes mencionado. Interponen recurso extraordinario, cuya denegación da origen a la queja,
Distintas Opiniones: Unánime.
Fallo de la Corte:
Numero y nombre de los jueces que integran la mayoría: Son 7 los votos, es unánime, pero 3 de ellos se explayan según su voto. El Dr. Ricardo Luís Lorenzetti; la Dra. Elena I. Highton De Nolasco; el Dr. Carlos S. Fayt; el Dr. Enrique Santiago Petracchi; el Dr. Juan Carlos Maqueda; el Dr. E. Raúl Zaffaroni y la Dra. Carmen M. Argibay.
Síntesis del voto: La Corte no considera que el diario “La Nación” sea responsable de ningún hecho por el cual se lo demanda. La aplicación de la real malicia debe ser probatoria y en este caso, nada ha podido probarse. Consideran que dando lugar a lo que se denuncia se colocaría a la libertad de expresión, en un lugar desmerecido a ella, ya que en realidad se la considera uno de los pilares más importantes para una democracia republicana, que las opiniones o criticas hacia persona publico no pueden ser demandadas.
Decisión que se adopta: Se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda.
Opiniones concurrentes:
Nombre y numero de quienes las emiten: Son 3, por un lado se encuentra la Dra. Elena I. Highton de Nolasco, por el otro el Dr. Enrique Petracchi, y por ultimo el Dr. Juan Carlos Maqueda.
Síntesis de cada una de ellas: La Dra.
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