HISTORIA DEL PROYECTO
Enviado por Aylen • 22 de Octubre de 2012 • 1.497 Palabras (6 Páginas) • 1.402 Visitas
HISTORIA DEL PROYECTO
El proyecto de ley contra la discriminación fue ingresado como un mensaje presidencial durante el gobierno del ex Presidente Ricardo Lagos, el 22 de marzo de 2005. La Cámara de Diputados lo analizó en primer trámite y lo aprobó el 5 de octubre de ese mismo año, tras lo cual pasó a su segundo trámite en el Senado.
El 8 de noviembre de 2011 los senadores aprobaron el proyecto, pero con algunas modificaciones en su articulado, lo que obligó a devolverlo a la Cámara de Diputados para su tercer trámite, el que se cumplió el miércoles 4 de abril de 2012, cuando los diputados se pronunciaron en contra de algunas de las modificaciones hechas por el Senado, luego que las bancadas no lograran llegar a un acuerdo político para aprobarla y despacharla.
Así fue como se debió conformar una Comisión Mixta de senadores y diputados para zanjar los puntos en discordia, perfeccionar la iniciativa de ley y elaborar un informe final, el que fue aprobado por ambas cámaras del Congreso, luego de que el Poder Ejecutivo calificara la tramitación de la iniciativa con “suma urgencia”.
El impacto que provocó en la opinión pública la muerte del joven estudiante Daniel Zamudio, en manos de un grupo homofóbico que lo golpeó brutalmente por su condición de homosexual, aceleró la aprobación del proyecto.
Esta ley comenzó a funcionar desde el 24 de Julio del 2012.
LEY ANTIDISCRIMINACIÓN
Cualquier persona que se sienta discriminada, pueda poner una denuncia por ello hasta en 90 días de ocurrido el hecho. El proceso durara alrededor de 10 días, al quinto día hábil se llamará a conciliación, y si no hay acuerdo, habrá tres días para presentar pruebas. En una próxima cita se llamará para leer la sentencia, apelable ante la Corte de apelaciones.
La Ley de antidiscriminación es la n° 20.609, la cual consta de 19 artículos.
Estos tratan principalmente de:
- Las disposiciones generales:
• Artículo 1: Propósito de la Ley
• Artículo 2: Definición de discriminación arbitraria
Toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuadas por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza de los derechos de la persona establecidos por la Constitución, en particular cuando los motivos sean tales como la raza o etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión pública, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y enfermedad o discapacidad.
- Se consideran razonables las distinciones, exclusiones o restricciones que, aunque se funden en alguno de los criterios mencionados en el inciso primero, se encuentren justificadas en el ejercicio legítimo de otro derecho fundamental, en especial los referidos en los números 4°, 6º, 11º, 12º, 15°, 16º y 21º del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
EXPERIENCIA EN OTROS PAÍSES
La experiencia internacional frente a legislación anti-discriminación fue recogida por el diario “La Tercera” en un reportaje que comparó las definiciones del concepto de discriminación, el rol del Estado y las leyes vigentes en diversos países.
En Alemania, por ejemplo, la Ley General de Igualdad de Trato persigue cualquier tipo de discriminación por raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, edad o identidad sexual. Mientras que una segunda ley prohíbe la “incitación al odio hacia el pueblo” y penaliza el ataque personal por razones discriminatorias.
En Sudáfrica la Constitución establece que ni el Estado ni los particulares pueden ejercer la discriminación arbitraria en forma directa o indirecta, entre otras razones, por raza, género, embarazo, estado civil, etnia u origen social, color, orientación sexual, edad, discapacidad, religión, conciencia o creencias.
La ley federal mexicana para Prevenir y Eliminar la Discriminación, promulgada el 2003, define la discriminación como toda distinción, exclusión o restricción basada en origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil u otros motivos.
En el caso de Brasil, la Constitución, la legislación laboral y de protección a la infancia y la ancianidad, castigan con multas y penas de cárcel los actos discriminatorios o atentatorios contra la dignidad de las personas. Y la Secretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Presidencia de la República, resguarda los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, travestis y transexuales.
En Estados Unidos la legislación es variada y muy específica, existiendo leyes contra “crímenes de odio”, una ley que permite el ingreso de homosexuales al ejército y leyes federales contra
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