IMSS o al ISSSTE
Enviado por LIA BEATRIZ SOLORZANO ALAMILLA • 3 de Septiembre de 2021 • Tesina • 1.041 Palabras (5 Páginas) • 99 Visitas
En los dos regímenes el financiamiento de las prestaciones en dinero y en especie es tripartito; tratándose del IMSS las cuotas son cubiertas por el trabajador, patrón y Gobierno Federal y en el caso del ISSSTE las cuotas y aportaciones son pagadas por el trabajador, la dependencia o entidad a la cual le preste sus servicios y el Gobierno Federal.
Con las cuotas y aportaciones pagadas por los Seguros de Enfermedades y Maternidad (IMSS) y Salud (ISSSTE) se financian las prestaciones en dinero y en especie de los trabajadores en activo y sus derechohabientes, así como el Seguro de Gastos Médicos para Pensionados (IMSS) y de Salud de los Pensionados y sus Familiares Derechohabientes (ISSSTE), respectivamente.
Conservación de derechos
Cuando el trabajador inscrito al IMSS o al ISSSTE es dado de baja, conserva sus derechos para efectos de atención médica durante las ocho semanas o dos meses posteriores a la fecha de baja, respectivamente (arts. 109 LSS y 43 Ley ISSSTE).
Pensiones
A diferencia de la LSS, la del ISSSTE contempla expresamente que las pensiones devengadas o futuras son inembargables y sólo pueden ser afectadas para hacer efectiva la obligación de ministrar alimentos por mandamiento judicial y para exigir el pago de adeudos con el Instituto (art. 51 Ley ISSSTE).
Para determinar el tiempo de servicios de los trabajadores al servicio del Estado, se consideran los años laborados, en este contexto, toda fracción de más de seis meses de servicios se toma como un año completo para efecto del otorgamiento de las pensiones (art. 53 Ley ISSSTE). Para los trabajadores sujetos a la LSS, el otorgamiento de las prestaciones se determina en función de las semanas de cotización que tengan reconocidas frente al IMSS, para lo cual se divide entre siete los días de cotización acumulados y si hay un sobrante de más de tres se considera como una semana completa (art. 20 LSS).
Seguro de Riesgos de Trabajo
En las dos legislaciones se protege al trabajador víctima de un accidente o enfermedad con motivo o en ejercicio de su trabajo. No obstante, para efectos de la Ley del ISSSTE también se considera accidente de trabajo el ocurrido al colaborador al trasladarse directamente de su domicilio o de la estancia de bienestar infantil de sus hijos, al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa (art. 56 Ley ISSSTE).
Para el IMSS, el siniestro sufrido por el trabajador en las circunstancias señaladas, sólo es considerado accidente en trayecto, por virtud del Acuerdo del Consejo Técnico número 8 498/81 del 2 de septiembre de 1981.
Régimen financiero
En el IMSS las prestaciones en especie y dinero del Seguro de Riesgos de Trabajo son cubiertas con las cuotas que íntegramente paga el patrón a favor de sus trabajadores. En el ISSSTE, las prestaciones en dinero son pagadas con las aportaciones a cargo de la dependencia o entidad para la cual labore el siniestrado (0.75% del sueldo básico ?art. 75 Ley ISSSTE?) y los beneficios en especie son cubiertos por el Seguro de Salud.
Pensiones
Cuando un trabajador al servicio del Estado sufre de una incapacidad total a causa de un riesgo de trabajo, el ISSSTE le otorga una pensión que durará hasta que cumpla 65
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