JUICIOS ORALES ANTEPROYECTO TESINA
Enviado por Eduardo Manuel • 20 de Octubre de 2017 • Reseña • 1.841 Palabras (8 Páginas) • 251 Visitas
Tema.- La anticonstitucionalidad de los juicios orales sumarios dentro del procedimiento penal, en el Estado de Veracruz.
1.- JUSTFICACION.- Al referir que en la actualidad llevar a cabo los juicios orales sumarios dentro de una procedimiento penal, resulta ser anticonstitucional, ya que se versa en el sentido de que al no ser realizados conforme a derecho de acuerdo a las formalidades previamente establecidas por la ley y sin la experiencia en las personas encargadas de la impartición de justicia, es por eso que dichos juicios orales sumarios atentan contra las garantías individuales de los reos, contempladas en la Constitución Política del Estado de Veracruz, siendo necesario suspender la celebración de los mismos como se ha venido haciendo al ser solicitados por algunos defensores al vencimiento del término constitucional de las setenta y dos horas y realizar dentro de dichas dependencias públicas capacitaciones para su personal que las conforman constantes para que cuando los mencionados juicios orales sumarios sean obligatorios en nuestro Estado, no se atente contra las garantías en individuales de los procesados.
Es de interés social abarcar sobre el estudio de los juicios orales sumarios puesto que al cambiar nuestro procedimiento por ellos, representando una alternativa para lograr que el sistema de justicia sea mas efectivo y verdaderamente justo, siempre y cuando haya una adecuada preparación, tanto de los funcionarios como de los litigantes.
Así mismo, toda vez que el 12 de junio del año 2011 se comenzó a realizar en el estado de Veracruz la implementación de los juicios orales sumarios en delitos cometidos contra adolescentes y posteriormente para los delitos cometidos por adultos, existe la problemática que no contamos con una debida preparación de sistema para aplicarlos de manera correcta, ni los funcionarios, ni los abogados tienen las herramientas para que dichos juicios funcionen de manera correcta, por lo tanto es de interés publico para la sociedad, debido a la inversión que se ha realizado por parte del Gobierno para crear en diversos municipios de Veracruz y en la entidad ya existe un reglamento, pero hace falta una capacitación para la aplicación de dicho reglamento ya en funcionamiento.
Escoger este tema se baso, en que los juicios orales no son nuevos, Sócrates y Jesucristo tuvieron un juicio oral e inclusive en nuestro país ya se tiene alguna experiencia en la materia, ya que de 1871 a 1924 existió la figura de un jurado popular de ciudadanos, siendo una buena alternativa porque se pueden evitar muchos vicios actuales del sistema de justicia, a parte que una de las ventajas es la transparencia, porque hay una participación activa de la víctima con el juzgador, que actualmente no puede formar parte del proceso penal y que se realiza mediante la presentación de pruebas y testigos de manera abierta, además de que contempla soluciones como los acuerdos y la suspensión del proceso y prueba.
Por lo que ponerlos en práctica en este momento, conlleva a una violación a los derechos y garantías individuales de los procesados, así como también a un deficiente personal impartidor de justicia por la falta de capacitación, encontrándonos ante un restringido uso de las alternativas que ofrece el modelo.
Naturaleza.- Al encontrarnos con una temática claramente incluida dentro de los términos utilizados dentro del estudio del derecho tenemos que el mismo presenta un carácter meramente jurídico, esto se puede corroborar ya que dentro del derecho los multicitados juicios orales sumario se encuentran previamente establecidos en el Titulo Séptimo Capitulo I, del numeral 279 al 286 del Código de Procedimientos Penales Vigente en el Estado así como también se cuenta con un Reglamento de Juicios Orales Sumarios creado con la finalidad de que los mismos sean realizados conforme a derecho, sin pasar por alto que también representa un carácter social ya que dicha implementación al procedimiento penal es de interés general para todos los ciudadanos habitantes en nuestro estado de Veracruz, esto debido a que deben estar previamente informados sobre la manera en que es impartida la justicia, ya que dicho tema no solo representa un interés jurídico, toda vez que en determinado momento todos podemos ser sujetos a proceso al cometer un ilícito y tenemos que estar previamente informados como ciudadanos de los procedimientos a los que seremos sujetos y si se harán valer nuestras Garantías Individuales consagradas en la constitución Política.
SENTIDO.- Toda vez que en el estado de Veracruz y en gran parte de los municipios, el Poder Judicial ha construido salas de Juicios Orales y además que aun cuando no son obligatorios alguna de las partes al vencimiento de un termino constitucional y ser dictada formal prisión alguna de las partes (Ministerio Publico o Defensor) pueden solicitar de manera voluntaria delitos cuyo término aritmético de la pena aplicable no exceda de seis años, se trate de delito flagrante o exista confesión ante la autoridad judicial o ratificación de ante ésta la confesión que se rindió en la investigación Ministerial, lo anterior como lo prevé el numeral 279 del Código de Procedimientos Penales vigente, la apertura de dichos juicios orales sumarios, es por ello que el sentido del presente, se relaciona a corto plazo puesto que se necesita de manera urgente que las Instituciones publicas de impartición de justicia, deben realizar una selección de personal que dominen dicho tema a la perfección y además de realizar constantes capacitaciones en ellos, para que la celebración los multicitados juicios sea conforme a derecho y siguiendo los lineamientos establecidos tanto en el Código de Procedimientos Penales como en el Reglamento de Juicios Orales Sumarios vigente en el estado.
ALCANCE.- Dentro del desarrollo del presente, tenemos que se establece la existencia de un enfoque directo con la aplicación de la propuesta la cual se basa en suspender la celebración de los juicios orales sumarios en nuestro procedimiento penal que actualmente se pueden llevar a cabo en nuestro estado, debiendo implementar el gobierno del Estado capacitaciones constantes para los funcionarios públicos en cargados de la impartición de justicia, para que al momento de que los mismos sean obligatorios sean celebrados cumpliendo las formalidades previstas en las leyes escritas y así mismo no se vulneren las Garantías de los procesados, ya que se debe de tomar en consideración el Principio del derecho In Dubio Pro Reo, el cual es claro en su contenido que la Ley debe ser lo mas favorable al reo y tengan un buen desempeño en sus funciones y además se logre con éxito la modificación al procedimiento penal.
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