MANUAL DE DISTURBIOS CIVILES
Enviado por JJsz91 • 23 de Mayo de 2013 • 2.555 Palabras (11 Páginas) • 922 Visitas
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN
Sección A
GENERALIDADES
1.- OBJETO Y ALCANCE:
Este manual tiene como finalidad el constituirse en una guía para el entrenamiento y organización de unidades que van a ser empleadas en el control de disturbios civiles, enmarcando su actuación dentro de la normativa legal vigente.
2.- FUNCIONES DEL EJÉRCITO:
Las Fuerzas Armadas Nacionales, por mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Código de Justicia Militar y Reglamento de Servicio en Guarnición, están obligadas a cooperar con la autoridad civil utilizando los recursos y personal necesario para el cumplimiento de la misión asignada.
Ésta ayuda requiere, en todo momento de una autorización del Ejecutivo Nacional o una orden del Comando de Guarnición a la cual está adscrita la unidad involucrada. Podemos indicar que, entre otras, las Fuerzas Armadas Nacionales tienen como funciones:
a. Mantener y asegurar la estabilidad, la Ley y el orden dentro del Territorio Nacional.
b. Disuadir la insubordinación, evitar los desórdenes y apoyar la autoridad legal.
c. Rechazar toda agresión, enfrentándolo como prontitud y combatiéndola con valor.
3.- DEFINICIONES:
a. MULTITUD:
Es una gran cantidad de personas carentes de toda organización, congregada temporalmente, cuyos integrantes, de manera general, piensan y actúan individualmente. Las multitudes pueden clasificarse en “físicas” y “psicológicas”. Multitud física es una concentración de un grupo de personas, sin ningún interés común, como por ejemplo, la gente reunida en un mercado; por el contrario, la multitud psicológica es inspirada por un interés común y puede clasificarse, según su origen, en:
a. Casual, cuando el móvil que la origina es imprevisto.
b. Internacional, cuando hay interés común premeditado por algunas circunstancias o acontecimientos.
b. MANIFESTACIÓN:
Expresión pública multitudinaria de simpatía o repudio, a favor o en contra de la autoridad, movimiento o situación de carácter, político, social, económico, local o nacional y pueden llevarse a cabo simultáneamente en distintos lugares.
c. INSURRECCIÓN:
Consiste en un acto de subversión contra el gobierno legalmente constituido.
d. TURBA:
Es una multitud cuyos miembros bajo de estímulos de una intensa excitación pierden el respeto a la ley y a la autoridad y siguen a sus líderes hasta la consumación de actos ilícitos.
e. TUMULTO:
Es una violación del orden público, perpetrada por medio de una acción de naturaleza violenta, con el propósito de crear confusión en las personas.
f. DESASTRE:
Resultado catastrófico de una acción excesiva e incontrolada de un fenómeno natural.
g. DESASTRE NATURAL:
Es la consecuencia de las condiciones extremas resultantes de la acción excesiva o no controlada de los fenómenos naturales tales como inundaciones, incendios, terremoto, huracanes, erupción volcánica, explosivos accidentales, escape de sustancias letales, materiales radioactivos, bacterias, etc.
h. DESASTRE DE IMPORTANCIA:
Es aquel que, debido a su gran magnitud y según criterio del Presidente de la República, demanda el empleo de tropas, de acuerdo con las leyes, en misiones de salvamento y ayuda para los afectados.
i. IRREGULAR:
Fuerzas, actividades u operaciones diferentes de las ortodoxas, incluye los términos de guerrilla, subversión, resistencia, terrorismo, guerra revolucionaria y otros, aplicados al personal organizaciones y métodos similares.
j. TERRORISMO SELECTIVO:
Es el que se le aplica a un blanco previamente seleccionado.
k. TERRORISMO SISTEMÁTICO:
Es el que se aplica indiscriminadamente contra cualquier blanco al azar sin seleccionarlo.
l. SALVOCONDUCTO:
Permiso, despacho o autorización que se da a una persona en tiempo de guerra o emergencia nacional, para que pueda circular sin peligro por el territorio nacional, ya sea en zonas militares o incluso pasar al territorio enemigo, por alguna razón especial (parlamentario, espía) sin que le ponga obstáculo. El salvoconducto es intransferible y caduca en la fecha expresada, a menos de verse el titular retenido contra su voluntad o causa de fuerza mayor como por ejemplo una enfermedad. Anexos “A” y “B”.
m. TOQUE DE QUEDA:
Es una medida que puede dictar el Presidente de la República la cual será ejecutada por las autoridades militares para asegurar la normalidad constitucional y la legalidad ordinaria. Esta medida para su ejecutoria deberá ser publicada en la Gaceta Oficial de la República y difundida a través de los medios de comunicación social; a su inicio podrá ser determinado mediante el toque de sirena o apagón de luz u otro medio expresivo.
Sección B
DISTURBIOS, MULTITUDES Y TURBAS
1.- CAUSAS DE DISTURBIOS:
a. Sociales:
En el orden social, las causas que originan disturbios, resultan generalmente como consecuencias de las diferencias de razas o de región. Así mismo pueden ocurrir tales manifestaciones, estimuladas por la excitación resaltante de la celebración de cualquier actividad social.
b. Económicas:
Los disturbios originados por causa de tipo económico, surgen generalmente como consecuencia de la falta de entendimiento entre obreros y patrono, falta de empleo, o por las condiciones extremas de pobreza y privaciones, que inducen al pueblo a recurrir a la violencia, considerándolo como único medio posible para alcanzar el mejoramiento de sus condiciones de vida.
c. Políticas:
Los disturbios originados por causa de este tipo son resultados de los intentos del o de los grupos políticos de oposición por alcanzar el poder mediante procedimientos distintos a los que establece la ley. La ausencia de autoridad, su incapacidad o fracaso en el ejercicio de su responsabilidad, pueden dar origen a serios disturbio, porque el pueblo cree poder violar la Ley Impunemente.
2.- TRANSFORMACIÓN DE UNA MULTITUD EN TURBA:
La transformación de una multitud en turba, ocurre generalmente cuando todos los participantes o una parte de ello, han sido instigados con el fin de llevar a cabo un propósito determinado, cualquiera que sea la índole de éste y
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