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Manual De Disturbios Civiles


Enviado por   •  25 de Mayo de 2013  •  15.961 Palabras (64 Páginas)  •  1.266 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DE LA DEFENSA

EJERCITO

Manual de Disturbios Civiles

INDICE

CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN

SECCIÓN A GENERALIDADES

SECCIÓN B DISTURBIOS, MULTITUDES Y TURBAS

SECCIÓN C EMPLEO DE LAS TROPAS, COORDINACIÓN Y AYUDA A OTROS COMPONENTES MILITARES Y AUTORIDADES

CAPÍTULO II

SECCIÓN A CONSIDERACIONES LEGALES

SECCIÓN B DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

SECCIÓN C DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL

SECCIÓN D DEL REGLAMENTO DE SERVICIO EN GUARNICIÓN

CAPÍTULO III CONSIDERACIONES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE DISTURBIOS, PRINCIPIOS, PRIORIDAD PARA LA APLICACIÓN DE LA FUERZA

SECCIÓN A GENERALIDADES

SECCIÓN B CONSIDERACIONES BÁSICAS

SECCIÓN C PRIORIDAD EN EL USO DE LA FUERZA, PRINCIPIOS BÁSICOS DEL CONTROL DE DISTURBIOS

CAPÍTULO IV PLANEAMIENTO, COMANDO Y CONTROL, EQUIPAMIENTO DE LAS UNIDADES

SECCIÓN A PLANEAMIENTO

CAPÍTULO V ENTRENAMIENTO

SECCIÓN A OPERACIONES DE CAPTURA Y DETENCIÓN

SECCIÓN B REGISTROS

SECCIÓN C MÉTODOS DE INMOVILIZACIÓN Y TRANSPORTE

SECCIÓN D USO DEL ROLO

SECCIÓN E USO DE AGENTES QUÍMICOS

SECCIÓN F USO DE LAS ARMAS

SECCIÓN G UTILIZACIÓN DE LAS FORMACIONES EN EL CONTROL DE LOS DISTURBIOS CIVILES

SECCIÓN H PATRULLAJE

CAPÍTULO VI ACTIVIDADES SUBVERSIVAS

SECCIÓN A GENERALIDADES

SECCIÓN B EL PROCESO DE ASALTO

CAPÍTULO VII INTERVENCIÓN MILITAR EN DISTURBIOS U OPERACIONES DE SALVAMENTO EN CASO DE DESASTRES

SECCIÓN A CAUSAS Y PREVISIONES

SECCIÓN B PLANEAMIENTO DE SALVAMENTO

SECCIÓN C OPERACIONES DE SALVAMENTO

ANEXOS

ANEXO 1 SUSTANCIAS QUÍMICAS Y EL EMPLEO PARA EL CONTROL DE DISTURBIOS CIVILES

CAPITULO I

INTRODUCCIÓN

Sección A

GENERALIDADES

1.- OBJETO Y ALCANCE:

Este manual tiene como finalidad el constituirse en una guía para el entrenamiento y organización de unidades que van a ser empleadas en el control de disturbios civiles, enmarcando su actuación dentro de la normativa legal vigente.

2.- FUNCIONES DEL EJÉRCITO:

Las Fuerzas Armadas Nacionales, por mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Código de Justicia Militar y Reglamento de Servicio en Guarnición, están obligadas a cooperar con la autoridad civil utilizando los recursos y personal necesario para el cumplimiento de la misión asignada.

Ésta ayuda requiere, en todo momento de una autorización del Ejecutivo Nacional o una orden del Comando de Guarnición a la cual está adscrita la unidad involucrada. Podemos indicar que, entre otras, las Fuerzas Armadas Nacionales tienen como funciones:

a. Mantener y asegurar la estabilidad, la Ley y el orden dentro del Territorio Nacional.

b. Disuadir la insubordinación, evitar los desórdenes y apoyar la autoridad legal.

c. Rechazar toda agresión, enfrentándolo como prontitud y combatiéndola con valor.

3.- DEFINICIONES:

a. MULTITUD:

Es una gran cantidad de personas carentes de toda organización, congregada temporalmente, cuyos integrantes, de manera general, piensan y actúan individualmente. Las multitudes pueden clasificarse en “físicas” y “psicológicas”. Multitud física es una concentración de un grupo de personas, sin ningún interés común, como por ejemplo, la gente reunida en un mercado; por el contrario, la multitud psicológica es inspirada por un interés común y puede clasificarse, según su origen, en:

a. Casual, cuando el móvil que la origina es imprevisto.

b. Internacional, cuando hay interés común premeditado por algunas circunstancias o acontecimientos.

b. MANIFESTACIÓN:

Expresión pública multitudinaria de simpatía o repudio, a favor o en contra de la autoridad, movimiento o situación de carácter, político, social, económico, local o nacional y pueden llevarse a cabo simultáneamente en distintos lugares.

c. INSURRECCIÓN:

Consiste en un acto de subversión contra el gobierno legalmente constituido.

d. TURBA:

Es una multitud cuyos miembros bajo de estímulos de una intensa excitación pierden el respeto a la ley y a la autoridad y siguen a sus líderes hasta la consumación de actos ilícitos.

e. TUMULTO:

Es una violación del orden público, perpetrada por medio de una acción de naturaleza violenta, con el propósito de crear confusión en las personas.

f. DESASTRE:

Resultado catastrófico de una acción excesiva e incontrolada de un fenómeno natural.

g. DESASTRE NATURAL:

Es la consecuencia de las condiciones extremas resultantes de la acción excesiva o no controlada de los fenómenos naturales tales como inundaciones, incendios, terremoto, huracanes, erupción volcánica, explosivos accidentales, escape de sustancias letales, materiales radioactivos, bacterias, etc.

h. DESASTRE DE IMPORTANCIA:

Es aquel que, debido a su gran magnitud y según criterio del Presidente de la República, demanda el empleo de tropas, de acuerdo con las leyes, en misiones de salvamento y ayuda para los afectados.

i. IRREGULAR:

Fuerzas, actividades u operaciones diferentes de las ortodoxas, incluye los términos de guerrilla, subversión, resistencia, terrorismo, guerra revolucionaria y otros, aplicados al personal organizaciones y métodos similares.

j. TERRORISMO SELECTIVO:

Es el que se le aplica a un blanco previamente seleccionado.

k. TERRORISMO SISTEMÁTICO:

Es el que se aplica indiscriminadamente contra cualquier blanco al azar sin seleccionarlo.

l. SALVOCONDUCTO:

Permiso, despacho o autorización que se da a una persona en tiempo de guerra o emergencia nacional, para que pueda circular sin peligro por el territorio nacional, ya sea en zonas militares o incluso pasar al territorio enemigo, por alguna razón especial (parlamentario, espía)

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