Manual De Disturbios Civiles
Enviado por isamarmadriz • 25 de Mayo de 2013 • 15.961 Palabras (64 Páginas) • 1.266 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE LA DEFENSA
EJERCITO
Manual de Disturbios Civiles
INDICE
CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN
SECCIÓN A GENERALIDADES
SECCIÓN B DISTURBIOS, MULTITUDES Y TURBAS
SECCIÓN C EMPLEO DE LAS TROPAS, COORDINACIÓN Y AYUDA A OTROS COMPONENTES MILITARES Y AUTORIDADES
CAPÍTULO II
SECCIÓN A CONSIDERACIONES LEGALES
SECCIÓN B DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SECCIÓN C DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL
SECCIÓN D DEL REGLAMENTO DE SERVICIO EN GUARNICIÓN
CAPÍTULO III CONSIDERACIONES BÁSICAS PARA EL CONTROL DE DISTURBIOS, PRINCIPIOS, PRIORIDAD PARA LA APLICACIÓN DE LA FUERZA
SECCIÓN A GENERALIDADES
SECCIÓN B CONSIDERACIONES BÁSICAS
SECCIÓN C PRIORIDAD EN EL USO DE LA FUERZA, PRINCIPIOS BÁSICOS DEL CONTROL DE DISTURBIOS
CAPÍTULO IV PLANEAMIENTO, COMANDO Y CONTROL, EQUIPAMIENTO DE LAS UNIDADES
SECCIÓN A PLANEAMIENTO
CAPÍTULO V ENTRENAMIENTO
SECCIÓN A OPERACIONES DE CAPTURA Y DETENCIÓN
SECCIÓN B REGISTROS
SECCIÓN C MÉTODOS DE INMOVILIZACIÓN Y TRANSPORTE
SECCIÓN D USO DEL ROLO
SECCIÓN E USO DE AGENTES QUÍMICOS
SECCIÓN F USO DE LAS ARMAS
SECCIÓN G UTILIZACIÓN DE LAS FORMACIONES EN EL CONTROL DE LOS DISTURBIOS CIVILES
SECCIÓN H PATRULLAJE
CAPÍTULO VI ACTIVIDADES SUBVERSIVAS
SECCIÓN A GENERALIDADES
SECCIÓN B EL PROCESO DE ASALTO
CAPÍTULO VII INTERVENCIÓN MILITAR EN DISTURBIOS U OPERACIONES DE SALVAMENTO EN CASO DE DESASTRES
SECCIÓN A CAUSAS Y PREVISIONES
SECCIÓN B PLANEAMIENTO DE SALVAMENTO
SECCIÓN C OPERACIONES DE SALVAMENTO
ANEXOS
ANEXO 1 SUSTANCIAS QUÍMICAS Y EL EMPLEO PARA EL CONTROL DE DISTURBIOS CIVILES
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN
Sección A
GENERALIDADES
1.- OBJETO Y ALCANCE:
Este manual tiene como finalidad el constituirse en una guía para el entrenamiento y organización de unidades que van a ser empleadas en el control de disturbios civiles, enmarcando su actuación dentro de la normativa legal vigente.
2.- FUNCIONES DEL EJÉRCITO:
Las Fuerzas Armadas Nacionales, por mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Código de Justicia Militar y Reglamento de Servicio en Guarnición, están obligadas a cooperar con la autoridad civil utilizando los recursos y personal necesario para el cumplimiento de la misión asignada.
Ésta ayuda requiere, en todo momento de una autorización del Ejecutivo Nacional o una orden del Comando de Guarnición a la cual está adscrita la unidad involucrada. Podemos indicar que, entre otras, las Fuerzas Armadas Nacionales tienen como funciones:
a. Mantener y asegurar la estabilidad, la Ley y el orden dentro del Territorio Nacional.
b. Disuadir la insubordinación, evitar los desórdenes y apoyar la autoridad legal.
c. Rechazar toda agresión, enfrentándolo como prontitud y combatiéndola con valor.
3.- DEFINICIONES:
a. MULTITUD:
Es una gran cantidad de personas carentes de toda organización, congregada temporalmente, cuyos integrantes, de manera general, piensan y actúan individualmente. Las multitudes pueden clasificarse en “físicas” y “psicológicas”. Multitud física es una concentración de un grupo de personas, sin ningún interés común, como por ejemplo, la gente reunida en un mercado; por el contrario, la multitud psicológica es inspirada por un interés común y puede clasificarse, según su origen, en:
a. Casual, cuando el móvil que la origina es imprevisto.
b. Internacional, cuando hay interés común premeditado por algunas circunstancias o acontecimientos.
b. MANIFESTACIÓN:
Expresión pública multitudinaria de simpatía o repudio, a favor o en contra de la autoridad, movimiento o situación de carácter, político, social, económico, local o nacional y pueden llevarse a cabo simultáneamente en distintos lugares.
c. INSURRECCIÓN:
Consiste en un acto de subversión contra el gobierno legalmente constituido.
d. TURBA:
Es una multitud cuyos miembros bajo de estímulos de una intensa excitación pierden el respeto a la ley y a la autoridad y siguen a sus líderes hasta la consumación de actos ilícitos.
e. TUMULTO:
Es una violación del orden público, perpetrada por medio de una acción de naturaleza violenta, con el propósito de crear confusión en las personas.
f. DESASTRE:
Resultado catastrófico de una acción excesiva e incontrolada de un fenómeno natural.
g. DESASTRE NATURAL:
Es la consecuencia de las condiciones extremas resultantes de la acción excesiva o no controlada de los fenómenos naturales tales como inundaciones, incendios, terremoto, huracanes, erupción volcánica, explosivos accidentales, escape de sustancias letales, materiales radioactivos, bacterias, etc.
h. DESASTRE DE IMPORTANCIA:
Es aquel que, debido a su gran magnitud y según criterio del Presidente de la República, demanda el empleo de tropas, de acuerdo con las leyes, en misiones de salvamento y ayuda para los afectados.
i. IRREGULAR:
Fuerzas, actividades u operaciones diferentes de las ortodoxas, incluye los términos de guerrilla, subversión, resistencia, terrorismo, guerra revolucionaria y otros, aplicados al personal organizaciones y métodos similares.
j. TERRORISMO SELECTIVO:
Es el que se le aplica a un blanco previamente seleccionado.
k. TERRORISMO SISTEMÁTICO:
Es el que se aplica indiscriminadamente contra cualquier blanco al azar sin seleccionarlo.
l. SALVOCONDUCTO:
Permiso, despacho o autorización que se da a una persona en tiempo de guerra o emergencia nacional, para que pueda circular sin peligro por el territorio nacional, ya sea en zonas militares o incluso pasar al territorio enemigo, por alguna razón especial (parlamentario, espía)
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