Mercantil
Enviado por 41926524 • 2 de Septiembre de 2014 • 796 Palabras (4 Páginas) • 182 Visitas
SOCIEDAD CIVIL
La Sociedad Civil es un contrato privado de colaboración entre dos o más
personas que desean realizar conjuntamente una actividad con ánimo de lucro.
Estas personas podrán optar entre aportar trabajo, lo cual les convierte en “socios
industriales”, y/o bienes o dinero, lo que les convierte en “socios capitalistas”.
A pesar de llamarse “sociedad”, una sociedad civil carece de personalidad jurídica
propia y no se considera una sociedad mercantil, por lo que sus miembros deben
tributar por el IRPF y no por el impuesto de sociedades
Sin embargo, la Sociedad Civil, aunque también tiene un patrimonio comunitario,
se constituye "expresamente" para su intervención en el tráfico mercantil con el fin
de obtener beneficios, aportando cada uno de los socios los bienes, dinero o
trabajos necesarios.
Al igual que las Comunidades de Bienes, es una opción recomendable en pequeños
negocios que no exijan apenas inversiones y en los que se prefiera optar por una
gestión sencilla. No obstante, es una opción poco extendida.
Características de la Sociedad Civil
• Contrato privado de sociedad civil, en el que se detallan la actividad del
negocio, las aportaciones de cada socio, que podrán ser en dinero o en
especie, el porcentaje de participación que cada socio tiene en las pérdidas
y ganancias, el sistema de administración y representación y las causas
de liquidación y disolución. Se recomienda su constitución en escritura
pública, necesaria cuando se aporten inmuebles o derechos reales. En
Infoautónomos ponemos a tu disposición un modelo gratuito de contrato de
sociedad civil
• Mínimo de dos socios.
• La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e
ilimitada, es decir, una vez liquidado el patrimonio de la sociedad, si no llega
para cubrir las deudas, responden con sus bienes presentes y futuros. Y lo
hacen de forma mancomunada ante todos los deudores que pueda haber.
• Los socios tributan, por separado, en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas (IRPF). La sociedad civil no tributa por el impuesto de
sociedades.
• Régimen de la Seguridad Social: los socios deben darse de alta en
autónomos, salvo en casos excepcionales.
• La Sociedad Civil carece de personalidad jurídica propia. • Se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil
en cuanto a derechos y obligaciones.
• Cada socio es deudor frente a la sociedad de la aportación recogida en
contrato y de los intereses correspondientes en caso de demora. Además
responden `por los daños o perjuicios
...