Organigrama Congreso De La Republica De Guatemala
Enviado por nenusca • 5 de Marzo de 2013 • 1.792 Palabras (8 Páginas) • 2.133 Visitas
1. BUSCAR Y ANALIZAR EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
2. BUSCAR Y ANALIZR EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
3. BUSCAR Y ANALIZAR EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO.
DIAGRAMA FUNCIONAL
ANALISIS:
El Congreso de la República es el máximo órgano de representación popular, y cumple tres funciones básicas:
• Función Legislativa
• Función de Control político
• Función de representación.
Los órganos mediante los cuales ejerce su función legislativa, de acuerdo al artículo 6 de la Ley Orgánica, son:
• Pleno,
• Junta Directiva,
• Presidencia,
• Comisión Permanente,
• La Comisión de Derechos Humanos,
• Las Comisiones de Trabajo,
• Las Comisiones Extraordinarias y las Específicas,
• La Junta de Jefes de Bloque.
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
El Congreso de la República es el Órgano más importante de los tres poderes del Estado. De conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica, el Organismo Legislativo está integrado por los diputados al Congreso de la República y por el personal técnico y administrativo, por lo cual, fue necesario dividir la actividad legislativa de la administrativa, por lo tanto, la estructura organizativa quedaría representada en el Organigrama General de la siguiente forma:
ORGANISMO LEGISLATIVO
La Constitución Política y la Ley Orgánica del Organismo Legislativo establecen la estructura y organización del Congreso de la República. Como cualquier otra institución, está conformado por una serie de órganos entre los cuales se encuentran:
El Pleno
El Pleno es el órgano máximo y la autoridad superior del Congreso de la República. Se conforma mediante la reunión de todos los diputados o al menos en el número suficiente, según lo establece la ley. Para constituir el quórum del Pleno se requiere la mitad más uno del número total de diputados que integran el Congreso de la República, salvo casos excepcionales.
La Junta Directiva
La Junta Directiva del Congreso de la República está conformada por el Presidente, tres Vicepresidentes y cinco Secretarios. Estos son elegidos por los diputados que integran el Congreso, duran un año en sus funciones y pueden ser reelectos. La principal tarea de la Junta Directiva es dirigir, mantener el orden y el funcionamiento del Congreso. De esta forma dentro de sus responsabilidades se encuentran: trasladar al Pleno los diferentes asuntos, proponer los proyectos de orden del día para las sesiones plenarias a la Junta de Jefes de Bloque, coordinar el trabajo de los diferentes órganos, fijar la fecha para las diversas actividades del Congreso y velar por la eficiencia en la administración del Organismo Legislativo.
La Presidencia
El Presidente del Congreso de la República es el funcionario de más alta jerarquía dentro de la institución y como tal es quien dirige, ejecuta y representa al Organismo Legislativo. El Presidente del Congreso de la República es a su vez Presidente de la Junta Directiva, de la Comisión de Régimen Interior y de la Comisión Permanente. Dentro de sus funciones se encuentran: presidir las sesiones de los órganos anteriormente mencionados y convocar sus sesiones, velar porque sean escuchadas la opiniones de las minorías, velar por la pronta resolución de los asuntos que conozca la institución, ejecutar las disposiciones adoptadas por los diversos órganos, fiscalizar y auditar los gastos del Congreso así como la ejecución del presupuesto, entre otras.
La Comisión Permanente
La Comisión Permanente está conformada por un Presidente, que será el Presidente del Organismo Legislativo, tres secretarios de la propia Junta Directiva y tres vocales electos por el Pleno del Congreso. Esta Comisión asume las funciones de la Junta Directiva mientras el Pleno del Congreso de la República se encuentre en receso.
La Comisión de Derechos Humanos
La Comisión de Derechos Humanos está conformada por un diputado de cada partido político representado en el Congreso de la República y es electo a propuesta de los propios partidos políticos. Dentro de las funciones principales de la Comisión de Derechos Humanos se encuentran: proponer al Pleno una terna de candidatos a ocupar el puesto de Procurador de los Derechos Humanos, proponer iniciativas o estudios relacionados al tema, formular recomendaciones, participar en convenciones internacionales u otras actividades relacionadas al tema.
Las Comisiones de Trabajo
Las comisiones de trabajo, también conocidas como comisiones ordinarias, son órganos técnicos que estudian los temas que les somete a consideración el Pleno del Congreso u otros que ellos mismos promuevan. Estas se integran al inicio de cada periodo y tienen la duración de un año.
Las Comisiones Extraordinarias y las Específicas, además de singulares
El Congreso de la República, siguiendo las reglas establecidas, puede crear una comisión extraordinaria o específica en cualquier momento con la idea de que estudie o se encargue de algún tema o asunto es especial.
Por su parte el Presidente del Congreso puede designar Comisiones Singulares para que cumplan tareas ceremoniales, de etiqueta o de representación del Congreso de la República.
La Junta de Jefes de Bloque
Los bloques legislativos pueden ser de partido o independientes. Los bloques de partido se constituyen con los diputados que pertenecen a un mismo partido de los que hayan alcanzado representación legislativa en la elección y que mantengan su calidad de partidos políticos. Los de bloque independiente se constituyen con once
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