PARCIAL DE SOCIOLOGIA JURIDICA
Enviado por Jesús Vibanco • 13 de Marzo de 2021 • Ensayo • 1.045 Palabras (5 Páginas) • 162 Visitas
PARCIAL DE SOCIOLOGIA JURIDICA
FERNEY RODRIGUEZ SERPA
JESÚS DAVID VIBANCO CRESPO
Universidad Simón Bolívar
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Programa Derecho
Barranquilla/Atlántico
2020
SOCIOLOGÍA JURÍDICA
La sociología jurídica es la encarga de determinar la características de las leyes que son impartidas dentro de la sociedad, para mantener el equilibrio el orden y manifestar el poder de las leyes al tratar las problemáticas que se presentan de distintas índole en medio de la interacción humana y sus relaciones, las cuales no están lejos de estar en riesgo debido a la diversidad de las personas y los distintos pensamiento que existen en cada hombre, por tal razón la tarea jurídica de las leyes es ser el eje controlador de los conflictos y darle una solución acorde y eficaz, que este basada sobre el fin único de las leyes, mantener el orden o restablecerlo.
Correa (1193), en su trabajo, que tuvo como objetivo definir la sociología del Derecho, realiza la siguiente afirmación:
“La gran cuestión es que la determinación de lo que es derecho, es el acto político del jurista o de todo aquél que dice que cierto discurso de ciertos individuos "debe" ser obedecido. A primera vista, y como resultado de la enseñanza adquirida en la facultad de derecho, estamos acostumbrados a creer que el derecho es lo que dice la ley"; como cuando decimos que el derecho civil es "lo que está en el código". Pero si dejamos el ejemplo simple del código civil y pensamos en la literalmente infinita cantidad de discursos emanados de los funcionarios públicos que reclaman para sí la calidad de "derecho", la cuestión se aparece de otra manera. Lo cierto es que "el derecho" no existe sino después de que alguien" ha aceptado cierto discurso como jurídico. Y ésa es la tarea del jurista: decir que es derecho y qué no lo es.”
Es decir, para Correas, en su estudio de lo que se considera Derecho, en cumplimiento del fin de la sociología, encuentra pertinente mostrar, un error que puede ser cometido muchas veces por los juristas de Colombia, y es que, si no se tiene claro de las características del derecho, que lo constituye como tal y cuáles son los requisitos que denotan que estos sean respetados e implementados para administrar justicia en la solución de conflictos jurídicos presentes en la sociedad, se puede tomar en cuenta la palabra de aquellos juristas que están a cargo de dirigir los procesos jurídicos, y de ocasionar una falla en la norma.
Muchas veces se ha escuchado la noticia de los múltiples escándalos encontrados en los tribunales de Justicia por inconsistencias en las decisiones tomadas por los jueces, en donde se ha considerado ineficiencia en la administración de justicia al no tener en cuenta cierta ley o código, por mantener su criterio propio, por el hecho de que estos gocen de libertad para decidir y guiar los procesos, no incurre en que esto cumpla con los criterios de pertinencia de norma, y con esta afirmación del autor, acerca de lo que no puede ser constituido derecho por el simple hecho de presentar criterios meramente propios o basarse en palabras de algún antecesor o autor de leyes, sin considerar la veracidad de la ley y que esta sea constituida como una.
...