Primer parcial sociologia juridica ubp
MilegottExamen5 de Mayo de 2021
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1º parcial sociología jurídica
Pregunta 1
- Es una rama de la sociología que trata de describir, explicar y predecir los modos como las personas interactúan, tomando como referencia positiva o negativa un conjunto de normas jurídicas (F.Fucito)
Es una rama de la sociología que intenta explicar las causas y los efectos del derecho positivo.
Las corrientes teóricas sobre el derecho y la posibilidad de manifestación de la realidad social encontramos:
- Positivismo jurídico: es una pretensión de análisis del derecho objetivo, sin referencia a las valores que inspiran las normas, solo los hechos;
- Tradicionalismo: el derecho como expresión de la cultura del pueblo;
- Sociología comprensiva (Weber): las reglas deben ser entendidas en su aspecto interno. El significado subjetivo de la regla para el individuo;
- Sociología crítica (Marx): las normas y sus instituciones son instrumentos de dominación de los grupos que tienen el control y propiedad de los medios de producción de la sociedad.
Los paradigmas en la sociología son:
- Funcionalismo o consensualismo: este paradigma tiene una mirada objetiva de la realidad, analizando los hechos sociales de manera empírica.
Su principal referente fue Emile Durkheim. Veía a los hechos sociales, que debían ser tratados como cosas y no como se quiere que sean, y el objeto de la sociología es el estudio de los hechos sociales;
- Conflictualismo o congestualismo: analiza los hechos que derivan de la diferencia social, material, religiosa, o sea analiza los conflictos sociales que atañen a la sociedad. El derecho para estos es el resultado, no la discusión y el debate, sino la mirada del orden social impuesto por los grupos de dominación. Sus referentes fueron:
- Marx: para él, el conflicto es la expresión de la lucha de clases y se resuelve por un cambio estructural. Los problemas sociales, la lucha de clases surge de la desigualdad estructural de la sociedad.
- Weber: para él, el conflicto no es solo la expresión de la lucha de clases, sino también entre grupos de status y los grupos de poder.
- Interaccionismo simbólico: se enfoca sobre el individuo y su individualidad con respecto a la sociedad; hace análisis subjetivo de la persona en si misma.
Este paradigma prioriza lo espiritual sobre lo material a diferencia de los otros dos paradigmas. Destaca el papel de las ideas que se transmiten por medio del lenguaje.
- Los problemas sociales que la sociología jurídica procura explicar son:
- Sistema político real
- Estratificación social
- Intereses económicos de determinados grupos
La sociología jurídica estudia todos los fenómenos sociales en los que se incluya algún elemento del derecho, investiga por ejemplo la familia; conflictos intraindividuales, el cambio social, control social, etc.
Algunos de los temas relacionados con la realidad jurídica que la sociología jurídica procura explicar son:
- La eficacia del derecho: la importancia que tiene el derecho para modificar el orden social;
- Las profesiones jurídicas (jueces , abogados, peritos) la sociología estudia las ideologías, actitudes y los prejuicios a la hora de usar el derecho para la solución del conflictos;
- Los aspectos sociológicos del sistema judicial: referido a lo institucional, recursos, organización, funcionamiento.
- Cultura jurídica: conjunto de valores, actitudes, expectativas hacia el derecho o sus instituciones por parte de los grupos sociales;
- Derecho y globalización: la globalización afecta la situación económica, financiera, religiosa, cultural o moral de los ciudadanos;
- Funcione sociales del derecho: desde el arbitraje, mediación;
- Derecho y cambio social: introducir cambios que afectan los valores, las practicas sociales;
- Estratificación social y derecho: acceso igualitario de todos los ciudadanos a la justicia;
- Judicatura y entorno social.
- La perspectiva sociológica lo que busca es conocer a la sociedad, de comprender la estructura social y las relaciones entre los sujetos. Estudia como el sistema normativo influye en la vida social y de qué modo la sociedad propicia la creación de nuevas normas e instituciones. Analiza los conflictos de la sociedad contemporánea y busca las causas por las que surgen los conflictos.
La sociología del derecho considera al derecho como fenómeno social que solo puede entenderse en un contexto normativo.
Pregunta 2
- El orden social son pautas institucionalizadas de comportamientos de una u otra forma aceptada por sus miembros. Permite la previsibilidad de las conductas individuales y colectivas; la estructura de la sociedad exige de un orden que regula las relaciones entre sus miembros y garantice así la supervivencia social.
El orden social y jurídico se consigue aplicando tanto el derecho como las normas sociales y usos sociales.
Existen varios métodos de control social, como el religioso, moral, jurídico, ético, la costumbre (o usos sociales) cuyo tipo de coacción se basa en mecanismo de autocontrol, propia conciencia y mecanismos institucionales, los que influyen contribuyendo u obstaculizando el cumplimiento de las normas legales. Los métodos de control social son el resultado de la misma sociedad.
Las relacione existentes entre el sistema de normas jurídicas con respecto a los otros sistemas normativos que regulan la vida en sociedad reside en lograr la convivencia en sociedad, utilizando el resultado coactivo que presenta la violación de normas del sistema jurídico.
- Los fundamentos del orden social según:
- Durkheim: para él, el orden social está basado en la solidaridad que forma la conciencia colectiva, la unidad moral. Para ello se basa en la idea de orden surgido del consenso, que se manifestaba a través de reglas de comportamientos, que es el derecho.
El consensualismo es el fundamento del orden social, son los valores los que se expresan a través de normas, donde estos valores tienen que ver con abstracciones, principios organizativos y fundamentan las normas. Según Durkheim, el orden se expresa de dos formas: el de los hechos (orden impuesto por la sociedad en forma coercitiva) y el de las instituciones (que es el orden social que se expresa como un sistema de normas). Los hechos sociales son modos de actuar, pensar, sentir externo al individuo y están dotados de poder imperativo y coercitivo por el cual se imponen.
- Karl Marx: él dice que el orden social es posible por la existencia de conflictos y por un sistema de desigualdad y opresión que existe en la sociedad. El orden social no es consensuado, es impuesto; es una estructura de desigualdades manifestada en la desigualdad de clases.
Ve el cambio histórico en tres etapas, caracterizada cada una de ellas por un modo de producción determinado. El cambio de orden se produce cuando la clase oprimida se emancipa y surge una nueva sociedad.
- Max Weber: coincide con Durkheim en cuanto a la coacción, pero la relaciona con una desigualdad de clases. No hay consenso sino dominación de una clase sobre otra. La existencia del orden social depende de un sistema de dominación; los conflictos se dan por la distribución de recursos escasos como la riqueza y el poder; afirma que el poder, es la posibilidad de imponer la voluntad dentro de una relación social, contra toda resistencia que se le oponga, pero ese poder es insuficiente para garantizar el orden social.
- George Mead: influenciado por la teoría evolucionista y la naturaleza social de la experiencia y el comportamiento, se enfoca en la emergencia natural del ser y la mente dentro del orden social.
En su teoría de la conducta parte de la naturaleza social, de la experiencia y de la conducta. La mente es un producto social que permite al individuo evaluar las distintas alternativas que lo llevan a decidirse por una solución racional de los problemas.
Pregunta 3
- No es fácil establecer un concepto de cambio, por la variedad y ambigüedad de usos que se hacen de él, en las teorías que intentan explicar la naturaleza del derecho.
- Laurence Friedman y Jack Lodinsky lo definen como cualquier alteración no repetitiva en los modos de conducta establecidos en la sociedad.
La definición reconoce que pocas sociedades, son completamente estáticas; solo hay cambios cuando hay cambios en la estructura social.
- Joel y Mary Grossman brindan un concepto más amplio, reconociendo en los distintos niveles y órdenes.
Distingue la proporción de la magnitud y la finalidad del cambio, que puede ser creciente, global o revolucionario. El cambio puede alterar las pautas individuales de conducta, las normas y pautas grupales.
- El cambo social es una alteración de la sociedad, es transformación de la estructura básica de la sociedad; es la modificación de las estructuras sociales (fundamentalmente del poder).
Todas las sociedades cambian ninguna se mantiene estática, donde los cambios sociales muchas veces son inevitables.
Los cambios sociales van a afectar en tres niveles
- Las pautas individuales de conducta (modos de la conducta);
- Pautas y normas grupales ( como se organizan los grupos, las instituciones)
- Los valores básicos de la sociedad
Los elementos característicos del cambio social:
- Cambio socilla surge en todas partes
- El cambio social a veces es intencional
- El cambio social genera desacuerdos
- Algunos cambios son más importantes que otros
Dentro de las posibilidades que ofrece el derecho para fomentar el cambio social, encontramos:
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