RESUMEN DE LOS PRIMEROS 20 ARTÍCULOS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Enviado por PepitoDavicho • 26 de Enero de 2020 • Apuntes • 1.227 Palabras (5 Páginas) • 1.044 Visitas
RESUMEN DE LOS PRIMEROS 20 ARTÍCULOS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Artículo 1o.- La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones del trabajo comprendidas en el artículo 123 Constitucional.
Artículo 2o.- Trabajo digno o decente, es aquél en el que se respeta la dignidad humana, los derechos del trabajador, no hay discriminación, el trabajador percibe un salario, capacitación, seguridad e higiene.
Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber social, por ningún motivo se negara el trabajo a una persona a causa de cualquier tipo de discriminación, como puede ser: origen técnico o preferencias sexuales.
Artículo 3o. Bis.- Definición de Hostigamiento y Acoso Sexual Laboral.
Artículo 4o.- No se puede impedir el derecho al trabajo a ninguna persona que se dedique a la profesión, comercio o industria que se le acomode cuando estos sean lícitos, al menos que hayan sido atacados los derechos de tercero o los de la sociedad.
Artículo 5o.- Las disposiciones de la presente ley son de orden público, los derechos establecidos son los mismos para todos los trabajadores, por ningún motivo pueden ser violados por ninguna autoridad.
Artículo 6o.- Las leyes y tratados aprobados por el artículo 133 de la Constitución serán aplicables al trabajador a partir de la fecha de la vigencia.
Artículo 7o.- En toda empresa o establecimiento se debe emplear un 95% mínimo de trabajadores mexicanos, el resto pueden ser extranjeros, obligación solidaria de capacitar a trabajadores mexicanos. No es aplicable a directores, administradores y gerentes generales.
Artículo 8o.- Trabajador es la persona física que presta un servicio a otra persona física o moral.
Se entiende por trabajo a toda actividad humana, intelectual o material, sin importar el grado de preparación requerido. Este mismo debe ser remunerado a un valor superior al salario mínimo.
Artículo 9o.- El trabajador de confianza depende de las funciones desempeñadas como: dirección, inspección, vigilancia, fiscalización o trabajos personales del patrón.
Artículo 10.- Patrón es la persona que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
Si el trabajador utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo ser' también de éstos.
Artículo 11.- Los directores, administradores, gerentes y personas que ejercen funciones de dirección son considerados representantes del patrón y obligan en sus relaciones con los trabajadores.
Artículo 12.- Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.
Artículo 13.- No son considerados intermediarios, sino patrones, las empresas que contraten trabajos para llevarlos a cabo con elementos propios.
Artículo 14.- Las personas que usen intermediarios para la contratación de trabajadores tienen la obligación de brindarle los mismos derechos y hacerse responsables de las obligaciones de que deriven de la Ley.
Artículo 15.- Las empresas que ejecuten obras o servicios en forma exclusiva o principal para otra, deberán hacerse cargo de las obligaciones, derechos y condiciones del trabajador similares a las de la empresa beneficiaria.
Artículo 15-A. El trabajo de subcontratación es aquel donde un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante.
Artículo 15-B. El contrato que se realice entre la persona que solicita los servicios y un contratista deber constar por escrito y deber asegurarse que el contratista cuente con los documentos y elementos necesarios.
Artículo 15-C. La empresa contratante deberá asegurarse que la empresa contratista cumple con las disposiciones de seguridad, salud e higiene para el ambiente en el trabajo. Lo anterior debe cumplido a través de una unidad acreditada y aprobada legalmente.
Artículo 15-D. No se permitirá la subcontratación cuando se transfiera de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el in de disminuir derechos laborales.
Artículo 16.- Se entiende por empresa a la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios.
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