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Responsabilidad Civil 2012


Enviado por   •  2 de Marzo de 2014  •  4.957 Palabras (20 Páginas)  •  193 Visitas

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ASPECTOS CARACTERÍSTICOS DEL LEASING

CARACTERÍSTICAS ECONÓMICO-FINANCIERAS

El leasing es una operación de financiación a medio o largo plazo que practica una sociedad financiera y que tiene como base jurídica un contrato de arrendamiento de bienes. Podemos extraer las siguientes características:

A) Es una técnica financiera nueva, el sector empresarial satisface necesidades sin acudir a las formas crediticias tradicionales que otorga una entidad financiera.

B) Flexibilidad, se acomoda a las necesidades de la producción.

C) Opera a mediano plazo

D) La persona que presta estos servicios es una sociedad especializada de vocación financiera.

MODALIDADES DE LEASING

- EL LEASING “OPERATIVO” O “RENTING” O ARRENDAMIENTO INDUSTRIAL

Una persona cede el uso y goce de un equipo profesional tipo standard y de una rápida obsolescencia, durante un tiempo determinado, y en contraprestación recibe un canon que se paga en forma periódica, reservándose al cesionario la facultad de terminar unilateralmente el contrato con un previo aviso al cedente, cuando las condiciones técnicas no le sean satisfactorias. Hay dos clases de leasing operativo con respecto a la sociedad arrendadora.

1) Puede ser el requerido por el fabricante o productor de los bienes que, con el fin de ampliar el volumen de sus negocios los entrega bajo esta modalidad.

2) El utilizado por sociedades especializadas en adquirir estos bienes a titulo oneroso para ceder el uso y disfrute en el marco de estas operaciones.

- EL LEASING FINANCIERO

Es una formula financiera a mediano o largo plazo por la cual una sociedad especializada se obliga adquirir la propiedad de un bien de equipo, cuyo proveedor y caracteres técnicos son señalados por el usuario, a conceder a este su tenencia y disfrute a cambio de una remuneración periódica durante el termino inicial que corresponde a su amortización con opción de compra al final del periodo a favor del usuario.

LEASE BACK O LEASING RETRO

El industrial vende un inmueble, o maquinaria y equipo, activamente utilizados en sus negocios y celebra un contrato de leasing sobre los mismos bienes.

POR SU OBJETO

Según verse sobre bienes muebles o inmuebles, el leasing puede ser mobiliario o inmobiliario. El leasing inmobiliario es una modalidad que opera en el marco del leasing financiero, o en la del leasing retro.

DESCRIPCIÓN DE LA MECÁNICA DEL LEASING

en el desarrollo de una operación de leasing intervienen tres personas: el proveedor o fabricante, la sociedad del leasing y ek usuario; y se distinguen dos fases, a saber:

A. Fase pre-contractual

B. Fase contractual

FASE PRE-CONTRACTUAL

1. La empresa ha determinado su exigencia, ha escogido el material idóneo y ha ubicado el fabricante o proveedor, que esta en condiciones de suministrarlo.

2. El usuario dirige una solicitud de leasing a la sociedad especializada en la cual relaciona:

a) Datos de identificación de la empresa usuaria

b) Situación patrimonial

c) Nombre de los deudores solidarios o de los codeudores

d) Descripción del equipo solicitado, precio, fecha de la entrega, lugar de la instalación, etc.

3. La sociedad de leasing examina y estudia por medio de un departamento especializado la petición del interesado, toma en consideración dos factores:

a) La solvencia del futuro usuario, y

b) La rentabilidad de la inversión.

FASE CONTRACTUAL

1. Una vez aceptada por el usuario la oferta que le dirige la sociedad especializada, las partes firman el contrato de leasing.

2. Ejecución del contrato:

a) La sociedad de leasing adquiere del proveedor la propiedad del equipo con las características técnicas señaladas por el usuario.

b) El proveedor entrega el bien al usuario en el lugar de utilización y fecha convenidas en el contrato

c) La sociedad de leasing le cancela al proveedor el precio del material contra la presentación del acta de conformidad suscrita por el usuario.

d) El usuario en forma periódica paga los canones durante el termino de vigencia del contrato.

3. A la expiración del termino inicial sugen tres posibilidades para el usuario:

a) Terminar el contrato con la devolución del equipo utilizado.

b) Renovar el contrato mediante la suscripción de un nuevo contrato de leasing, en condiciones económicas mas favorables.

c) Acogerse a la opción de compra por el valor residual estipulado en el contrato.

NATURALEZ JURÍDICA DEL CONTRATO DE LEASING FINANCIERO

TEORÍA DEL PRÉSTAMO

Formas jurídicas en que se presenta el préstamo, bajo el comodato y el mutuo.

1. Comodato. Característica común con el contrato de leasing: son especies de los contratos traslativos del uso y goce del bien. Diferencias, el comodato es un derecho real que se perfecciona con la entrega del bien, el contrato de leasing es consensual, el comodato es esencialmente gratuito y el leasing es una contratación básicamente remunerada; el comodato es un contrato unilateral del que surgen obligaciones de conservación, u so y restitución a cargo del comodatario, en tanto el contrato de leasing surgen obligaciones a cargo de las partes comprometidas.

2. Mutuo. El leasing es un contrato traslativo del uso y goce de un bien, en tanto que el mutuo es un contrato de enajenación pues la finalidad del usuario industrial es paorvechar económicamente un bien, sin interesarle la calidad de propietario.

TEORÍA DEL DEPÓSITO

La esencia del leasing es el uso del bien por el industrial durante un término inicial que debe ser respetado por los contratantes, a cuya expiración puede restituir el bien, prorrogar el contrato o comprarlo por el valor residual.

TEORÍA DE LA COMPRAVENTA

La sociedad de leasing que transfiere el uso y goce del bien y el usuario, existe acuerdo en torno al bien y al precio, y que la voluntad real de las partes es celebrar una comparventa a plazos . Se fortalece en la circunstancia de que la suma de los alquileres que el usuario debe satisfacer sobrepasa el valor del material nuevo facilitado y proporciona un beneficio a la sociedad de leasing.

TEORÍA DEL ARRENDAMIENTO

El arrendamiento que se conviene es un contrato sub conditione que no obliga legalmente, a menos que se cumpla la condición suspensiva de la entrega o puesta a disposición del arrendador del equipo en cuestión. Diferencias que separan al leasing del arrendamiento:

- Poder disponer de un equipo adecuado y que responsa a las exigencias de crecimiento de su actividad.

- Poder adquirir eventualmente el material alquilado al final del contrato si se otorgo la

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