Tradicion Civil
Enviado por gabrielahm • 13 de Enero de 2015 • 599 Palabras (3 Páginas) • 320 Visitas
Tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el dominio, y por otra la capacidad e intención de adquirirlo, a tradición puede transferirse bajo condición suspensiva o resolutoria con tal que se exprese ,como primera medida se debe recordar, que una condición es aquel hecho futuro e incierto ,se trata de un transcurso de tiempo unido a un acontecimiento que no se sabe si se realizará o no, hecho incierto.
La condición entonces, puede: o bien suspender el nacimiento de un derecho o bien permitir su extinción ,la existencia de la condición en la tradición debe ser manifestada de forma expresa.
El artículo 696 del código civil ecuatoriano establece que será condición suspensiva aquel hecho futuro e incierto que si no se cumple, ocurrirá una suspensión de la adquisición del derecho, por ejemplo: Cuando Ignacio vende a Daniel la cosa pactándose que Daniel deba pagar la totalidad de la cosa; así mientras Daniel no pague o mientras no cumpla la condición esta se encuentra en suspenso.
Será condición resolutoria cuando por la llegada de la condición se extingue el derecho como ejemplo: Si Ignacio vende a Daniel su inmueble sometido al gravamen de la propiedad fiduciaria, que está sujeta al cumplimiento de una condición por parte de Luis (Fideicomisario) si este cumple con la condición, el contrato celebrado entre Ignacio y Daniel se resuelve y la condición que se había hecho se afecta, por cuanto el dominio de dicho inmueble pasa a Luis a quien debe restituírsele la propiedad.
Mientras la condición suspensiva está pendiente, el adquirente no es propietario de la cosa; mientras que en la resolutoria el adquirente si es un propietario verdadero
DIFERENCIA ENTRE CONDICION SUSPENSIVA Y CONDICION RESOLUTORIA:
• Condición Suspensiva:
Este tipo de condición es la que suspende un derecho en caso tal de que la misma no sea cumplida.
Ejemplo: cuando Ignacio vende a Daniel una cosa pactándose que Daniel deba pagar la totalidad de la cosa; así mientras Daniel no pague mientras no cumpla la condición esta se tendrá en suspenso
• Condición Resolutoria:
Es la que una vez cumplida da paso a la extinción de un derecho. Difieren la condición suspensiva y resolutoria en cuando a que mientras la condición suspensiva está pendiente, el adquirente no es propietario de la cosa, en cambio que mientras la condición resolutoria está pendiente, el adquirente es verdadero propietario.
DERECHO DE PEDIR LA TRADICION
Al hablar sobre el art 697 del Código Civil Ecuatoriano podemos decir que en un negocio jurídico la parte puede pedir la tradición de lo que se deba si no hay plazo para el pago , pero si hay una resolución motivada de un
...