Unidad 6: Seguridad Social
Enviado por thedrako25 • 23 de Junio de 2014 • 1.818 Palabras (8 Páginas) • 1.298 Visitas
6.- SEGURIDAD SOCIAL
6.1 Concepto, características e importancia
La seguridad social, también llamada seguro social o previsión social, se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades.
La Organización Internacional del Trabajo, en un documento publicado en 1991 denominado "Administración de la seguridad social", definió la seguridad social como:
La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.
La Seguridad Social, derecho de todos los trabajadores mexicanos y sus familias consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, representa un compromiso del Estado, como ente garante, y de la sociedad entre sí, precisamente como una expresión humana de solidaridad en el ocaso de la vida productiva, o ante una eventualidad que límite el desarrollo de las capacidades laborales de una persona y que le impiden valerse por sí misma.
• El Artículo 123 de la Constitución mexicana divide a los trabajadores entre los que se encuentran empleados en el sector privado (el llamado apartado “A”) y los que trabajan en el sector público (apartado “B”). Los empleados pertenecientes a uno y otro apartado son objeto de regímenes de seguridad social distintos y las políticas correspondientes se rigen por leyes laborales diferentes.
• la Ley del Seguro Social y la Ley Federal del Trabajo establecen que la seguridad social es un derecho exclusivo de los trabajadores asalariados y es obligación de las empresas sólo con respecto a los trabajadores asalariados que contratan.
• la cobertura de la seguridad social involucra un conjunto de beneficios más amplio que el que se ofrece en muchos otros países. En efecto, un trabajador con seguridad social tiene derecho a lo siguiente: 1. Seguro de salud; 2. Servicios de guardería para sus hijos; 3. Seguro de vida; 4. Pensión por discapacidad; 5. Pensión por riesgos laborales; 6. Instalaciones deportivas y culturales; 7. Pensión por jubilación; y 8. Créditos hipotecarios.
La Seguridad Social es un Derecho Humano fundamental de la persona, que supone la asistencia a todos(as) para que tengan instituciones y mecanismos, brindados por la sociedad, para cubrir al hombre y a la mujer, obligatoriamente, contra todos los riesgos en su vida diaria y en el trabajo, de forma inmediata y esencial. Este derecho humano, ha sido reconocido a través de la Historia por diversos estudios, Organizaciones Internacionales, y por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
6.2 Obligaciones patronales
La contratación de trabajadores contribuye a que los empresarios obtengan beneficios económicos con su empresa, por lo cual el empresario debe reconocer su compromiso de retribución con la sociedad al propiciar escenarios de contratación favorables y buenas condiciones para todos sus trabajadores.
El patrón está obligado a:
Dar de alta a sus trabajadores en el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), notificar cualquier modificación a su salario o información personal, así como presentar la baja correspondiente cuando concluya la relación laboral. Tiene un plazo de 5 días hábiles para hacerlo.
Es necesario aclarar que, a pesar de que se tengan cinco días para cumplir la obligación de dar de alta a los trabajadores en el Seguro Social, el artículo 77 Ley del Seguro Social prevé que si ocurre un siniestro entre el día de la contratación de dicho trabajador y el día de su alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, a pesar de que no medie día hábil en ningún caso el patrón se liberará de la responsabilidad de cubrir los capitales constitutivos.
La Ley del Seguro Social establece que todos estos registros se deben conservar por un periodo de cinco años siguientes a su fecha, a diferencia de la Ley Federal del Trabajo que establece que todos los documentos referentes a la relación laboral deberán ser conservados por el patrón por un periodo de un año. Por lo tanto, es aconsejable obedecer a la Ley del Seguro Social, en este caso.
Informar al IMSS el salario base de cotización para el cálculo de las cuotas obrero-patronales.
Proporcionar al IMSS los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas en la ley del seguro social y sus reglamentos.
Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el IMSS.
Cuando se trate de patrones que se dediquen de forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los periodos de pago establecidos, las cuales, en su caso, podrán y ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos.
Cumplir con las obligaciones que se le imponen en relación con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Cumplir con las demás disposiciones de la Ley del Seguro Social además de sus reglamentos.
Tratándose de trabajadores eventuales, deben expedir y entregar constancia de días trabajados, los cuales deberán contener al menos, los siguientes datos:
Nombre, denominación o razón social del patrón, completos.
Número de registro patronal.
Nombre completo del trabajador.
CURP.
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