Derecho A La Vida
Enviado por 03082011 • 9 de Julio de 2013 • 1.644 Palabras (7 Páginas) • 189 Visitas
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Definición e importancia
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Etimológicamente la palabra constitución viene del latín constitutio, que puede transcribirse en ‘lo que es’ o ‘como está’ de alguna cosa tangible y material. Siguiendo a la teoría del Estado significa la naturaleza, estructura y organización de los poderes públicos.
Podemos decir que la Constitución es la norma fundamental del ordenamiento jurídico que establece la organización y atribuciones de los poderes públicos y los derechos y deberes fundamentales. Es la ley fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su gobernación.
La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio para todos los peruanos.
La Constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. También garantiza al pueblo determinados derechos. La mayoría de los países tienen una Constitución escrita.
________________________________________Antecedentes históricos
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Pese a que los pueblos teocráticos de Oriente carecían de constituciones propiamente, contaban con una organización política en los Códigos de Hamurabi, Manú y las leyes mosaicas. Asimismo, recordemos que antes de los hechos revolucionarios que marcaron el Medioevo regía en los Estados de Oriente la ley religiosa producto de la voluntad divina.
Hay quienes afirman que el concepto de constitución aparece por primera vez en Grecia, pues en la obra de Aristóteles La Política se denomina así a la organización establecida entre los habitantes de la polis (la ciudad-Estado), por la que se ejercía la democracia directa por medio de asambleas (ekklesias) donde se deliberaban los asuntos públicos.
Más adelante, cerca de los años 640-558 A.C., Solón, uno de los siete sabios de Grecia, legisló y promulgó en Atenas una constitución democrática.
Igualmente, Clístenes, abuelo de Perícles, legisló en Atenas y estableció un gobierno democrático.
En el siglo III A.C. Roma se había dado una constitución republicana, con lo que nace el Derecho Público con el estudio de Cicerón La República y las leyes, que además introduce ideas sobre las formas de gobierno y las instituciones constitucionales.
Más tarde, el pueblo hebreo, a raíz del trabajo de los profetas, establece una ley moral para limitar el ejercicio de los gobernantes.
Así, arribamos a la Edad Media donde la autoridad y la ley vuelven a adquirir un orden divino, ello por la instauración de las monarquías absolutas sin la existencia de normas constitucionales, puesto que había distinción entre Derecho Público y Derecho Privado.
El constitucionalismo demo-liberal o clásico tuvo sus orígenes en el siglo XVIII, como producto de las luchas políticas de los pueblos por obtener instituciones que garanticen la libertad y los derechos ciudadanos. Así, las ciudades antiguas se transformaron en naciones a través de la organización de confederaciones, señoríos y estados generales, en ocasión de los pactos celebrados entre el rey y sus súbditos (burguesía), y entre la autoridad feudal y los vasallos, hoy considerados gérmenes de las normas constitucionales.
En el caso peruano, nuestra República ha tenido 12 Constituciones. Fue redactada por el Congreso Constituyente Democrático tras el autogolpe y la subsecuente crisis constitucional de 1992. Fue aprobada mediante el referéndum de 1993, durante el gobierno de Alberto Fujimori, es actualmente la base del sistema jurídico del país.
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Finalidad
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La Constitución, ley fundamental y suprema, no es un fin en sí mismo, sino es un medio para conseguir el equilibrio democrático entre gobernantes y gobernados, estableciendo límites y controles al poder político, por una parte, y derechos, garantías y deberes para los ciudadanos, por otra.
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Contenido normativo
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Si la Constitución es el producto de las reivindicaciones de los pueblos, y por tanto, el reflejo del Estado de Derecho burgués, obviamente tiene ciertos contenidos básicos.
La asignación y distribución de funciones a los órganos del Estado para evitar que el poder esté en manos de un único detentador.
Instituciones y medios de cooperación para los órganos del Estado, lo que se constituye en el sistema de frenos y contrapesos que aseguran la distribución y limitación del poder.
Un mecanismo de impase en los casos en los que falle la cooperación entre órganos. Este fundamentalmente reside en el electorado o en Tribunal Constitucional.
Un procedimiento especial previsto en el texto de la Constitución para operar las reformas necesarias según las necesidades de la comunidad política.
Una parte dogmática que reconoce, protege y garantiza el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
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CONTRATO SOCIAL Y PODER CONSTITUYENTE
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La moderna noción de Constitución deriva de las ideas contractualistas, diseñadas por quienes concebían la organización política de la sociedad como un pacto entre sus integrantes, en oposición a quienes la consideraban herencia divina o, simplemente, resultado de la fuerza. Sin embargo, la escuela contractualista no fue uniforme. En ella encontrarnos a diversos cultores, con una posición muy distinta
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