Ley Aduanera
Enviado por archivaldo91 • 5 de Abril de 2013 • Documentos de Investigación • 1.734 Palabras (7 Páginas) • 507 Visitas
Art. 36 Ley Aduanera: “…el pedimento debe incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de las mismas.” Factura comercial:Conocimiento de embarque,Cumplimiento de las RRNA, Demostrar la procedencia y origen de las mercancías,Garantía mediante depósito,Certificado de peso o volumen
Permisos Previos, Cupos y NOM´s: Art. 17 LCE faculta a la SE para expedirlas, al igual que autoriza la expedición de RRNA´s resultado del trabajo conjunto con otras Secretarías
Art. 19 LCE “…las dependencias del EF competentes podrán establecer medidas de regulación o restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación o tránsito de mercancía… sin someterlas a la opinión de la Comisión , siempre que:
Se trate de una situación de emergencia
Se publique en el DOF
Se notifique a la Comisión”
SEDENA: Dir. Gral. del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos
SSA: COFEPRIS
NOMS: Dir. Gral. de Normas de la SE
PRFEPA:SEMARNAT
SENASICA:SAGARPA
AUTORIDAD ADUANERA SAT-AGA: Reconocimiento Aduanero,Verificación de Mercancía de Transporte, Facultad de Revisión de Glosa, Auditoria de Comercio Exterior
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO POR CONTRIBUCIONES OMITIDAS(PACO):desaduanas, crédito fiscal art 4 cff multa de 70-100 + valor comercial
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA(PAMA):no desaduanas, procede el embargo precautorio hasta la conclusión del proceso, multas de 130 150% de los impuestos omitidos
ACTA DE INICIO DEL PAMA: Art. 150 LA otorga al interesado 10 días para ofrecer las pruebas y alegatos que a su interés convengan.// Cuando se trata de clasificación inexacta, se ofrece una “Junta Técnica Consultiva
PRINCIPALES TIPOS DE CONTRATOS DE INTERMEDIACIÓN COMERCIAL:
CONTRATO DE MEDIACIÓN O CORRETAJE
Una entidad se obliga a pagar una remuneración a otra para que ésta la ponga en relación con un tercero con el que el primero concertará una operación comercial.
CONTRATO DE AGENCIA
Contrato en el que un agente se obliga con una entidad de forma continuada, a cambio de una remuneración, a promover operaciones comerciales a cuenta de la entidad que le contrata. El agente tendrá capacidad para obligarse en nombre y representación de la entidad, la cuál no podrá desvincularse de las actuaciones llevadas a cabo por el agente.
CONTRATO DE COMISIÓN
Contrato por el que el comisionista se obliga a realizar o participar en una operación comercial bien por cuenta propia o bien por cuenta de la entidad que lo contrata (comitente).
CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN
Acuerdo por el cual una entidad distribuye un producto producido por otra. Este tipo de contrato es una especie contrato de compraventa con características propias de los contratos de intermediación comercial. El distribuidor adquiere la mercancía para después revenderla sin realizar cambios sustanciales en ella.
Se entenderá que un contrato es internacional si las partes del mismo tienen su residencia habitual o su establecimiento en Estados Partes diferentes, o si el contrato tiene contactos objetivos con más de un Estado Parte.
En cualquier momento, las partes podrán acordar que el contrato quede sometido en todo o en parte a un derecho distinto de aquel por el que se regía anteriormente, haya sido o no éste elegido por las partes. Sin embargo, dicha modificación no afectará la validez formal del contrato original ni los derechos de terceros
Si las partes no hubieran elegido el derecho aplicable, o si su elección resultara ineficaz, el contrato se regirá por el derecho del Estado con el cual tenga los vínculos más estrechos.
CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL: Se trata de un contrato de título oneroso por el cual una persona, de un determinado país, compra mercadería a otra persona, de un país distinto, según un precio pactado. Este tipo de contrato caracteriza a la función de transacción, básica en el comercio exterior. El carácter mercantil del contrato implica que la compra se hace para la continuación del negocio; esto es, en un acto de intermediación.
CARAC DEL CONTRATO: El carácter oneroso del contrato excluye en sus alcances a las donaciones. Crea obligaciones y derechos por ambas partes, y por su carácter conmutativo (con mercancía determinada y precio cierto), cuando alguna de las partes lo desconoce o desatiende, la otra puede tener una reacción recíproca.Como resultado de la aplicación del contrato, y a través de los canales del comercio exterior, hay un traslado físico de la mercancía junto con otros elementos formales como la marca, el nombre, el sistema de uso.
LAS PARTES Y EL OBJETO: Comprador y vendedor identifican a las dos partes claras de este contrato. No es necesario que sean distintas. La misma unidad económica puede vender desde un país, y ella misma comprar la mercadería en otro.Respecto al objeto comercial del negocio, se trata de mercadería que incluye tanto bienes muebles como inmuebles (según su clasificación jurídica nacional).
MARCO REGULADOR:
Al no existir una legislación única que regule el contrato de compraventa internacional, se presentan situaciones de conflicto por interpretación, como en el caso de las cartas fianza, por ejemplo, en cuanto a su validez y extensión. Pero en general, se toma en cuenta lo siguiente.
Las leyes nacionales ante las cuales puede ser sometido el contrato, y a las cuales se adhieren ambas partes.
Los usos y costumbres de validez internacional en cuanto son aceptados por jueces y árbitros de las distintas nacionalidades.
Las convenciones internacionales. En particular, la Convención de Viena de 1980 sobre Contratos de compraventa Internacional de mercaderías. Se aplica a la formación del contrato y las obligaciones y derechos de las partes, más no a la validez del contrato, ni a sus efectos sobre la propiedad de las mercancías, ni sobre la responsabilidad penal del vendedor.
ATRIBUCIONES DEL E.FEDERAL: establecer suprimir aduanas, suspender oficinas aduaneras, autorizar el despacho de merca, establecer o suprimir regiones fronterizas
LEY ADUANERA: actua en complemento de la ley d comercio exterior contiene 203 art y fue expedida en el gob de cedillo 1995
AMBITO DE APLICACIÓN DE LEY: toda la republica para la entrada y salida de merca del territorio nacional
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