Ley Aduanera
Enviado por raz_13 • 23 de Julio de 2013 • 1.172 Palabras (5 Páginas) • 291 Visitas
ARTÍCULO 37: Esto quiere decir que quien exporte mercancía podrá presentar ante la aduana, un pedimento consolidado que ampara sus operaciones.
ARTÍCULO 38: Aquí las mercancías tendrán una revisión mediante el uso de un sistema magnético que reconocerá las firmas electrónicas en dichas mercancías y que al pasar por ellas, se verificarán y se determinará si son autorizadas o no, considerando que fueron efectuados por el agente aduanal.
ARTÍCULO 39: Quienes hayan reemitido las mercancías, se verán forzados a presentar un pedimento oficial que haya sido aprobado por la Secretaria, en el cual comprueben que se efectúo la operación y que este acorde a las regulaciones nacionales, en casos especiales como en el que el documento oficial haya sido presentado por las autoridades aduanales, solo se pedirá una copia oficial.
ARTÍCULO 40: Los agentes aduanales que sean destinatarios de un importador o exportador, podrán llevar a cabo todo trato de las mercancías, sin necesidad de la intervención de agentes aduanales.
ARTÍCULO 41:Los encargados aduanales podrán representar legalmente a importadores o exportadores, si y solo si, los tratos de aduaneros de las mercancías se realizan dentro del ambiente fiscal, al final estos (Importadores y exportadores) comunicarán por escrito si se han cumplido correctamente sus peticiones a las autoridades aduanales, quienes simplemente notificarán su solicitud.
ARTÍCULO 42: Se realizará una inspección, en caso de que hayan sido ignoradas las características de las mercancías puestas en el pedimento.
• ARTÍCULO 109: Tanto las empresas como maquiladoras que estén autorizadas para la exportación de programas, deberán presentar un control ante la Secretaria, donde informen sobre las mercancías que les hayan sido devueltas y las que han sido reservadas dentro del Territorio Nacional, además de que no se consideraran desperdicios ni mermas a las mercancías que no hayan sido notificadas, siempre y cuando sean destruidas.
• ARTÍCULO 110: Las empresas y maquiladoras que realicen programas de exportación, efectuarán un pago de importación.
• ARTÍCULO 111: Los productos que se reanuden en el extranjero y que han sido elaborados o reparados, provocarán el pago de un impuesto general en la exportación propio de las materias primas nacionales que se han utilizado, dicha cantidad se obtendrá mediante el cálculo del peso y valor del producto.
• ARTÍCULO 112: Las empresas que tengan autorización con sus programas de exportación, pueden realizar transferencias de sus mercancías con otras empresas con tales programas, en donde pueden realizar todo tipo de manipulaciones, para ello requieren un pedimento de exportación en el que se efectúe un pago del impuesto general de importación que corresponde a las mercancías de procedencia extranjera. Cuando la persona que reciba las mercancías, a su vez las transfiera a otra maquiladora o empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía, pagará el impuesto respecto del que se haya hecho responsable solidario, salvo que la persona a la que le transfirió las mercancías a su vez asuma la responsabilidad solidaria por el que le transfiera y sus proveedores.
• ARTÍCULO 113: En la Exportación de mercancías nacionales, no habrá pago de impuestos al comercio exterior, además se sujetarán a las regulaciones y restricciones del régimen.
• ARTÍCULO 114: Los colaboradores podrán realizar cambios en cuanto a la exportación, ya sea temporal o definitiva. En caso de que una mercancía nacional no regrese a territorio nacional en el tiempo acordado, será considerada temporal y se pagará un impuesto de exportación (desde la fecha en que se acordó, hasta que el pago haya sido saldado).
• ARTÍCULO 62: Este artículo habla que la importación de vehículos, se dará cuando haya una relación entre las franquicias y
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