Ley aduanera
Enviado por moni240690 • 29 de Abril de 2013 • Documentos de Investigación • 7.327 Palabras (30 Páginas) • 331 Visitas
LEY ADUANERA
SUMARIO. I. Introducción.II. Estructura de la Ley Aduanera.III. Título primero. Disposiciones generales.IV. Título segundo. Control de aduana en el despacho.V. Título tercero. Impuestos al comercio exterior.VI. Título cuarto. Regímenes aduaneros.VII. Título quinto. Desarrollos portuarios, zonas libres y franjas fronterizas.VIII. Título sexto. Atribuciones del Ejecutivo Federal y de las autoridades fiscales.IX. Título séptimo. Infracciones y sanciones.X. Título octavo. Recursos administrativos.XI. Título noveno. Agentes aduanales.
I. INTRODUCCIÓN
Para efectos de que nuestra economía pueda adecuarse a los cambios que implica la puesta en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC), nuestras leyes, como las norteamericanas y las canadienses, deben armonizarse; pero para que se produzca la armonización, antes deberán ser conocidas en todo su contenido y alcance en cada uno de los países tales normaciones; el siguiente paso será que dichas leyes se estudien en foros internacionales, para llevar a cabo, como tercer paso a emprender, la tarea armonizadora. 1
El trabajo es muy arduo, pero debe realizarse, so pena de que el TLC no tenga el éxito deseado.
Una de las leyes de mayor importancia en esta tarea, para los mexicanos, es la aduanera, a la que, previendo para que vaya adecuándose a los requerimientos apuntados, se le han hecho algunas reformas.
II. ESTRUCTURA DE LA LEY ADUANERA
La estructura de la Ley Aduanera es de nueve títulos, cuyos rubros son:
Título primero. Disposiciones generales
Título segundo. Control de aduana en el despacho
Título tercero. Impuestos al comercio exterior
Título cuarto. Regímenes aduaneros
Título quinto. Desarrollos portuarios, zonas libres y franjas fronterizas
Título sexto. Atribuciones del Ejecutivo Federal y de las autoridades fiscales
Título séptimo. Infracciones y sanciones
Título octavo. Recursos administrativos
Título noveno. Agentes aduanales
Con excepción del primero, del sexto, del séptimo, del octavo y del noveno títulos, que tienen sólo un capítulo, otros tienen dos o más capítulos y algunos de éstos tienen secciones especiales.
III. TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES
En el primer título de Disposiciones generales, la Ley da ideas y conceptos generales para que el lector pueda, en los siguientes, adentrarse en el estudio del resto del articulado; así se refiere a los sujetos activo y pasivo de este impuesto, al concepto de mercancía para efectos aduaneros, al despacho, a valores genéricos de las multas, a la residencia de los sujetos pasivos, a la obligación de manifestar el dinero que traigan consigo quienes se internen en el territorio nacional, al régimen de las cuotas compensatorias, a obligaciones de empresas aéreas que transporten del extranjero al país pasajeros y a naves no sujetas a la misma Ley.
IV. TÍTULO SEGUNDO. CONTROL DE ADUANA EN EL DESPACHO
Este título consta de tres capítulos. El primero de estos capítulos se denomina entrada, salida, conducción y control de mercancías. El segundo capítulo trata del depósito ante la aduana. El tercer capítulo se refiere al despacho de mercancías.
1. Capítulo primero
En este capítulo se alude a los tráficos, marítimo, terrestre, aéreo, fluvial y por otros medios para la introducción de mercancías al país.
A continuación se hace referencia a los lugares y horarios aptos para la maniobra de carga, descarga, transbordo y conducción de mercancías; así como al embarque y desembarque de pasajeros.
Igualmente se hace referencia al almacenaje y custodia de mercancías y a la autorización y obligaciones de particulares autorizados para realizar estas actividades; como también se alude al procedimiento electrónico para el despacho.
También se marcan las responsabilidades de capitanes, pilotos y conductores de medios de transportes para mercancías de importación o de exportación.
Asimismo se establecen las obligaciones del correo para el caso de que lleguen al territorio mercancías por la vía postal.
Se mencionan las obligaciones de los remitentes de mercancías, de manifestar el contenido de piezas postales que se remitan al territorio, ya sea desde el extranjero o de zonas libres.
Finalmente se señala la obligación de quien tenga conocimiento de accidentes de medios de transporte marítimo o aéreo que conduzcan mercancías sometidas al régimen aduanero, de hacerlo del conocimiento de las autoridades aduaneras.
Todas las medidas anteriores son necesarias como precaución para que la autoridad aduanera pueda ejercer el control que el tráfico internacional de mercancías requiere; a las medidas citadas se agrega en este capítulo (artículo 7o.) la necesaria autorización y otras precauciones de los porteadores para la introducción al país de mercancías inflamables, corrosivas, contaminantes y radioactivas.
Si bien la última medida no es de carácter fiscal, sí resulta de interés en colaboración con las facultades formales de otras autoridades.
2. Capítulo segundo
Como queda apuntado, el capítulo segundo del título segundo de la Ley se refiere al depósito de mercancías ante la aduana, durante el cual las mismas podrán ser objeto de conservación, vigilancia, etiquetado, marcado, colocación de leyendas de información comercial y de forma de muestras.
Cuando se trata de mercancías radioactivas la aduana las integrará de inmediato a almacenes capacitados para su guarda.
El fisco federal, salvo caso fortuito o fuerza mayor, se responsabilizará del valor de las mercancías que sean depositadas en recintos fiscales; ante el fisco es responsable el personal aduanero encargado de su manejo. El propietario de las mercancías dispondrá de dos años para formular la reclamación correspondiente, a partir del cuarto día de cuando las haya solicitado para examen, sin que le hayan sido proporcionadas.
Se considera indispensable que con detalle se reglamente la manera como los interesados pueden hacer efectiva la responsabilidad del fisco por el depósito de mercancías, pues la práctica muestra el calvario que suelen sufrir quienes han de exigir que se haga efectiva.
La guarda de las mercancías podrá autorizarse a particulares; en tal caso éstos responderán ante el fisco de los créditos fiscales que dichas mercancías hayan generado
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