Tesis Deportiva
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Publicación No. 995-A-2003.
C. JOSE UBER LOPEZ CAMEY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS; CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCION II DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 60 FRACCION V DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS; 38 FRACCION II, 42 FRACCION VI, 146,147, 148, 150 Y 153 FRACCION I DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE CHIAPAS Y 15 FRACCION XXIV DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE CHIAPAS Y EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE CABILDO TOMADO POR EL HONORABLE AYUNTAMIENTO EN SESION ORDINARIA NO.76 CELEBRADA EL DIA DOCE DE NOVIEMBRE DEL 2002, A SUS HABITANTES HACE SABER:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS; EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONCEDE EL ARTICULO 38 FRACCION II DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO, Y
CONSIDERANDO QUE
LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONCEDE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS A LOS MUNICIPIOS ES EL DE EJERCER LA FACULTAD DE EXPEDIR DE ACUERDO CON LAS BASES NORMATIVAS LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS, ASI COMO CIRCULARES Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL DENTRO DE SUS RESPECTIVAS JURISDICCIONES.
DENTRO DE LAS POLITICAS DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACION DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS; ESTA LA CONFORMACION DE UNA ESTRUCTURA URBANA ACORDE A LAS ACTIVIDADES Y CARACTERISTICAS DE LA POBLACION Y A SU COMPORTAMIENTO, SALVAGUARDANDO LOS OBJETIVOS DEL MUNICIPIO CUMPLIENDO CON LAS NORMAS QUE PERMITAN REGULAR EL DESARROLLO URBANO, PLANIFICACION, SEGURIDAD Y ESTABILIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES ASI COMO LAS LIMITACIONES Y MODALIDADES QUE SE IMPONGAN EN LA UTILIDAD Y USO DE LOS TERRENOS Y EDIFICACIONES DE PROPIEDAD PUBLICA O PRIVADA EN EL MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS;
ES PRIORITARIO DEFINIR LOS PLANES DE DESARROLLO URBANO PARA LA EJECUCION DE LOS PROGRAMAS CONTEMPLADOS EN EL MUNICIPIO, ESTABLECIENDO LOS PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES QUE REGULEN EL DESARROLLO, EL MEJORAMIENTO Y LA IMAGEN URBANA DE LA CIUDAD EXPRESÁNDOSE MEDIANTE PLANES, REGLAMENTOS Y DEMAS INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS EMANADOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL.
ES NECESARIO ESTABLECER EL REGLAMENTO DE CONSTRUCCION E IMAGEN URBANA PARA EL MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS; MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLEZCAN LOS LINEAMIENTOS SOBRE LAS CUALES DEBERAN EJECUTARSE LAS CONSTRUCCIONES DENTRO DEL AMBITO TERRITORIAL CORRESPONDIENTE.
POR LAS CONSIDERACIONES ANTES EXPUESTAS, ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO DE CONSTRUCCION E IMAGEN URBANA DEL
MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
SECCION UNICA
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- EL PRESENTE REGLAMENTO ES DE ORDEN PUBLICO E INTERES SOCIAL, SU CUMPLIMIENTO Y OBSERVANCIA SE APLICARA AL MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS, Y TIENE POR OBJETO REGULAR EL DESARROLLO URBANO, LA IMAGEN URBANA, PROTEGER EL PATRIMONIO CULTURAL Y VIGILAR LA SEGURIDAD, ESTABILIDAD E HIGIENE DE LAS CONSTRUCCIONES: ASI COMO LAS LIMITACIONES Y MODALIDADES QUE SE IMPONGAN AL USO DE LOS TERRENOS O EDIFICACIONES DE PROPIEDAD PUBLICA O PRIVADA.
LAS OBRAS DE CONSTRUCCION, INSTALACION, MODIFICACION, AMPLIACION, REPARACION Y DEMOLICION, ASI COMO EL USO DE LAS CONSTRUCCIONES Y LOS USOS, DESTINOS Y RESERVAS DE LOS PREDIOS EN EL MUNICIPIO, SE SUJETARAN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO, LEY DE FRACCIONAMIENTOS DEL ESTADO, LEY DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO, AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE CENTRO DE POBLACION Y A LOS PLANES PARCIALES QUE SE DERIVEN DE ESTE, ASI COMO A LAS DISPOSICIONES SEÑALADAS EN ESTE REGLAMENTO Y EN OTROS ORDENAMIENTO APLICABLES.
CORRESPONDE AL AYUNTAMIENTO, A PROPUESTA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL, EXPEDIR Y MODIFICAR LAS NORMAS TECNICAS COMPLEMENTARIAS Y LOS REQUISITOS TECNICOS, Y DEMAS DISPOSICIONES QUE PROCEDAN PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE REGLAMENTO. LA EXPEDICION DE LOS ACUERDOS, INSTRUCTIVOS, CIRCULARES Y DEMAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL MISMO EFECTO, SERA COMPETENCIA DE LA DIRECCION.
TODAS ESTAS DISPOSICIONES SON APLICABLES A OBRAS O PREDIOS DE PROPIEDAD PARTICULAR, MUNICIPAL, ESTATAL O FEDERAL.
ARTICULO 2.- PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE REGLAMENTO SE ENTENDERA POR:
I.- LEY: A LA LEY ESTATAL DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO.
II.- LEY DE FRACCIONAMIENTOS: A LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS DEL ESTADO.
III.- LEY DE EQUILIBRIO ECOLOGICO: A LA LEY DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE DEL ESTADO.
IV.- LEY ORGANICA MUNICIPAL: A LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO.
V.- EL PROGRAMA: AL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACION.
VI.- REGLAMENTO: AL REGLAMENTO DE CONSTRUCCION E IMAGEN URBANA DEL MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
VII.- LEY FEDERAL; A LA LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICAS.
VIII.- LEY GENERAL: A LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS.
IX.- MUNICIPIO, AL MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
X.- AYUNTAMIENTO, AL H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
XI.- PRESIDENTE MUNICIPAL, AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
XII.- DIRECCION, A LA DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE FRONTERA COMALAPA, CHIAPAS.
ARTICULO 3.- LA APLICACION DEL PRESENTE REGLAMENTO CORRESPONDE AL PRESIDENTE MUNICIPAL, POR CONDUCTO DE LA DIRECCION; LA QUE TENDRA LAS SIGUIENTES FACULTADES:
I.- PREVIO LOS REQUISITOS RECABADOS; OTORGAR O NEGAR LICENCIAS Y PERMISOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 1º DE ESTE REGLAMENTO.
II.- LLEVAR UN REGISTRO CLASIFICADO DE LOS PERITOS RESPONSABLES DE OBRA.
III.- REALIZAR INSPECCIONES A LAS OBRAS EN PROCESO DE EJECUCION.
IV.- PRACTICAR INSPECCIONES PARA VERIFICAR QUE EL USO QUE SE HAGA DE UN PREDIO, ESTRUCTURA, INSTALACIONES, EDIFICACIONES O CONSTRUCCIONES, SE AJUSTEN A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS; ASIMISMO, NOTIFICAR A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES LA VIOLACION A LAS LEYES DE LA MATERIA.
V.- ACORDAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE FUESEN PROCEDENTES EN RELACION CON LOS EDIFICIOS PELIGROSOS, MALSANOS O QUE CAUSEN MOLESTIAS.
VI.- AUTORIZAR O NEGAR DE ACUERDO CON ESTE REGLAMENTO LA OCUPACION O EL USO DE UNA ESTRUCTURA, INSTALACION, EDIFICIO O CONSTRUCCION.
VII.-
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