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Competencia Tributaria Mexico


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2012  •  2.431 Palabras (10 Páginas)  •  4.476 Visitas

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Competencia tributaria entre la federación y las entidades federativas.

I. EL ESTADO MEXICANO COMO SUJETO ACTIVO DE LOS TRIBUTOS O CONTRIBUCIONES

“El sujeto activo de la obligación tributaria es el Estado. Mas como éste se descompone en nuestro orden constitucional en diversas competencias de naturaleza y alcance diversos, es necesario delimitar el campo de acción de las mismas.

En el orden fiscal mexicano y de acuerdo con el Artículo 31, Fracción IV de la Constitución, tres son los sujetos activos:

a) La federación

b) Los estados o entidades federativas

c) Los municipios”

La federación: Esta constituida por la unión de las diversas entidades territoriales que componen la Republica Mexicana, las que a través de un pacto consagrado con la Constitución han convenido en someterse a un poder soberano para la atención de todas las funciones de gobierno que por su naturaleza rebasan el ámbito meramente local de cada entidad. Como son entre otras, la política internacional, la emisión de moneda, la construcción y administración de vías de comunicación, el comercio exterior, la defensa nacional, etc.

La esencia del pacto federal radica en el hecho de que diversas circunscripciones territoriales que por sí mismas difícilmente podrían subsistir, se unen para dar origen a una entidad superior (la Federación) que las represente y gobierne mediante el ejercicio de una serie de poderes y atribuciones que los entes creadores le otorgan y le reconocen.

El artículo 40 de nuestra carta magna proclama “es voluntad del pueblo mexicano

constituirse en una republica representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concernientes a su régimen interior; pero unidos en una Federación establecida según los principios de esta ley fundamental”.

Desde luego, la coexistencia dentro de un mismo Estado y dentro de un mismo territorio de estructuras político-administrativo federales y estatales, reclama la presencia de un sistema competencial perfectamente definido que señala las atribuciones y los límites tanto del poder federal como del de las Entidades Federativas. Por esa razón, el Artículo 41 Constitucional estatuye que: “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto Federal”

Entidades Federativas. Son las partes integrantes de la Federación, dotadas de un gobierno autónomo en lo que toca a su régimen interior, vale decir que en lo relativo al manejo político-administrativo de sus respectivos problemas locales.

Se ha criticado la terminología empleada por el Artículo 40 Constitucional, señala que los Estados son “….libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior…..” ya que el concepto de soberanía es único e indivisible y aunque teóricamente reside en el pueblo, en la práctica es ejercida

por el Gobierno Federal, particularmente en el orden internacional; por eso resulta indebido hablar de soberanía “compartida” o “dividida” entre la Federación y las entidades. En consecuencia, es preferible utilizar el término “autonomía” para expresar la libertad de gobierno interior de que están dotadas la Entidades Federativas.

Municipios. El municipio puede definirse como la célula de la organización del Estado Mexicano al servir de base para la división territorial y para las estructuras políticas y administrativas de las entidades miembros de la Federación.

En opinión de Manuel Ulloa Ortiz, “ el municipio es una reunión natural de familias dentro de una porción geográfica determinada, para satisfacer adecuadamente el conjunto de necesidades que tocan, por la periferia, la esfera de la vida domestica que sin participar por ello de la intimidad del hogar son, sin embargo, una prolongación de este mismo lugar”.

Por su parte, el Artículo 115 Constitucional, en lo conducente, nos indica que:

“Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre conforme a las bases siguientes:

a. Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad entre éste y el Gobierno del Estado…..Dentro de semejante contexto los Municipios se presentan como una serie de pequeñas circunscripciones territoriales

cuyo conjunto integra a una Entidad federativa.

La idea de dividir al País en múltiples células municipales tuvo por objeto constituir un primer frente de autoridad que localmente pueda atender y resolver los más pequeños, pero urgentes problemas de cada comunidad, como los servicios de agua potable, alcantarillado, alumbrado, policía, etc. Obviamente, esto ocasiona en el ámbito local una situación similar a la que ocurre a nivel nacional: la coexistencia de dos tipos de autoridades (la estatal y la municipal), cuyas respectivas esferas de competencia también deben quedar perfectamente delimitadas tanto por la Constitución Federal como por las Constituciones de cada Estado.

II. NECESIDAD DE UN SISTEMA DE COMPETENCIA TRIBUTARIA.

La presencia de tres sujetos activos de los tributos o contribuciones pueden ser y de hecho lo es fuente de innumerables problemas, ya que al requerir tanto las autoridades federales como las estatales y las municipales de la recaudación de ingresos tributarios para sufragar el costo de las funciones de gobierno que respectivamente les corresponden, se corre el riesgo de que un mismo ingreso, rendimiento o utilidad, se vea gravado por tres clases distintas de tributos.

III. REGLAS PARA LA COMPETENCIA TRIBUTARIA ENTRE LA FEDERACION Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

En relación al punto anterior, está el problema relativo a la diferenciación de los respectivos campos de acción tributaria de la Federación y de las Entidades Federativas. Las dos principales esferas de poder dentro de la estructura

del Estado Mexicano están representadas por el Gobierno Federal y los gobiernos de los Estados. Sus actos de autoridad tienen, a fin de cuentas, como destinatarios a todos los habitantes de la República (siempre y cuando el poder federal se ejerza sobre todas y cada una de las Entidades Federativas).

Desafortunadamente nuestra Ley Suprema no sigue un método coherente y sistemático, sino que, por el contrario, aborda el tratamiento

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