Culpabilidad y punibilidad
Enviado por peita28 • 9 de Septiembre de 2016 • Apuntes • 987 Palabras (4 Páginas) • 623 Visitas
MARIBEL TORRES MUÑOZ
DERECHO PENAL
17 /03/2016
CULPABILIDAD
Debe quedar claro que para que exista este elemento dl delito, forzosamente debe haber una acción típica y antijurídica.
Se puede definir a la culpabilidad como el juicio de reproche que se dirige en contra del sujeto activo de un delito, en virtud de haber ocasionado la lesión o puesto en peligro un bien jurídico.
Los elementos que integran la culpabilidad en el estado actual de la evolución de la teoría del delito son:
- La imputabilidad; como condición de la culpabilidad
- La posibilidad de conocimiento de la antijuridicidad del hecho
- La ausencia de causas de exculpación.
Un aspecto importante de la culpabilidad es determinar si la responsabilidad deriva de una cuestión personal o bien de un hecho, es decir, si la voluntad es plenamente relevante para obtener el resultado prohibido o transgredir lo mandado en el tipo penal.
La voluntad exteriorizada por el sujeto activo y el resultado típico se encuentran exactamente en la misma relación tanto en los delitos dolosos como en los culposos.
El principio de culpabilidad presupone lógicamente la libertad de decisión del hombre, pues solo si existe la posibilidad en el hombre de actuar de modo distinto podrá deslindarse sobre de él responsabilidad penal.” Si la conducta estuviera determinada definitivamente por la virtualidad causal de fuerzas objetivas sustraídas al influjo de la voluntad, al modo de los procesos neutra listicos, reprochar al hombre sus acciones tendría tan poco sentido como hacerle responsable de sus enfermedades.
La culpabilidad se establece en la ley penal como el límite de la pena, es decir esta será graduada con base en la ley, lo cual solo resulta valido para el caso de los sujetos normales en los cuales existe la ausencia de una causa de inculpabilidad.
-capacidad de actuar ( de autodeterminación y conocimiento de la norma)
Se refiere a un hecho bien determinado. Sus elementos son:
- Capacidad de autodeterminación, libertad de voluntad es indispensable para la capacidad de actuar.
- Tener conocimiento de la norma, se requiere que el sujeto conozca la proposición jurídica que contiene la prohibición o mandato que va a contrariar. ¿? Ahora bien tampoco resulta valido el hecho de que a partir de un desconocimiento alguien pretenda justificar su acción antijurídica, pues recordemos que existe un principio en el sentido de que el desconocimiento de la ley no exime a nadie de su cumplimiento.
- Posibilidad del conocimiento del deber en el momento del hecho, capacidad de recordar tanto la prohibición como el mandato
- Capacidad de guiarse por la norma, que el sujeto tenga la suficiente madurez mental a efecto de que pueda actuar conforme al deber, pues en ocasiones quien tiene conocimiento no logra transformar su contenido en criterio orientador de su conducta (interdictos: menor, trastornado mental)
- Capacidad para el cumplimiento del deber, el sujeto debe de saber el contenido de su voluntad de causación.
Se entiende como culpabilidad formal, cuando se reúnen los presupuestos que un determinado sistema penal requiere para que pueda serle imputado un hecho a un sujeto, en tanto que la culpabilidad material será el contenido explicativo de la culpabilidad, es el porqué de la culpabilidad formal.
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MARIBEL TORRES MUÑOZ
MARIBEL TORRES MUÑOZ
DERECHO PENAL
17 /03/2016
PUNIBILIDAD
Por regla general, puede afirmarse que estamos ante un delito cuando se constata la existencia de un comportamiento típico, antijurídico y culpable. No obstante, en algunos casos excepcionales, y por razones de oportunidad o de política criminal, aún es preciso comprobar la concurrencia o ausencia de algún factor adicional para afirmar que dicho comportamiento es punible. Tales factores pueden ser condiciones objetivas de punibilidad o procedibilidad.
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