Culpabilidad
Enviado por siula027 • 20 de Noviembre de 2012 • 763 Palabras (4 Páginas) • 514 Visitas
Se pretende en este trabajo, que lleguen a debate algunas ideas modernas sobre culpabilidad, ratificando que en el universo de esta problemática, la cuestión se dificulta por no existir posiciones uniformes. Como corolario de esta labor, traemos el invalorable aporte que en la materia da Claus Roxin.
Roxin es el penalista alemán que más obras tiene traducidas a la lengua española , situación que personalmente considero, ha coadyuvado a entronizar su imagen como de "avanzada" dentro de la dogmática jurídico penal.
Desde su piedra fundamental: "Política criminal y sistema del Derecho Penal", Roxin se impone la necesidad de llevar a término la unidad sistemática del Derecho Penal y política criminal, para enriquecer así la teoría del delito. En esta inteligencia asocia al tipo, como motivo central, la determinabilidad de la ley penal conforme el principio "nullum
crimen"; a la antijuridicidad, el ámbito de "soluciones sociales de los conflictos" y a la culpabilidad la "necesidad de pena" resultante de consideraciones preventivas.
La hipotesis se trabajo que intento, apunta a reflexionar, junto al virtuoso pensamiento del maestro alemán, sobre la reconducción de la culpabilidad, a la necesidad preventiva de pena (punto de partida de Roxin), desvinculándose del concepto tradicional de "imposibilidad de actuar de otro modo" y alejándose -sin desprenderse- del concepto de reprochabilidad (pasa a un sibnivel).
La preocupación de Roxin, y de toda la escuela teleológica - funcionalista, es práctica, y se encuentra relacionada con la crítica al sistema desde las perspectivas de la Tópica. Se intenta "salvar el sistema" haciéndolo más apto para la solución de problemas concretos. La solución frente al sistema cerrado, por un lado, y el pensamiento Tópico, por otro, se llama "sistema abierto de orientación teleológica".
2. Breve desarrollo del concepto de culpabilidad:
Se sabe que para punir a alguien, no basta con una acción típica y antijurídica. Se impone en la doctrina una tercera categoría: la culpabilidad.
En la teoría jurídica del delito, se tiene a la culpabilidad como elemento, pero así tomado, es relativamente nuevo este concepto, pues a través de Merkel y Binding se logra purificar esta idea y denominación, ya que puede recordarse que Carrara refería a la fuerza moral del delito.
Esta materia que enfrentamos, está emparentada con un inconmensurable enigma: la libertad. Y aunque incansablemente se busquen teorías y dogmas que hagan entendible los actos humanos, nada nos garantiza un obrar previsible en manos de este homo sapiens.
En afán de sintetizar el ajetreado tema de la culpabilidad en nuestro siglo, referiremos que en principio dominó el espectro doctrinario la visión psicológica de la culpabilidad, conmensurando
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