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DESCANSOS REMUNERADOS


Enviado por   •  22 de Marzo de 2015  •  616 Palabras (3 Páginas)  •  198 Visitas

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DESCANSOS REMUNERADOS

Base Legal:

• Decreto Legislativo N 713 de 07.11.1991

• Ley N 26331 de 22.06.1994

• Decreto Supremo N 012-92-TR de 02.12.1992

Descanso Semanal

Protección del derecho

El trabajador tiene derecho, como mínimo, a veinticuatro (24) horas consecutivas de descanso en cada semana, el que se otorgará preferentemente en día domingo. La remuneración por el día de descanso semanal obligatorio, será equivalente al de una jornada ordinaria y se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados.

Forma de pago por trabajo en día de descanso

Los trabajadores que laboren en su día de descanso sin sustituirlo por otro día en la misma semana, tendrán derecho al pago de la retribución correspondiente a la labor efectuada más una sobretasa del 100%.

Descanso en Días Feriados

Protección del derecho

Los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados establecidos por Ley.

Días feriados:

 Año Nuevo (1 de enero)

 Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)

 Día del Trabajo (1 de mayo)

 San Pedro y San Pablo (29 de junio)

 Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)

 Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

 Combate de Angamos (8 de octubre)

 Todos los Santos (1 de noviembre)

 Inmaculada Concepción (8 de diciembre)

 Navidad del Señor (25 de diciembre)

Los feriados se celebrarán en la fecha respectiva. Cualquier otro feriado no laborable de ámbito no nacional o gremial, se hará efectivo el día lunes inmediato posterior a la fecha, aun cuando corresponda con el de descanso del trabajador.

Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo, el cual se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados, salvo el Día del Trabajo, que se percibirá sin condición alguna.

Forma de Pago por Trabajo en Días Feriados

El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa del 100%.

Vacaciones Anuales

Protección del derecho

El trabajador tiene derecho a treinta (30) días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios, cuando labore una jornada ordinaria mínima de cuatro (4) horas y siempre que haya cumplido dentro del año de servicios el récord correspondiente.

Récord Vacacional

• Trabajadores cuya jornada ordinaria es de seis días a la semana: haber realizado labor efectiva por lo menos doscientos sesenta días en dicho período.

• Trabajadores cuya jornada ordinaria es de cinco días a la

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