DIFERENCIA ENTRE BIEN, OBJETO Y COSA EN LOS DERECHOS REALES
Enviado por henry234 • 31 de Marzo de 2015 • 694 Palabras (3 Páginas) • 543 Visitas
DIFERENCIA ENTRE BIEN, OBJETO Y COSA EN LOS DERECHOS REALES
Empezaremos explicando lo que es el derecho real, podríamos definirlo como un derecho absoluto, de contenido patrimonial, cuyas normas son sustancialmente de orden público, los derechos reales forman parte del grupo de los derechos patrimoniales, es decir, aquellos que se refieren al patrimonio, por ello es necesario precisar la distinción entre bien, objeto y cosa; por lo tanto tenemos que tratar de lograr que mediante este ensayo podamos llegar a entender de manera profunda lo que es y a que se refiere cada uno de estos términos.
1) Empezaremos por definir el bien, el cual puede ser un objeto material o inmaterial susceptible de valor económico del cual se puede servir al ser humano para la satisfacción de sus múltiples necesidades, es decir, es toda entidad material o inmaterial sobre la cual recae el interés implicado en la relación, y constituye el punto de incidencia de tutela jurídica. Asimismo los bienes pueden clasificarse en:
• Bienes principales: Son aquellos derechos que tienen existencia autónoma.
• Bienes accesorios: Se refiere a aquellos derechos que no tienen vida autónoma sino que su existencia depende de la existencia de un derecho al cual están unidos.
• Bienes muebles: Son muebles por su naturaleza, los que pueden ser transportados de un lugar a otro, por sí mismo o por una fuerza externa.
• Bienes inmuebles: Son inmuebles por su naturaleza, los bienes que se encuentran por si mismos inmovilizados, como el suelo y todas las superficies solidas o fluidas que forman su superficie y profundidad.
• Bienes corporales: Son aquellos bienes que pueden percibirse por los sentidos.
• Bienes incorporales: Son aquellos inapreciables por los sentidos.
• Bienes fungibles: Son aquellos que son reemplazados por otros de igual naturaleza.
• Bienes no fungibles: Son aquellos que no pueden ser reemplazados porque presentan una individualidad que lo hace extraño a los otros.
• Bienes consumibles: Son aquellos que se extinguen por el primer uso.
• Bienes no consumibles: Son aquellos que tienen una utilización más duradera.
• Bienes dentro del comercio: Están dentro de comercio aquellos bienes cuya enajenación no fuere expresamente prohibido o dependiente de una autorización administrativa.
• Bienes fuera de comercio: Están fuera de comercio aquellos bienes cuya venta o enajenación fuera prohibido expresamente por la ley o requiera autorización previa.
2) Ahora, pasamos a definir la cosa, se refiere a todo lo que es susceptible de apropiación en el mundo exterior, es asimismo, el objeto de las relaciones jurídicas en oposición al sujeto o persona. La cosa se diferencia del bien por las siguientes razones:
• El bien se refiere a todo lo corporal e incorporal, mientras que las cosas se refiere solo
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