DISTRITOS Y RESGUARDOS INDÍGENAS
Enviado por luiscadenanino • 22 de Agosto de 2013 • 1.881 Palabras (8 Páginas) • 533 Visitas
TEMA
DISTRITOS Y
RESGUARDOS INDIGENAS
DISTRITOS
DISTRITOSArt. 322 de la Constitución Política.
Entidad territorial de orden local sometidas a régimen especial que promueve el desarrollo integral de su territorio para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, a partir del aprovechamiento de recursos y ventajas derivadas de las características,
condiciones y circunstancias especiales que estos presentan.
Ley 762 de 2002
Ley 1617 del 5 de febrero del 2013 «Régimen para los distritos especiales» Estatutos políticos, administración y fiscal de los Distritos
Requisitos para la creación
Contar por lo menos con 600 mil habitantes según el Dane o que se encuentren en zonas costeras que tengan potencial para l desarrollo de puertos turismo y lo cultural
Concepto previo y favorable sobre la conveniencia de crear un nuevo distrito presentado por las comisiones especiales del Senado y la Cámara, concepto que será sometido a consideración de las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes.
Concepto previo y favorable de los concejos municipales.
Tipos o clases de distritos
-DISTRITO Especial : Se denomina así a la capital de la Republica de Colombia . La Constitución política de Colombia y la legislación especial le otorgan a Bogotá un régimen administrativo especifico para atender la población residente en su jurisdicción.
- DISTRITO Industrial y Portuario: se denomina así a los municipios con desarrollo industrial y portuario importante.
- DISTRITO Turístico : se denomina así a los municipios de oferta turística especial .
- DISTRITO Cultural: se denomina así a municipios con valores culturales especiales.
Distritos Colombianos
Distrito Capital de Bogotá
Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla
Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena
Distrito Especial, Turístico e Histórico de Santa Marta
Distrito Tunja
Distrito de Popayán
Distrito de Cúcuta
Distrito de Buenaventura
Distrito de Turbo
Distrito de Tumaco
RÉGIMEN PARA LOS DISTRITOS ESPECIALES
Régimen Aplicable
Los distritos son entidades territoriales organizadas de conformidad con lo previsto en la Constitución Política, que se encuentran sujetos a un régimen especial, en virtud del cual sus órganos y autoridades gozan de facultades especiales diferentes a las contempladas dentro del régimen ordinario aplicable a los demás municipios del país, así como del que rige para las otras entidades territoriales establecidas dentro de la estructura político administrativa del Estado colombiano.
Principios.
Los distritos ejercen las competencias que les atribuye la Constitución y la ley, conforme a los principios señalados en la ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, en la Ley 136 de 1994 y en las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Deberán acatar, igualmente, los postulados que rigen la función administrativa y regulan la conducta de los servidores públicos.
Convenios o Contratos Plan
Los distritos, podrán suscribir Convenios o Contratos Plan en el marco de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Los distritos tendrán la facultad de celebrar Convenios o Contratos Plan con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), para desarrollar Observatorios de Mercado Inmobiliario.
COMPETENCIAS DE LOS DISTRITOS:
Ejecutar campañas de carácter nacional.
Financiar la construcción, ampliación y
remodelación de obras civiles.
Financiar la dotación y mantenimiento integral de las instituciones de prestación de servicios.
COMPETENCIAS DE LOS DISTRITOS:
Dirigir el sistema distrital de salud.
Garantizar la operación de la red de servicios de referencia y contrareferencia de pacientes.
Administrar los recursos cedidos y las participaciones fiscales.
COMPETENCIAS DE LOS DISTRITOS:
Financiar y realizar acciones de fomento, prevención, tratamiento y rehabilitación en los 3 niveles de atención.
En materia de vivienda, agua potable y saneamiento básico las mismas atribuidas a los municipios y departamentos.
COMPETENCIAS DE LOS DISTRITOS:
Otorgar subsidios a la demanda de la población de menores recursos, de conformidad con los criterios de focalización.
COMPETENCIAS DE LOS DISTRITOS:
Promover y fomentar la participación de las entidades privadas, comunitarias y sin ánimo de lucro en la prestación de los servicios.
La operación de la red de servicios se hará con cargo a los recursos del situado fiscal, en forma autónoma.
Fijación y modificación de límites distritales.
Corresponde a las Comisiones Especiales de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes la determinación o modificación de límites de los distritos distintos al Distrito Capital de Bogotá, así como la solución de conflictos limítrofes entre un distrito y un municipio.
Dadas las características especiales del territorio bajo la jurisdicción de los distritos, resultante de la configuración geográfica y paisajística, las condiciones ambientales, urbanísticas, histórico culturales, así como de la serie de ventajas que en razón de los atractivos de sus recursos y la ubicación estratégica de estos, como la infraestructura existente y a mejorar.
Atribuciones especiales.
Se derivan para el desarrollo y crecimiento turístico, eco turístico, para el fomento cultural, la promoción, fomento y desarrollo de la vocación industrial; el fortalecimiento de la actividad portuaria nacional e internacional; el aprovechamiento racional de la biodiversidad; y por virtud de lo previsto en esta ley.
Plan de Desarrollo Distrital
La administración distrital contará durante el período de gobierno con un Plan de Desarrollo laborado de acuerdo a los principios constitucionales y legales vigentes. El Plan de Desarrollo Distrital será el eje sobre el cual se formularán y elaborarán los demás planes sectoriales del distrito.
Los distritos elaborarán los Planes de Desarrollo Distritales en concordancia con el Plan de Desarrollo Departamental y en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo, según la ley orgánica de la materia.
RESGUARDOS INDIGENAS Art. 329 y 330 de la Constitución Política.
¿Que es un Resguardo Indígena?
El Resguardo es
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