Elemento Fundamental Del Derecho
Enviado por alamalepe • 7 de Mayo de 2014 • 1.527 Palabras (7 Páginas) • 473 Visitas
Elementos fundamentales del Derecho del Trabajo
11.1 CONCEPTO DE TRABAJADOR
En atención a los lineamientos constitucionales, se ha reconocido en forma expresa en laLey, en el artículo 8°
"Trabajador es la persona física que presta o otra, física o moral, un trabajo subordinado".Elementos que son indispensables para tal prestación de servicios sea regulada en susdisposiciones a saber.
• El trabajador siempre será una persona física:Esto significa que nunca podrán intervenir en una relación de trabajo, en calidad detrabajadores, las personas jurídicas o morales, sino exclusivamente las personas físicas;es decir, seres humanos, individuos de carne y hueso.
• Esa persona física ha de prestar un servicio a otra persona física o moral.
• El servicio ha de ser en forma personal:Para poder atribuir la calidad de trabajador a un determinado individuo, es necesario,como condición indispensable, que el servicio sea desempeñado por él mismo, formapersonal y no por conducto de otra persona.También existe el carácter personal del servicio; la disposición contenida en el artículo 10 de la Ley, que determina:"Si el trabajador, conforme a lo pactado o la costumbre, utiliza los servicios de otrostrabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos".
El servicio ha de ser de manera subordinada:Debe entenderse por subordinación que el trabajo habrá de realizarse bajo las órdenesdel patrón "a cuya autoridad estarán subordinados".La subordinación implica por parte del patrón o de su representante, la facultad jurídica demando y, por parte del trabajador, en contrapartida, el deber jurídico de obediencia. Esafacultad de la empresa se encuentra sometida a dos limitaciones: Deberá referirse altrabajo pactado o al quehacer propio.Existe otro tipo de trabajo, el autónomo e independiente, que es el que se realiza enforma libre, sin limitación de ninguna especie, haciéndose uso de los conocimientos,destreza y medios como mejor le parezca a quien lo realiza, trabajo que no contempla laConstitución ni la ley.Indica Néstor de Buen, que un quinto elemento esencial en la relación de trabajo es laretribución o remuneración que por su trabajo percibe quine lo presta, "…cabe decir quesi el trabajo no es remunerado, no habrá relación regida por el derecho laboral". Laopinión del citado autor encuentra su fundamento en la misma ley, en el artículo 20:"Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, laprestación de una trabajo personal subordinado a una persona"."contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado,mediante el pago de un salario". El pago del salario es una consecuencia de la relaciónde trabajo que se constituye con el servicio personal subordinado de una persona física omoral. (86-90)
• 11.2.- LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA
El concepto de trabajador "es genérico y no admite distinciones", en atención al principio deigualdad, la Ley ha previsto en sus disposiciones una categoría especial de trabajador, eldenominado trabajador de confianza
El trabajo de confianza se regula en la Ley en forma particular, en el título sexto, capítulo II,bajo el rubro de "Trabajos Especiales", en los artículos 181 y 182. En la ley no se encuentraun concepto definido de lo que se deba entender por trabajador de confianza, pero señala alguno elementos en función de los cuales se puede llegar a determinar cuándo se está en presencia de una función de confianza, datos que se localizan en los artículos 9° y 11, que determinan."
• ARTÍCULO 9°
Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia yfiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajospersonales del patrón dentro de la empresa o el establecimiento"."
• ARTÍCULO 11°
Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzanfunciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán consideradosrepresentantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con lostrabajadores".De las anteriores disposiciones se desprenden las siguientes características del trabajo deconfianza: I.Las funciones de confianza deberán tener un carácter general dentro de la empresa oestablecimiento.
II.
Las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa oestablecimiento. (90, 91)
• 11.3 .- LOS PATRONES
• 11.3.1 .-CONCEPTO DE PATRÓN
La Ley Federal del trabajo define al patrón en el artículo 10, primer párrafo, en la formasiguiente:"Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores". Laactual definición ha establecido que la ausencia del contrato de trabajo en nada afecta laexistencia y validez del vínculo laboral, según se desprende de los artículos 21 y 26:Artículo 21
Se presume la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el quepresta un trabajo personal y el que lo recibe....Artículo 26
La falta de escrito a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador
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