GUBERNAMENTAL
Enviado por piura11lima11per • 14 de Mayo de 2015 • 1.234 Palabras (5 Páginas) • 177 Visitas
El proceso de la Cuenta General de la República tiene las fases siguientes:
1. Presentación y recepción de las rendiciones de cuentas;
2. Análisis y procesamiento de la información;
3. Elaboración;
4. Informe de auditoría;
5. Presentación;
6. Examen y dictamen;
7. Aprobación; y,
8. Difusión.
Presentación y recepción de las rendiciones de cuentas
La fase de presentación y recepción de las rendiciones de cuentas comprende desde la elaboración y difusión de normas específicas, por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, hasta la obtención de información de las entidades del sector público para la elaboración de la Cuenta General de la República.
Los plazos para la presentación de las rendiciones de cuentas por parte de todas las entidades del sector público, son determinados por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, sin exceder el 31 de marzo siguiente al ejercicio fiscal materia de rendición de cuentas.
Dentro de los treinta días calendario siguientes al plazo establecido en el párrafo precedente, la Dirección Nacional de Contabilidad Pública notifica al titular del pliego presupuestario o máxima autoridad individual o colegiada de la entidad, mediante el Diario Oficial El Peruano y en la sección correspondiente de la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas, la condición de omiso a la presentación de las rendiciones de cuenta.
Análisis y Procesamiento de las Rendiciones de Cuentas
La fase de análisis y procesamiento de las rendiciones de cuentas consiste en la verificación, análisis, validación y estructuración de dichas rendiciones, por parte de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, de acuerdo a las normas contables aprobadas y vigentes.
Elaboración de la Cuenta General de la República
Las rendiciones de cuentas son integradas y consolidadas para la elaboración de la
Cuenta General de la República, en el marco de lo dispuesto en la presente Ley y las normas contables aprobadas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad, en lo que sean pertinentes.
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública remite la Cuenta General de la República a la Contraloría General de la República para ser auditada y a una Comisión Revisora del Congreso de la República, en un plazo que vence el 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal materia de rendición de cuentas que incluye el informe sobre las entidades omisas a la presentación oportuna de las rendiciones de cuentas.
La Contraloría General de la República y la Comisión Revisora del Congreso de la República promueven las acciones de control a que hubiera lugar, dentro del marco de su competencia legal.
La Contraloría General de la República comunica a la Dirección Nacional de
Contabilidad Pública y a la Comisión Revisora del Congreso de la República, el resultado de las acciones.
Informe de Auditoría
El objetivo del Informe de Auditoría es verificar si el contenido y estructura de la
Cuenta General de la República se adecua a lo establecido en los artículos 25 y 26
La fase de presentación y recepción de las rendiciones de cuentas comprende desde la elaboración y difusión de normas específicas, por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, hasta la obtención de información de las entidades del sector público para la elaboración de la Cuenta General de la República.
Los plazos para la presentación de las rendiciones de cuentas por parte de todas las entidades del sector público, son determinados por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, sin exceder el 31 de marzo siguiente al ejercicio fiscal materia de rendición de cuentas.
Dentro de los treinta días calendario siguientes al plazo establecido en el párrafo precedente, la Dirección Nacional de Contabilidad Pública notifica al titular del pliego presupuestario o máxima autoridad individual o colegiada de la entidad, mediante el
...