Gubernamental
Enviado por rmb1992 • 12 de Febrero de 2015 • 1.109 Palabras (5 Páginas) • 191 Visitas
Una correcta interpretación garantizará que se apliquen adecuadamente las disposiciones fiscales para evitar posibles afectaciones tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal.
Entre la gran gama de disposiciones fiscales que existen en México, hay una cuya importancia es relativamente mayor a cualquier otra establecida, ya que ésta da el nacimiento a términos como la aplicación estricta, elementos del impuesto e interpretación. Nos referimos al Artículo 5 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que menciona lo siguiente:
Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.
Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal”.
El primer concepto que encontramos es la “aplicación estricta”, a la que no hay que confundir con “interpretación estricta”, ya que esta última no existe.
La aplicación estricta, como su nombre lo indica, no deja margen de maniobra en cuanto a la aplicación de cualquier disposición fiscal.
Para aplicar una norma jurídica en materia fiscal debemos verificar si dicha norma trata sobre los elementos de los impuestos, esto nos reducirá las expectativas de aplicación, es decir, si la norma trata sobre dichos elementos del impuesto, invariablemente sabremos que son de aplicación estricta y por lo tanto no hay lugar a la interpretación.
¿Cuáles son los elementos de los impuestos?
De acuerdo al fundamento legal antes mencionado, las disposiciones que establezcan carga a los particulares, o lo que los especialistas conocen como elementos del impuesto, son de aplicación estricta. Los elementos del impuesto son: sujeto, objeto, base y tasa o tarifa.
“Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica”. La interpretación de la norma tributaria es desentrañar el verdadero sentido de una disposición fiscal con el propósito de garantizar mayor seguridad jurídica tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal e incluso a los jueces impartidores de justicia.
Tipos de interpretación
• Interpretación lógica: Partiendo del supuesto de que la finalidad de una ley tributaria es la recaudación para la satisfacción de necesidades del pueblo, su interpretación no puede ser otra que la de dar a esa voluntad una manifestación de aplicación lógica, de tal manera que exista, en lo posible, una relación entre su finalidad y su aplicación.
• Sistemática o armónica: Se lleva a cabo relacionando unas leyes con otras, a fin de no dar a un precepto aislado un alcance indebido por la sola circunstancia de que haya empleado determinada palabra sin hacer distingos.
• Teleológica o finalista: Trata de ver cuál es la finalidad máxima de la norma, de ver más allá de la regulación de la conducta humana, es decir, del Derecho.
• Histórica: Toma en consideración los motivos sociológicos, políticos, antropológicos o de cualquier otra naturaleza que han servido de base para las fuentes históricas del Derecho.
• Restrictiva: Es aquella que limita, restringe o reduce el sentido literal de la ley.
• Literal de la norma tributaria: Es aquella que asigna a la norma el alcance manifiesto o indubitable que resulta de las palabras empleadas, esto es, de lo que el intérprete declara literalmente
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