LA VALORACION DDE LA PRUEBA
Enviado por nora1650 • 25 de Agosto de 2014 • 2.215 Palabras (9 Páginas) • 361 Visitas
1. Definición:
La valoración de las pruebas corresponde al juicio de aceptabilidad de los resultados derivados de Ios medios de prueba consiste en la contratación de los enunciados fácticos planteados en un proceso, con respecto a lo aportado por los medios de prueba; reconociendo a dichos medios de prueba un peso en la convicción del juzgador sobre los hechos relativos al caso que se juzga. En este sentido, valorar consiste en contrastar enunciados facticos, para estimar su correspondencia con los hechos que describen; lo cual implica dar cuenta de las razones por las cuales se considera que una alternativa es preferible a otra.
La valoración reviste una importancia primordial toda vez que constituye el eje central alrededor del cual gira un conjunto de actividades probatorias y en buena parte de las garantías procesales.
Devis Echeandía señala que "por valoración o apreciación de la prueba se entiende la operación mental que tiene por fin conocer el mérito o valor de convicción que pueda deducirse de su contenido A su vez Paul Paredes indica que: "La apreciación o valoración es acto del juez consistente en medir la eficacia probatoria de cada medio de prueba, o de su conjunto, según el precio o valor que le asigna la ley o le otorgue el juez, en relación al grado de convicción que permita generar certeza en el juez de la ocurrencia del hecho a probar Sobre el tema Carrión Lugo refiere que: "Podemos sostener válidamente que la apreciación y valoración de los medios probatorios constituye la fase culminante de la actividad probatoria. Es el momento también en que el Juez puede calificar con mayor certeza si tal o cual medio probatorio actuado tiene eficacia para convencerlo sobre los hechos alegados y si ha sido pertinente o no su actuación en el proceso"
También se le define como el juicio de aceptabilidad o de veracidad de los resultados probatorios y según GASCON “consiste más precisamente, en evaluar la veracidad de las pruebas (o sea de las informaciones aportadas al proceso a través de los medios de prueba), así como en atribuir a las mismas un determinado valor o peso en la convicción del juzgador sobre los hechos que juzgan. La valoración constituye pues el núcleo mismo del razonamiento probatorio; es decir del razonamiento que conduce, a partir de esas informaciones, a una afirmación sobre hechos controvertidos.
Es posible configurar en principio, dos modelos de valoración, dependiendo de que ésta venga o no predeterminada jurídicamente,
2. Etimología y origen de los sistemas de valoración:
Según el Diccionario Real de la Academia de la Lengua Española el término sistema significa:
• Conjunto de reglas o principios sobre una materia racionalmente enlazados entre sí.
• Conjunto de cosas que relacionadas entre sí ordenadamente contribuyen a determinado objeto …
Recogiendo el dignificado que puede ser de utilidad, en función de las máximas de la experiencia, se elaboran un conjunto de reglas codificadas o no racionales en torno a un objeto determinado. La valoración del resultado que arrojan los medios de prueba. Surgen así los sistemas de valoración de la prueba.
3. SISTEMAS DE VALORACIÓN DE LPOS MEDIOS DE PRUEBA:
En la doctrina se encuentra 2 clases o posiciones de valoración
Quienes consideran la posibilidad de dos sistemas :
Su fundamento principal radica en que la valoración de los medios de prueba se ha desarrollado a lo largo de la historia de dos formas distintas que hasta en la actualidad pese a sus cuestionamientos, continúan vigentes. Son de este parecer algunos autores como GUASP, ASENCIO MELLADO, CORTES DOMINGUES, RAMOS MENDEZ.
Sistema de libre valoración o prueba libre
sistema de valoración legal o prueba tasada
Quienes consideran la posibilidad de tres sistemas :
Comparten la existencia de los dos sistemas de vieja data, empero incluyen también o bien al sistema de persuasión racional o al sistema de valoración conjunta de la prueba.
Sistema de libre valoración o prueba libre
sistema de valoración legal o prueba tasada
sistema de persuasión racional y de apreciación o valoración conjunta
4. SISTEMAS DE VALORACIÓN LIBRE:
Para los autores :
o ASCENCIO MELLADO “la libre valoración de la prueba implica libertad de apreciación por parte de los órganos jurisdiccionales de los distintos medios practicados sin sujeción por ello a normas legales”.
o RAMOS MÉNDEZ “ cuando no existen reglas legales de prueba, el juez ha de valorar libremente el resultado que arrojan los medios de prueba , de acuerdo con sus máximas de experiencias comunes “
Este sistema permite que el juez valores cada medios de prueba por sí mismo, según su libre discreción, el juez sopesa cada medio de prueba como crea conveniente.
Reglas del sano juicio de la sana crítica:
Referirse a libre valoración no implica decir que tal valoración se hace sin alguna sujeción a ciertas reglas, no se trata de reglas legales o jurisprudenciales, sino a las llamadas reglas de la sana crítica. Ella implica:
o Prueba libre no quiere decir prueba arbitraria: en la valoración debe resaltar la labor racional y coherente de la labor jurisdiccional del juez, no parece válido que el nuez puede fijar un hecho en la sentencia sin explicar en qué razones basa su convicción o sin que existan éstas ; así se erradica toda arbitrariedad.
o Reglas de la sana crítica o sano juicio: se puede decir que las reglas del sano juicio o de la sana crítica no son normas de valoración legal, sí que son indicaciones que la ley hace al juez del modo de valorar la prueba. La ley no impone al juez el resultado de la valoración: ese método es el de la razón y de la lógica.
Las reglas de la sana crítica no son reglas legales, ni tasadas, sino normas comunes a todo ser humano, es exclusiva de los Jueces y Magistrados, basados en la razón , en la lógica, en definitiva en las máximas de la experiencia .El Juez debe convencerse a través de ellos que constituyen máximas de la experiencia generales y admitidas lógicamente por la sociedad en la que actúa y desempeña su función , quedando excluida, pues, no solo la arbitrariedad, sino la utilización de criterios exclusivamente personales .
5. SISTEMA DE VALORACIÓN LEGAL O PRUEBA TASADA :
DEFINICIÓN: nos expresa ASCENCIO MELLADO que “en este sistema el legislador establece en la propia ley el valor que el juez debe otorgar a los diferentes medios probatorios limitando, pues, el ámbito psicológico del juez
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