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LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  3.729 Palabras (15 Páginas)  •  1.009 Visitas

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LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES

3.1 Este libro deberá contener, al cierre de cada ejercicio gravable, como mínimo la información indicada en los numerales 3.3 o 3.4 del presente artículo, según corresponda. Ello sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6° de la Resolución de Superintendencia N° 141-2003/SUNAT y norma modificatoria.

3.2 Tratándose de fusión, escisión y demás formas de reorganización de sociedades o empresas, así como de cierre o cese definitivo, los deudores tributarios se encontrarán obligados a registrar como mínimo la información indicada en los numerales 3.3 o 3.4 del presente artículo, según corresponda.

3.3 En el caso de deudores tributarios sujetos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, el llevado de este libro se regirá por lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 071-2004/SUNAT y norma modificatoria.

3.4 Los deudores tributarios que por norma especial utilicen un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar, distinto al Plan Contable General Revisado, deberán consignar en los formatos incluidos en el numeral 3.5 del presente artículo, la información equivalente a la solicitada en cada uno de ellos.

3.5 Tratándose de deudores tributarios sujetos al Régimen General del Impuesto a la Renta, este libro estará integrado por los siguientes formatos:

a) FORMATO 3.1: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – BALANCE GENERAL".

b) FORMATO 3.2: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 – CAJA Y BANCOS".

c) FORMATO 3.3: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 – CLIENTES".

d) FORMATO 3.4: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 14 – CUENTAS POR COBRAR A ACCIONISTAS (O SOCIOS) Y PERSONAL ".

e) FORMATO 3.5: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 16 – CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS".

f) FORMATO 3.6: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 – PROVISIÓN PARA CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA".

g) FORMATO 3.7: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 20 – MERCADERÍAS Y LA CUENTA 21 – PRODUCTOS TERMINADOS".

h) FORMATO 3.8: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 31 – VALORES".

i) FORMATO 3.9: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 34 – INTANGIBLES".

j) FORMATO 3.10: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 40 – TRIBUTOS POR PAGAR".

k) FORMATO 3.11: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 – REMUNERACIONES POR PAGAR".

l) FORMATO 3.12: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 – PROVEEDORES".

m) FORMATO 3.13: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 – CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS".

n) FORMATO 3.14: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 47 – BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES".

o) FORMATO 3.15: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 49 – GANANCIAS DIFERIDAS".

p) FORMATO 3.16: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 50 – CAPITAL".

q) FORMATO 3.17: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – BALANCE DE COMPROBACIÓN".

r) FORMATO 3.18: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO".

s) FORMATO 3.19: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO DEL 01.01 AL 31.12".

t) FORMATO 3.20: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS POR FUNCIÓN DEL 01.01 AL 31.12".

No obstante, si en el ejercicio anterior los referidos deudores tributarios hubieran obtenido ingresos brutos menores a cien (100) UITs, podrán optar por llevar el Libro de Inventarios y Balances de acuerdo a lo establecido por la Resolución de Superintendencia N° 071-2004/SUNAT y norma modificatoria. De utilizar la opción antes mencionada, se deberá considerar que no resultará obligatoria la utilización de los anexos siguientes de la Resolución N° 071-2004/SUNAT y norma modificatoria:

(i) "Anexo 3 – Control mensual de la cuenta 10 – Caja y Bancos", siempre que lleve el Libro Caja y Bancos.

(ii) "Anexo 5 – Control mensual de los bienes del Activo Fijo propios", siempre que lleve el Registro de Activos Fijos.

(iii) "Anexo 6 – Control mensual de los bienes del Activo Fijo de terceros", en todos los casos.

3.6 La información mínima a ser consignada en cada formato, será la siguiente:

a) FORMATO 3.1: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – BALANCE GENERAL"

Se deberá incluir la información contable de las cuentas del Activo, Pasivo y Patrimonio, indicando la denominación de la cuenta respectiva.

Tratándose de deudores tributarios que sean entidades financieras, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS, podrán sustituir el FORMATO 3.1 por la Forma "A" establecida en el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y en el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobados por la SBS, respectivamente.

b) FORMATO 3.2: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 10 – CAJA Y BANCOS"

(i) Código de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, siendo el mínimo el dispuesto en el literal b) del artículo 6°.

(ii) Denominación de la cuenta contable y a nivel de subcuentas, desagregadas al máximo número de dígitos utilizado, siendo el mínimo el dispuesto en el literal b) del artículo 6°.

(iii) Entidad Financiera a la que corresponde la cuenta (según tabla 3).

(iv) Número de la cuenta.

(v) Tipo de moneda correspondiente a la cuenta (según tabla 4).

(vi) Saldo contable final deudor, de ser el caso.

(vii) Saldo contable final acreedor, de ser el caso.

(viii) Totales.

El presente formato no es de uso obligatorio para el caso en que el deudor tributario lleve el Libro Caja y Bancos o cuando el Libro Mayor contenga la información de dicho libro.

En el caso de deudores tributarios supervisados por la SBS no es aplicable el presente formato.

c) FORMATO 3.3: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES – DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 12 – CLIENTES"

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