MANUAL PARA EL PROFESOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Enviado por astrid_1990 • 8 de Marzo de 2018 • Apuntes • 2.788 Palabras (12 Páginas) • 287 Visitas
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MANUAL PARA EL PROFESOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
FICHA 1
- CONCEPTO POLÍTICO-LEGAL ARTS. 15, 40.2 Y 43 CE Derecho de los trabajadores a la salud y seguridad laboral, y a no perder su vida a consecuencia del trabajo
- El trabajo se puede definir como “toda actividad social organizada que, a través de la combinación de recursos de naturaleza diversa (medios humanos, materiales, energía, tecnología, organización), permite alcanzar unos objetivos y satisfacer unas necesidades”.
- A lo largo de la historia, la organización del trabajo estuvo basada en el sistema de gremios, principalmente artesanales, agrupados por oficios. A partir del siglo XVII, con la llegada de la Revolución Industrial, se rompe el sistema de trabajo gremial, extendiendo el número de trabajadores asalariados.
- La Organización Mundial de la Salud (OMS) definió en 1946 la salud como “el estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de enfermedad o dolencia”.
FICHA 2
- Podemos definir como “riesgos profesionales” aquellas situaciones derivadas del trabajo que pueden romper el equilibrio físico, mental y social de la persona.
- Los principales factores de riesgo laboral son los siguientes: Factores o condiciones de seguridad. • Factores de origen físico, químico o biológico, o condiciones medioambientales. • Factores derivados de las características del trabajo. • Factores derivados de la operación de trabajo.
FICHA 3
- Los accidentes de trabajo: El accidente suele ser el último eslabón de una cadena de anomalías del proceso productivo a las que muchas veces solamente se presta la atención necesaria cuando el accidente ya se ha producido. Entre estas anomalías podemos encontrar los errores, a veces organizativos, los incidentes, las averías, los defectos de calidad, etc.
- La Organización Mundial de la Salud (OMS) emplea el término “enfermedades relacionadas con el trabajo” para referirse no sólo a las enfermedades profesionales, sino también a aquellas en las que las condiciones de trabajo pueden contribuir como uno más de los factores causales.
- El nivel de salud laboral se mide por el número de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
- “Enfermedades del trabajo”, que son aquellas patologías influidas por el trabajo, pero no determinadas por él. Aquí se encontrarían especialmente los trastornos psicosociales donde, junto a las condiciones de trabajo, influyen variables personales y condiciones de vida externas al trabajo.
- Se hace necesario analizar el trabajo para detectar todo lo que pueda generar daños a la salud, tratando de estudiar y modificar las condiciones de trabajo, no sólo par a evitar los efectos negativos, sino también para potenciar los efectos positivos
FICHA 4
- LA PREVENCIÓN va a ser el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la organización, con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo; y LA PROTECCIÓN, cualquier equipo, complemento o accesorio destinado a proteger de los riesgos que puedan amenazar la seguridad o la salud de los trabajadores.
- ART. 40.2 C.E. “Los poderes públicos velarán por la seguridad e higiene en el trabajo”
FICHA 5
- Los riesgos motivados por factores técnicos son los que podemos definir como “incumplimientos de legislación”, ya que se refieren al mal estado de las instalaciones y equipos, como consecuencia de no incorporar desde el inicio del proyecto del centro de trabajo a un especialista en prevención, lo que da lugar a problemas tanto de Seguridad (accidentes por puestos mal diseñados, espacios insuficientes, iluminación deficiente, organización deficiente,etc.)
- Higiene Industrial (enfermedades y pérdidas de salud al no tener en cuenta la presencia de sustancias perjudiciales para los trabajadores, ni las medidas de tipo colectivo que se deben adoptar en toda clase de trabajos que impliquen la presencia de ruidos, gases, vapores, radiaciones, vibraciones, calor y frío en niveles lesivos para las personas)
- Ergonomía (puestos de trabajo no adaptados a las personas, métodos y ritmos de trabajo no estudiados, disposición incorrecta de materiales, herramientas y puestos de trabajo, etc.)
- Psicosociología (olvido de intentar hacer agradable el centro de trabajo, no contar con la opinión de los trabajadores en relación con los horarios, descansos, turnos, etc.).
- Riesgos provocados por agentes mecánicos Origen: ambiente mecánico de trabajo. • Espacios de trabajo. • Máquinas. • Herramientas. • Carretillas. Efectos que provocan: caídas, golpes, atrapamientos, cortes, aplastamientos, fricciones o abrasiones, proyección de partículas, etc. Lesiones típicas: contusiones, traumatismos, heridas inciso-contusas, etc.
- Riesgos provocados por agentes físicos Origen: ambiente físico de trabajo. • Ruido. • Vibraciones. • Radiaciones. • Iluminación. • Velocidad del aire. • Presiones. • Temperatura. • Humedad. Lesiones que provocan: El ruido: lesiones fisiológicas y psicológicas; las vibraciones: trastornos del aparato circulatorio, manos blancas, fenómeno del dedo muerto, lumbalgias, alteraciones del aparato digestivo, úlceras; las radiaciones: alteraciones cromosómicas, cataratas; la iluminación: pérdida de agudeza visual, etc.
- Riesgos provocados por agentes químicos Origen: sustancias y productos. • Sólidos: polvos / humos. • Líquidos: nieblas / aerosoles. • Gaseosos: gases / vapores. Lesiones que provocan: enfermedades del aparato respiratorio, dermatosis, etc.
- Riesgos provocados por agentes biológicos Origen: contacto con animales y seres infectados o portadores. • Virus. • Bacterias. • Protozoos. • Hongos. • Helmintos. • Artrópodos. Lesiones que provocan: hidrofobia, carbunco, hepatitis, leptospirosis, amebiasis, histoplasmosis, dermatofitosis, alergias respiratorias, etc.
- Riesgos provocados por la carga de trabajo Origen: ritmos de trabajo y organización/mando inadecuados. • Trabajos en cadena. • Atención al público. • Repetitividad. • Esfuerzo físico. • Tipo de movimiento. • Posturas de trabajo. Lesiones que provocan: insatisfacción, síndrome del “quemado”, fatiga, microtraumatismos, lumbalgias, etc.
- Riesgos ocasionados por factores psicosociales Origen: calidad de relaciones humanas, división y organización del trabajo. • Trabajo en equipo. • Información sobre objetivos. • Participación. • Pausas, descansos y turnos. • Entorno laboral. • Condiciones de organización. • Capacidades, necesidades y cultura de la persona. • Consideraciones personales fuera del trabajo. Lesiones que provocan: insatisfacción, depresiones, estrés, etc.
FICHA 6
- En respuesta a los problemas que plantea el ambiente laboral y para solucionarlos (eliminarlos) o aminorarlos (en el caso que no se puedan eliminar) aparecen unas técnicas que engloban la Prevención: • Seguridad en el Trabajo. • Higiene Industrial. • Psicosociología. • Medicina Preventiva. • Ergonomía.
- Técnicas Analíticas: Tienen como objetivo exclusivo la detección de riesgos y la investigación de las causas que pueden permitir su actualización en accidentes.
- Técnicas Operativas: Pretenden eliminar las causas y a través de ellas corregir el riesgo. Son las técnicas que verdaderamente hacen Seguridad, pero no se pueden aplicar correcta y eficazmente si antes no se han identificado las causas.
- Higiene Industrial: La Higiene Industrial se divide en dos: Higiene Teórica e Higiene Correctiva.
- Higiene Teórica: Es la que estudia la relación: cantidad de contaminante-tiempo de exposición-persona, estableciendo unos valores estándares de referencia para los cuales la mayoría de los trabajadores expuestos no sufren ningún tipo de alteración funcional. Sin estos valores de referencia, la Higiene Industrial carecería de base de sustentación.
- Higiene Correctiva Incluye la toma de muestras en los puestos de trabajo, el análisis de muestras por técnicas instrumentales, fijando las valoraciones según los métodos más idóneos y la aplicación de medidas correctoras.
- Ergonomía: o “el estudio de las habilidades y características humanas que influyen en el diseño del equipamiento, de los sistemas y de los trabajos... y su objetivo es mejorar la eficiencia, la seguridad, y... el bienestar”.
- PSICOSOCIOLOGÍA Es una técnica de prevención que se basa en la Psicología y la Sociología para la eliminación de las patologías provocadas por ciertos aspectos conflictivos originados en el ámbito laboral.
- Insatisfacción laboral Puede deberse a distintos motivos: relaciones con los compañeros, tipo de trabajo, salario, trato de los superiores, horario, ausencia-insuficiencia de comunicación, etc., sin olvidar los condicionantes del ambiente, la organización e influencias de tipo social.
- Agotamiento psíquico Síndrome de burnout: es el llamado, de forma común, “estar quemado”, cuando la persona piensa que no será capaz de conseguir el objetivo y no puede más.
- medicina preventiva La Medicina preventiva es una especialidad médica que, actuando sola o comunitariamente, estudia los medios para conseguir el más alto grado posible de bienestar físico, psíquico y social de los trabajadores en relación con la capacidad de estos, con las características y riesgos de su trabajo, del medio ambiente laboral y de la influencia de este en su entorno; así como para promover los medios para el diagnóstico, tratamiento, adaptación, rehabilitación y calificación de la patología producida o condicionada por el trabajo.
FICHA 7
- Identificación de los daños para la seguridad y la salud en el ámbito laboral: Para conocer los riesgos de accidente de trabajo en una determinada actividad productiva hay que averiguar los daños a la salud de los trabajadores que pueden producirse como consecuencia del trabajo y evaluar la posibilidad de que sucedan. En esto consiste el análisis de los riesgos: en prever los daños que puedan ocurrir y en valorar la posibilidad de que efectivamente ocurran.
- Riesgo: posibilidad de que ocurra un daño.
- Daño: se refiere a la lesión sufrida por el trabajador.
- Posibilidad: se trata de la que existe de que esta lesión ocurra.
- Ficha 8
- El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) El instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de estas.
- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social De acuerdo con el art. 9 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social “la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales” para lo cual realiza las siguientes funciones: • Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales y de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo, aunque no tengan calificación de normativa laboral. • Asesorar e informar a las empresas y trabajadores sobre la forma más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada. • Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
FICHA 9
- La organización internacional del trabajo La Organización Internacional del Trabajo (OIT), para el desempeño de sus funciones, cuenta con los siguientes organismos permanentes: • Consejo de Administración. • Conferencia Internacional del Trabajo. • Oficina Internacional del Trabajo.
FICHA 10
- SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • La especificación técnica OHSAS 18001:1999 establece los requisitos que debe cumplir un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo para que las organizaciones puedan optimizar el rendimiento de sus sistemas, así como controlar eficazmente los riesgos asociados con sus actividades. • Sirve para evaluar y certificar el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. • Facilita la integración de los requisitos de seguridad y salud ocupacional con los requisitos de calidad.
FICHA 11
- Cuando las acciones preventivas se recogen formalmente en un documento interno de la empresa para que se cumplan de manera obligada, nos estamos refiriendo a las normas de seguridad.
- Las normas de seguridad no deben sustituir a las medidas preventivas o correctoras de mejora de condiciones de trabajo que se tomen a raíz de la evaluación de riesgos, cuya misión es eliminar o aminorar los riesgos en el ambiente laboral y no ser un complemento de ellas.
- Las normas de seguridad son las herramientas para enseñar el procedimiento exacto para realizar un trabajo sin riesgo (manejo correcto de las herramientas, máquinas y equipos, forma segura de realizar una operación, etc.); para disciplinar, ya que ordena un procedimiento de trabajo que deberá cumplirse y hacerse cumplir, y para complementar la actuación profesional al servir de recordatorio de procedimientos seguros de trabajo.
- Las normas deben basarse en los principios siguientes: • Ser necesaria. Debe evitarse la multiplicidad de normas, ya que un número excesivo de ellas contribuirá a que no se cumpla ninguna. • Ser posible. La norma deberá poder llevarse a la práctica con los medios de que se dispone. • Ser clara. Su contenido será fácilmente comprensible. • Ser concreta. Referida a un solo tema• Ser breve. Su lectura deberá ser fácil y no engorrosa. • Ser exigible. Con delimitación precisa de las responsabilidades. • Ser actual. Toda norma debe ser renovada y puesta al día.
- Artículo 18.- Información, consulta y participación de los trabajadores 1. A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con: a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función. b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior. c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.
- Artículo 23.- Documentación 1. El empresario deberá elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación relativa a las obligaciones establecidas en los artículos anteriores: a) Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, y planificación de la acción preventiva, conforme a lo previsto en el artículo 16 de la presente Ley.
- Artículo 33.- Consulta de los trabajadores 1. El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a: a) La planificación y la organización del trabajo en la empresa y la introducción de nuevas tecnologías, en todo lo relacionado con las consecuencias que éstas pudieran tener para la seguridad y la salud de los trabajadores, derivadas de la elección de los equipos, la determinación y la adecuación de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo.
- Ficha 12
- Responsabilidad administrativa: Incurren en responsabilidad administrativa los empresarios por las infracciones cometidas contra la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Responsabilidad civil Se genera a consecuencia de los daños y perjuicios causados a los trabajadores por el riesgo al que están sometidos por razón de su trabajo. Su finalidad, por tanto, es reparar (generalmente mediante indemnizaciones) a la víctima por los daños y perjuicios sufridos a causa de la negligencia o culpa de quienes debían proteger al trabajador.
- Responsabilidad penal Está regulada en el Código Penal desde dos puntos de vista, uno como delito de puesta en riesgo de los trabajadores y, el otro, como delito de resultados.
FICHA 13
- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) propugna un modelo de gestión de la prevención integrado en la actividad empresarial, lo que representa que toda la estructura debe asumir como labores propias el velar porque los lugares de trabajo y las tareas que en los mismos se realizan reúnan unas condiciones de trabajo aceptables.
- Política de prevención de riesgos laborales Es el proceso por el cual la Dirección de la empresa decide y hace pública la adopción de prácticas empresariales y de producción que respeten el derecho de los trabajadores a realizar su trabajo sin que ello suponga ninguna merma en su seguridad o salud.
FICHA 14
- La Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, establece que la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.
- El plan de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios.
- Empresario o Dirección En el empresario radica la responsabilidad última de la prevención. Como máxima autoridad en la organización, recaen en él las funciones directivas, es decir: la organización, la planificación y el control, definiendo las directrices básicas en esta materia. Tendrá como responsabilidad: • Organizar los canales de información, consulta y participación de los trabajadores. • Establecer las directrices preventivas, conforme a los principios establecidos en el art. 15.1 de la LPRL. • Organizar la actuación frente a situaciones de emergencia en: primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. • Organizar la actuación en situación de riesgo grave e inminente. Organizar la vigilancia de la salud. • Organizar las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos. • Organizar la adopción de medidas preventivas.
- Mandos Intermedios Para poder llevar a cabo los cometidos empresariales, el empresario o dirección delega en los trabajadores con mando en distintos niveles de responsabilidad en materia de organización, planificación, ejecución y control. En la medida en que le han sido delegados, el mando es responsable de los mismos. Sus funciones fundamentales son ejecutar, controlar, informar a la Dirección y velar por la seguridad de los trabajadores a su cargo.
FICHA 15
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